Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2024 (17/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de enero de 2024 El Peruano / con Enfoque de Gestión por Resultados, se precisa como una función administrativa y ejecutora de la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, las demás que le asigne el Fiscal de la Nación de acuerdo a su ámbito funcional y las que le corresponde según los dispositivos legales vigentes. En ese sentido, para el óptimo funcionamiento de las unidades ejecutoras creadas, resulta pertinente delegar y asignar funciones en los presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, Lambayeque, La Libertad, Cusco, Piura, San Martín y Amazonas, como responsables de dichas unidades ejecutoras, las facultades y atribuciones en materia presupuestal, contrataciones del Estado, tesorería, personal, normativa y administrativa; asimismo delegar y asignar funciones en el jefe nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses como responsable de la Unidad Ejecutora 010: Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, las facultades y atribuciones en materia presupuestal, contrataciones del Estado, tesorería, personal, normativa y administrativa; que conforman el Pliego 022 Ministerio Público. Asimismo, dotando de la máxima dinámica posible a los procedimientos en gestión de personal, es pertinente asignar funciones a los presidentes de la Junta de Fiscales Superiores de los distritos fi scales que son unidades ejecutoras, lo que permitirá una actuación oportuna. Con el visado de la Gerencia General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Delegar en el jefe nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses como responsable de la Unidad Ejecutora 010: Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, con competencia a nivel nacional; así como en los presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores responsables de las unidades ejecutoras: 003 Gerencia Administrativa de Arequipa, 004 Gerencia Administrativa de Lambayeque, 005 Gerencia Administrativa de La Libertad, 006 Gerencia Administrativa de Cusco, 007 Gerencia Administrativa de Piura, 008 Gerencia Administrativa de San Martín y 009 Gerencia Administrativa de Amazonas; las facultades y atribuciones en materia presupuestal, tesorería, normativa y administrativa, que conforman el Pliego 022 Ministerio Público, siguientes: EN MATERIA DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA:a) Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático a que se re fi ere el artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, previo informe técnico favorable de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto. b) Las atribuciones, facultades y acciones administrativas de gestión en materia presupuestaria que corresponden al Titular del Pliego, exceptuándose las correspondientes a transferencias de partidas, créditos suplementarios y transferencias entre Unidades Ejecutoras. Las facultades y atribuciones que en el presente literal se delegan, se extienden también a las dispuestas en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, cuando se dé cumplimiento a la condición suspensiva a que se hace referencia en la Novena Disposición Complementaria Final y la Primera y Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la referida norma. EN MATERIA DE GESTIÓN DE TESORERÍA:a) Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias correspondiente a la Unidad Ejecutora a su cargo.b) Designar a los responsables titulares y suplentes de la fi rma electrónica de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras, a través del Aplicativo Informático SIAF-SP “Acreditación Electrónica de Responsables de Cuentas”. EN MATERIA DE GESTIÓN DE CONTROL:a) Suscribir el Plan de Acción del informe de control en el caso de recomendaciones a implementarse dentro del ámbito de competencia de la Unidad Ejecutora a su cargo. EN MATERIA DE GESTIÓN NORMATIVA:a) Aprobar directivas y/o manuales, con los cuales se regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, diligencias internas, lineamientos técnicos normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de la Unidad Ejecutora en concordancia con los instrumentos normativos institucionales, debiendo remitir una copia de la disposición a la O fi cina de Racionalización y Estadística, para la consolidación de información normativa. Artículo Segundo.- Asignar en el jefe nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, como responsable de la Unidad Ejecutora 010: “Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML), con competencia a nivel nacional, así como en los presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores responsables de las Unidades Ejecutoras: 003 Gerencia Administrativa de Arequipa, 004 Gerencia Administrativa de Lambayeque, 005 Gerencia Administrativa de La Libertad, 006 Gerencia Administrativa de Cusco, 007 Gerencia Administrativa de Piura, 008 Gerencia Administrativa de San Martín y 009 Gerencia Administrativa de Amazonas; las siguientes funciones en materia de personal: EN MATERIA DE GESTIÓN DE PERSONAL:a) Convocar y realizar los procedimientos de selección, suscripción de contratos, renovación y conclusión de los mismos para plazas sujetas al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057, a través de las gerencias administrativas conforme a su competencia territorial y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, así como a los dispositivos legales vigentes y a las disposiciones que emita SERVIR sobre la materia, debiendo contar con los informes técnicos favorables de la O fi cina General de Potencial Humano y de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, así como la aprobación de la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de corresponder. b) Autorizar y realizar los desplazamientos en la modalidad de rotación, destaque y permuta del personal administrativo de los regímenes laborales de los Decretos Legislativo N° 276 y 728, dentro o fuera de su distrito fi scal, y en la modalidad de rotación temporal del personal del Decreto Legislativo n° 1057, dentro del distrito fi scal; así como el registro de dichas acciones en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) con el apoyo de la Gerencia Administrativa de la Unidad Ejecutora. c) Autorizar y realizar las acciones de personal administrativo respecto de los ceses, licencias con goce y sin goce de haber, contratación de personal por la modalidad de suplencia en los casos de licencia sin goce de haber, por enfermedad común y/o profesional (hasta 150 días continuos) y capacitación no o fi cializada, siempre y cuando sea igual o mayor a 30 días y licencia por maternidad, en lo que corresponde a los regímenes laborales de los Decretos Legislativos N° 276, 728 y 1057, con conocimiento de la O fi cina General de Potencial Humano. En todos los casos la contratación por suplencia es previo concurso público conforme a la normatividad vigente. d) Autorizar los encargos de funciones y puesto del personal administrativo, con el apoyo de la Gerencia