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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2024 (12/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Viernes 12 de enero de 2024 El Peruano / VISTO: El Memorando Nº 318-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 13 de diciembre de 2023; O fi cio N° 001294-2023-CG/SGE, de fecha 11 de agosto de 2023; Memorando Nº 184-2023-GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 21 de agosto de 2023; Informe N° 113-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-JGT, del 28 de agosto de 2023; Informe N° 1799-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG; del 31 de agosto de 2023; Informe N° 2839-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG; del 23 de noviembre de 2023; O fi cio N° 5312-2023-ANC-MP-J, del 26 de octubre de 2023; O fi cio Circular N° 055-2023-ANC- MP-J, del 24 de noviembre de 2023; Informe Técnico N| 147-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRPPAT-SGP-SG, del 06 de diciembre de 2023; Memorando Nº 143-2023/ GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 10 de julio de 2023; O fi cio Nº 000974-2023-CG/SGE, de fecha 29 de mayo de 2023; y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 31358 Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, señala en su Artículo Primero Objeto de la Ley: que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones públicos privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; destinando para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; habilitando el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la Categoría del Gasto de Capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar. Que, asimismo, en la citada Ley, señala que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su fi nanciamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente. Que, para el cumplimiento de implementar lo dispuesto en la Ley Nº 31358, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la antes mencionada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de los establecido en la leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 – Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; Que, mediante O fi cio Nº 001294-2023-CG/SGE, de fecha 11 de agosto de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República, en el marco de los alcances de la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que modi fi ca el Artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se ha priorizado inversiones a cargo de la Ejecutora 001 Sede Central, cuyo monto de inversión se encuentra en el rango mayor a los cinco millones y 00/100 soles (S/ 5,000,000.00) y menor o igual a los Diez Millones y 00/100 (10,000,000.00), y con la fi nalidad de desplegar los servicios de control gubernamental a las inversiones priorizadas; esta Entidad Fiscalizadora Superior ha determinado el costo de control concurrente (CCC), considerando el costo de inversión actualizado registrado en el Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI) del MEF, con fecha de corte al 01 de agosto de 2023, de conformidad a los criterios establecido en la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, aprobada mediante Resolución Contralora N° 275-2022-CG y modi fi cada por Resolución Contralora N° 139-2023- CG. Precisando que en cumplimiento a lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la entidad Regional deberá efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiendo al 1% del saldo de inversión por ejecutar; asimismo, el saldo restante (CCC 1%) conforme a los señalado en el referido dispositivo, deberá ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público: Que, con Memorando Nº 184-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 21 de agosto de 2023, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicita a la Gerencia Regional de Infraestructura la actualización en el banco de inversiones de la Obras: CUI: 2573227 “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en el Gobierno Regional de Tumbes de la Provincia de Tumbes del Departamento de Tumbes”; y CUI 2596688 “Reforzamiento Estructural de Talud; en (la) los Cerros del Sector Mal Paso Ingreso a Caleta Grau por Deslizamiento en el Distrito de Zorritos Provincia de Contralmirante Villar, Departamento Tumbes”; realizar la actualización que corresponda en el Banco de Inversiones; de acuerdo a los solicitado por la Contraloría General de la República, para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de dicha Entidad Superior de Control; e informar con el carácter de urgente, con la fi nalidad de que se realicen las acciones administrativas que correspondan para hacer efectiva dicha transferencia; Con Informe N° 113-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-JGT, de fecha 28 de agosto de 2023 e Informe N° 1799-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG, de fecha 31 de agosto de 2023; y Informe N° 2839-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG, del 23 de noviembre de 2023; informan que el proyecto con CUI 2573227 “ Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos Misionales Institucionales en el Gobierno Regional Tumbes, Distrito de Tumbes de la Provincia de Tumbes del Departamento de Tumbes”, se ha programado su ejecución física para el siguiente año Fiscal 2024, siendo el proyecto habilitador de recursos para otros proyectos priorizados; situación y programación fi nanciera actualizado en el Banco de Inversión de la Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI); Con O fi cio N° 5312-2023-ANC-MP-J, de fecha 26 de octubre de 2023; el Jefe de la Autoridad Nacional de Control, solicita transferencia fi nanciera a favor del Pliego 022: Ministerio Público – Unidad Ejecutora 012: Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (UE 012: ANC-MP); y con O fi cio Circular N° 055-2023-ANC-MP-J, de fecha 24 de noviembre de 2023, comunica el Jefe de la Autoridad Nacional de Control que las áreas responsables de procesar las transferencias fi nancieras a favor del Pliego 022: Ministerio Público, se haga vinculándola fi nancieramente a su Unidad Ejecutora (UE: 012-1745