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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2024 (12/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Viernes 12 de enero de 2024 El Peruano / junio de 2021 y 28 de diciembre de 2023, respectivamente. Artículo Segundo.- Asignar, de manera temporal, una (01) plaza de Fiscal Adjunto Superior Transitorio, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, al Despacho de la Fiscalía de la Nación. Artículo Tercero.- Convertir la plaza señalada en el artículo precedente, en una (01) plaza de igual nivel, esto es de Fiscal Provincial, con carácter transitoria. Artículo Cuarto.- Nombrar al abogado Ángel Ubaldo Gonzáles Farfán, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, y destacándolo para que preste apoyo al 1° Despacho Provincial de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, con retención de su cargo de carrera. Artículo Quinto.- Disponer que el nombramiento, designación y destaque de manera temporal del personal fi scal señalado en el artículo cuarto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, así como su prórroga, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2252000-9 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Cancelan la inscripción de Trigarante Perú Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS N° 04291-2023 Lima, 27 de diciembre de 2023EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la empresa TRIGARANTE PERU CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., para que se cancele su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 01672-2021 del 04 de junio de 2021, se autorizó la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III: De los Corredores de Seguros B. Personas Jurídicas 1. Corredores de Seguros Generales, bajo el Registro J-910; Que, en Junta General de Accionistas de fecha 15 de noviembre de 2023 se acordó la cancelación de la inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 22° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. N° 808-2019, y en el procedimiento N° 150 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1678-2018; Que, estando a lo opinado por el Departamento de Registros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE:Artículo Primero.- Cancelar la inscripción de la empresa TRIGARANTE PERU CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con Matrícula J-910 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – Sección III: De los Corredores de Seguros B. Personas Jurídicas 1. Corredores de Seguros Generales; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presentación Resolución. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2248394-1 Autorizan viaje de funcionaria de la SBS a los Estados Unidos Me xicanos, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS Nº 00031-2024 Lima, 8 de enero de 2024LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación de la International Organisation of Pension Supervisors (IOPS), la Organisation for Economic Co-operation and Development (OECD) y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) de México, para participar en las IOPS Committee Meetings y en la 2024 IOPS/OECD/CONSAR International Conference, que se realizarán del 13 al 14 de febrero de 2024 en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas fi nanciero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo;