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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2024 (05/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 5 de enero de 2024 El Peruano / la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local y el alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; en atención a ello, de acuerdo con el artículo 43° de la referida norma, las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos; asimismo, mediante Ley N° 27204, Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de con fi anza, se precisó que el Ejecutor Coactivo es funcionario nombrado o contratado, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representa, y que su designación no implica que dicho cargo sea de confi anza; Que, el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modi fi catorias, establecen las reglas de ingreso al régimen especial de contratación administrativa de servicios – CAS, para garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administración pública, prescribiendo que el acceso a dicho régimen se realiza obligatoriamente mediante concurso público; Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, mediante Informe Técnico N° 987-2019-SERVIR/GPGSC, señala que, excepcionalmente, por causas debidamente justifi cadas, se podrá contratar ejecutores coactivos mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios (CAS), y que los puestos bajo el régimen CAS no se ubican en el Cuadro de Asignación de Personal de la entidad; no obstante, SERVIR señala que sí es posible que las funciones que se detallen como responsabilidad de aquel puesto CAS puedan ser equivalentes a las de una plaza del CAP; Que, de acuerdo con el numeral 7.1 del artículo 7° y el numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se faculta la posibilidad de disponer en el mismo acto administrativo o de administración interna, que tenga efi cacia anticipada a su emisión, siempre que se cumplan los preceptos legales establecidos para tal fi n; Que, mediante Convocatoria CAS N° 655-2023-MM, la entidad convocó la contratación administrativa de servicios por necesidad transitoria de un(a) (01) Ejecutor (a) Coactivo(a) en la Subgerencia de Fiscalización y Control de la entidad, convocatoria que luego de llevado a cabo el proceso respectivo, conforme a las bases de la misma, culminó con la suscripción del Contrato Administrativo de Servicios N° 1149-2023 por parte del señor Jimmy Bryan Méndez Izarra, el día 18 de diciembre de 2023; Que, mediante el Informe Nº 721-2023-SGFC-GAC/ MM de fecha 18 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Fiscalización y Control solicita a la Gerencia de Autorización y Control realizar el trámite respectivo ante la Subgerencia de Recursos Humanos, para la designación del señor Jimmy Bryan Méndez Izarra en el cargo de Ejecutor Coactivo de la citada subgerencia, toda vez que se ha suscrito el Contrato Administrativo de Servicios N° 1149-2023, requiriendo a su vez que una vez se proceda a la designación en mención, la resolución de alcaldía que la apruebe, debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano de conformidad con la normativa vigente; Que, mediante el Memorándum N° 1403-2023-GAC/ MM de fecha 19 de diciembre de 2023, la Gerencia de Autorización y Control deriva a la Subgerencia de Recursos Humanos el Informe N° 721-2023- SGFC-GAC/MM elaborado por la Subgerencia de Fiscalización y Control, solicitándole la emisión de la correspondiente resolución con e fi cacia anticipada a la fecha de emisión del informe de la referida subgerencia; Que, mediante el Informe N° 1674-2023/SGRH-GAF/ MM de fecha 19 de diciembre de 2023, la Subgerencia de Recursos Humanos indica que habiendo realizado la evaluación respectiva del señor Jimmy Bryan Méndez Izarra, concluye que este cumple con los criterios establecidos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la entidad aprobado mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 024-2023-GM/MM y actualizado mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 045-2023-GM/MM y con los requisitos establecidos en la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, cuyo Texto Único Ordenado fuera aprobado a través del Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, para ser designado en el puesto en mención a partir del 18 de diciembre de 2023; motivo por el cual solicitan a la Gerencia de Asesoría Jurídica emitir la opinión legal respectiva; Que, mediante el Informe Nº 401-2023-GAJ/MM de fecha 02 de diciembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que no existe prohibición legal para proceder a la designación del señor Jimmy Bryan Méndez Izarra, como Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Fiscalización y Control de la entidad, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057, con e fi cacia anticipada a partir del 18 de diciembre de 2023, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que otorga la ley especí fi ca de la materia, debiendo procederse a la publicación de la respectiva resolución de alcaldía en el diario o fi cial El Peruano, conforme a ley; Que, mediante el Memorándum N° 1929-2023-GM/MM de fecha 20 de diciembre de 2023, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General a efectos de proseguir con el trámite correspondiente, de acuerdo con lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, con e fi cacia anticipada al 18 de diciembre de 2023, al servidor JIMMY BRYAN MÉNDEZ IZARRA como EJECUTOR COACTIVO de la Subgerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores bajo los alcances del Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 1057, conforme a los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente resolución de alcaldía en el marco de sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del presente dispositivo legal en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores (www.mira fl ores.gob. pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS CANALES ANCHORENA Alcalde 2249959-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Ordenanza que regula los horarios y condiciones para la ejecución de obras civiles dentro del distrito del Rímac ORDENANZA N° 631-MDR Rímac, 13 de diciembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTOS: En Sesión de Ordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que regula los horarios y condiciones para