Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2024 (17/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de enero de 2024 El Peruano / en lo que concierne a la aprobación del expediente, aprobación de la conformación y reconformación del Comité de Selección, aprobación de las bases y suscripción del contrato original, contrato modi fi cado y contrato complementario. c) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales, la reducción de prestaciones y ampliaciones de plazo (modi fi caciones contractuales) en los contratos por Licitación Pública, Concurso Público en Bienes y Servicios y por Adjudicación Simpli fi cada cuando deriven de una Licitación Pública o Concurso Público en las mismas materias. d) Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección por Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. e) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el monto máximo permitido en la normativa de contrataciones del Estado, derivada de contratos suscritos en los procedimientos de selección realizados por Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Simpli fi cada derivada de Concurso Público o Licitación Pública. f) Aprobar los procedimientos de selección por Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Subasta Inversa Electrónica, lo cual incluye la aprobación del expediente, designación del Comité de Selección, reconformación del comité de selección, aprobación de las bases, cancelación del procedimiento de selección y suscripción del contrato. g) Aprobar los procedimientos de selección por Contratación Directa en el supuesto previsto en el literal j) del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, referido a la aprobación del expediente, aprobación de la contratación directa, aprobación de las bases y suscripción del contrato. h) Aprobar la contratación por Acuerdo Marco, así como su cancelación cuando corresponda. i) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual, en el marco de las contrataciones derivadas de procedimientos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales y Comparación de Precios. j) Resolver los contratos derivados de los procedimientos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales y Comparación de Precios y bajo la modalidad de Acuerdo Marco. k) Ejercer la representación legal del Ministerio Público para suscribir, modi fi car y/o resolver contratos referidos a bienes y servicios cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Artículo Tercero.- Delegar en el/la gerente central de la Ofi cina General de Inversiones del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, Reglamento y modi fi catorias, en materia de obras, consultoría de obras y consultoría en general, así como las facultades y atribuciones delegables que le corresponden al Titular de la Entidad en la administración de obras directas y proyectos de inversión: a) Aprobar los procedimientos de selección por Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Simpli fi cada y Consultores Individuales para la contratación de obras, consultorías de obras y consultorías en general orientadas a proyectos de inversión, lo cual incluye la aprobación del expediente de contratación, aprobación de la conformación y reconformación del comité de selección, aprobación de las bases, cancelación de procedimiento de selección; suscribir, modi fi car y resolver contrato. b) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales, la reducción de prestaciones y ampliaciones de plazo (modi fi caciones contractuales) en los contratos por Concurso Público y Adjudicación Simpli fi cada en materia de consultorías de obras y consultoría en general y por Adjudicación Simpli fi cada cuando deriven de un Concurso Público en las mismas materias. c) Aprobar el expediente técnico de obra o documentos equivalentes y sus modi fi catorias en fase de ejecución de proyectos de inversión e inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (en adelante, IOARR). d) Autorizar la elaboración de expedientes técnicos y documentos equivalentes de proyectos de inversión e IOARR, así como su ejecución cuando hayan sido declarados viables y/o aprobados respectivamente. e) Aprobar las liquidaciones de obra, consultorías de obra y liquidación de cuentas. f) Designar inspectores de obra.g) Designar a los integrantes del Comité de Recepción de Obra, aprobar su reconformación, así como resolver las discrepancias surgidas por las observaciones o la subsanación de observaciones al momento de la recepción de obra. h) En materia de Obras por Administración Directa a nivel nacional, la aprobación de expediente técnico de obra, ejecución física de la obra, ampliación de plazo, suscripción de adendas. La descripción antes mencionada no constituye una relación númerus clausus. i) Ejercer la representación legal del Ministerio Público para la tramitación de licencias de edi fi cación, declaratoria de fábrica, factibilidad de servicios y otros requeridos para la aprobación de los expedientes técnicos, documentos equivalentes y ejecución de obra. j) Ejercer la representación legal del Ministerio Público para suscribir, modi fi car y resolver contratos referidos a consultorías de obras y consultoría en general orientadas a proyectos de inversión cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Artículo Cuarto.- Delegar en el/la gerente central de la O fi cina General de Potencial Humano del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en materia de personal: a) Aprobar, modi fi car o dejar sin efecto la conformación de las Comisiones Negociadoras del Pliego de Reclamos del Ministerio Público. b) Conceder licencia por enfermedad por periodos mayores a 60 días consecutivos, previa evaluación y aprobación de los informes respectivos. c) Emitir los actos administrativos correspondientes al término de la carrera administrativa, aceptando la renuncia, excepto de los cargos de con fi anza, al cese por fallecimiento, cese de fi nitivo y por destitución; respecto a los servidores de cobertura nacional o distritos fi scales que no son unidades ejecutoras. Artículo Quinto.- Delegar en el/la gerente central de la Ofi cina General de Finanzas del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en materia fi nanciera: a) Aprobar los instrumentos técnicos normativos en materia de contabilidad y tesorería relacionados al Fondo para Pagos en Efectivo, Viáticos y Encargos. b) Ejercer la representación legal en el manejo de las cuentas bancarias de la Institución, según se establece en la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15 aprobada con la Resolución Directoral Nº 002-2007-EF.77.15., así como ante los organismos y entidades públicas del Estado. c) Aprobar el Plan Anual de Ejecución de Arqueos Sorpresivos al Fondo para Pagos en Efectivo asignado a los distritos fi scales a nivel nacional y a las cajas chicas asignadas a las unidades orgánicas de la sede central, en el marco de lo previsto por la Norma General de Tesorería Nº 08. d) Aprobar la apertura anual del Fondo para Pagos en Efectivo de los distritos fi scales a nivel nacional y de las unidades orgánicas de la sede central, y sus modi fi caciones. e) Autorizar el otorgamiento de viáticos por comisiones de servicios de hasta tres (3) días. f) Aprobar mediante acto resolutivo los resultados de los avances de la ejecución de Depuración y Sinceramiento Contable hasta su culminación.