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78 NORMAS LEGALES Viernes 12 de enero de 2024 El Peruano / SUBGERENCIA DE SALUD Y SANIDAD NºDENOMINACIÓN DEL SERVICIOREQUISITOSDERECHO DE PAGODEPENDENCIA QUE INICIA EL TRAMITEDEPENDENCIA QUE APRUEBA EL TRAMITE 3Duplicado Carnet de Sanidad- 01 fotografía - Exhibir documento de identidad (DNI/CE) del titular. - Indicar fecha y número de constancia de pago. - Carnet de Sanidad dentro del periodo de vigencia.9.00SUBGERENCIA DE GESTIÓN DOCUMENTARIA, ARCHIVO Y ATENCIÓN AL CIUDADANO O LA QUE HAGA SUS VECESSUBGERENCIA DE SALUD Y SANIDAD O LA QUE HAGA SUS VECES 4Certi ficado y Curso de Buenas Prácticas de Manipulación de alimentos. (vigencia 1 año)- Exhibir documento de identidad (DNI/CE) del titular. - Carnet de Sanidad tramitado en Lurín. - Indicar fecha y número de constancia de pago.14.00SUBGERENCIA DE GESTIÓN DOCUMENTARIA, ARCHIVO Y ATENCIÓN AL CIUDADANO O LA QUE HAGA SUS VECESSUBGERENCIA DE SALUD Y SANIDAD O LA QUE HAGA SUS VECES 2251650-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 ORDENANZA Nº 458-MDSJL San Juan de Lurigancho, 29 de diciembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTOS: En Sesión Extraordinaria (Por Situación de Urgencia) de Concejo Municipal de la fecha, y de conformidad con lo establecido en el numeral 26 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024 - 2027 Artículo 1.- Aprobar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027, validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) del distrito de San Juan de Lurigancho, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en su condición de Responsable de la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) del Distrito de San Juan de Lurigancho, además de informar trimestralmente al pleno del Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho sobre la implementación y cumplimiento de las actividades programadas en el Plan de Seguridad Ciudadana, en virtud del inciso g) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el diario ofi cial El Peruano y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en coordinación con Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la Ordenanza y su anexo en el portal institucional (web.munisjl.gob.pe).Artículo 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JESUS MALDONADO AMAO Alcalde 2251606-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA Ordenanza Municipal que establece fechas para el pago del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Servicio de Serenazgo - Ejercicio Fiscal 2024 ORDENANZA MUNICIPAL N° 019-2023-MPS Chimbote, 29 de noviembre del 2023. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 28 de noviembre del 2023; el Informe N° 342-2023-GAT-MPS de fecha 13 de noviembre de 2023; el Memorando N° 003944-2023-GM de fecha 13 de noviembre de 2023; el Informe Legal N° 1183-2023-GAJ-MPS de fecha 15 de noviembre de 2023; sobre aprobación de la Ordenanza Municipal que “Establece Fechas para el Pago del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (recolección de residuos sólidos y barrido de calles), Parques y Jardines y Servicio de Serenazgo – Ejercicio Fiscal 2024”, y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al