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44 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de enero de 2024 El Peruano / y atribuciones que le corresponden al gerente general en materia de bienes de propiedad estatal, encontrándose vigente la citada Resolución. Mediante la Resolución de la Gerencia General Nº 406-2023-MP-FN-GG, de fecha 17 de agosto de 2023, se delegó en el gerente central de la O fi cina General de Logística facultades y atribuciones que le corresponden al gerente general en materia de bienes muebles en custodia del almacén, encontrándose vigente la citada Resolución. En tal sentido, actualmente los órganos de la Gerencia General ejercen funciones tales como: en materia de personal, la O fi cina General de Potencial Humano; en materia de logística, la O fi cina General de Logística; en materia de inversiones, la O fi cina General de Inversiones; en materia de bienes de propiedad estatal, la O fi cina de Control Patrimonial y Registro de Bienes Incautados; y en materia fi nanciera, a la O fi cina General de Finanzas; por lo que, correspondería continuar delegando las funciones a los gerentes centrales de los citados órganos, pues estos ejercen dichas especialidades y pueden ejercer las funciones delegadas, lo cual dota a los procedimientos de la máxima dinámica posible, que permitan al Ministerio Público cumplir de manera oportuna y e fi caz las funciones establecidas en su norma de creación y sus respectivos instrumentos de gestión institucional. Por lo tanto, resulta pertinente que se delegue en la Gerencia General, O fi cina General de Logística, O fi cina General de Inversiones, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control Patrimonial y Registro de Bienes Incautados y O fi cina General de Finanzas, determinadas funciones asignadas al Titular de la Entidad. Contando con el visto en señal de conformidad de la Gerencia General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Delegar en el/la gerente general del Ministerio Público, las facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad siguientes: EN MATERIA DE GESTIÓN PRESUPUESTARIAa) Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático a que se re fi ere el artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, previo informe técnico favorable de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto. b) Aprobar y suscribir el acta de formalización de la matriz de compromisos de mejora de desempeño, de acuerdo con lo establecido en la Directiva Nº 007-2019-EF/50.01 “Directiva que regula la Evaluación en el marco de la fase de Evaluación Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2019-EF/50.01. c) Suscribir la información anual y de los periodos intermedios (trimestral y semestral) de los estados fi nancieros y presupuestarios del Pliego Ministerio Publico, requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la Directiva Nº 003-2022-EF/51.01. d) Ejercer las atribuciones y facultades en materia presupuestaria que corresponden al Titular de la Entidad durante el Ejercicio Presupuestal correspondiente, que tengan la condición de delegables, conforme a lo previsto por el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. EN MATERIA DE GESTIÓN DE TESORERÍA:a) Designar a los responsables titulares y suplentes de la fi rma electrónica de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras, a través del Aplicativo Informático SIAF-SP “Acreditación Electrónica de responsables de Cuentas”. EN MATERIA DE GESTIÓN DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL: a) Suscribir los Convenios de Cooperación Interinstitucional de aplicación en el ámbito nacional e internacional, salvo los referidos a instituciones homólogas al Ministerio Público de otros países; en el marco de la Directiva GPC/DIR-01: “Normas para la Gestión de Convenios de Cooperación Interinstitucional a ser celebrados por el Ministerio Público-Fiscalía de la Nación”, o norma que la sustituya. EN MATERIA DE GESTIÓN DE PLANEAMIENTO:a) Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional del Ministerio Público. EN MATERIA DE GESTIÓN NORMATIVA:a) Aprobar o modi fi car directivas y/o manuales que regulen los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, diligencias internas, lineamientos técnicos normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de la Entidad en concordancia con los instrumentos normativos institucionales. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO:a) Las facultades y atribuciones de carácter delegable que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, conforme al supuesto previsto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF. b) Las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, Reglamento y modi fi catorias: b.1 Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) del Ministerio Público y sus modi fi catorias. b.2 Aprobar los procesos de estandarización. b.3 Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de obra cuando previamente se cumplan con las reglas previstas en la normatividad del Sistema Nacional de Presupuesto Público, que no excedan el quince por ciento (15%) del monto del contrato original, conforme a la Ley y su Reglamento, en los contratos por Licitación Pública y Adjudicación Simpli fi cada. b.4 Resolver los recursos de apelación presentados en procedimientos de selección que correspondan ser resueltos por la Entidad b.5 Aprobar las ofertas económicas que superen el valor estimado de la contratación. b.6 Aprobar el procedimiento de selección por Contratación Directa en los supuestos que la Ley establece como delegables, referido a la aprobación del expediente, aprobación de la contratación directa, aprobación de las bases y suscripción del contrato. A excepción de la aprobación de la contratación directa por la causal descrita en el literal j) del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado. Artículo Segundo.- Delegar en el/la gerente central de la Ofi cina General de Logística del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF: a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) y sus modi fi catorias. b) Aprobar los procedimientos de selección por Licitación Pública y por Concurso Público, para la contratación de bienes, servicios y consultorías en general