Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (04/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Domingo 4 de febrero de 2024 El Peruano / protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, de acuerdo con el numeral 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005- 2013-MC, corresponde al Ministerio de Cultura fomentar y promover las artes, las expresiones y creaciones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, promoviendo el acceso a estas manifestaciones culturales, las iniciativas privadas y propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, a través del Decreto Supremo N° 009-2020-MC, se aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030, como un documento que sustenta la acción pública en materia de derechos culturales y, que permite integrar, alinear y dar coherencia a las estrategias e intervenciones con el propósito de servir mejor a la ciudadanía; y tiene como objetivo promover un mayor ejercicio de los derechos culturales, garantizando el acceso, participación y contribución de los/las ciudadanos/as en la vida cultural; Que, la referida política nacional presenta objetivos prioritarios que son el centro de la apuesta estratégica de la Política Nacional de Cultura al 2030, conteniendo indicadores que medirán su desempeño y, lineamientos que concretarán las intervenciones del Sector. Dichos Objetivos Prioritarios (OP) son: OP1) Fortalecer la valoración de la diversidad cultural; OP2) Incrementar la participación de la población en las expresiones artístico – culturales; OP3) Fortalecer el desarrollo sostenible de las artes e industrias culturales y creativas; OP4) Fortalecer la valoración del patrimonio cultural; OP5) Fortalecer la protección y salvaguardia del patrimonio cultural para su uso social; y, OP6) Garantizar la sostenibilidad de la gobernanza cultural; Que, el componente 4.3 del Objetivo Prioritario 4 de la citada política nacional dispone fortalecer la valoración del patrimonio cultural, mediante la mejora de los servicios de interpretación cultural de los museos, espacios museales y otros espacios culturales, con criterios de sostenibilidad y accesibilidad, respetando la condición cultural del bien, lo cual conlleva necesariamente la inversión del Estado con la fi nalidad de revalorizar los sitios arqueológicos a nivel nacional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 000159- 2023-MC, se aprueba el acceso gratuito de las personas con discapacidad a los museos y museos de sitio administrados por el Ministerio de Cultura en el ámbito nacional y durante el año fi scal 2023; asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 000293-2023-MC se aprueba el acceso gratuito de las personas con discapacidad a los bienes inmuebles prehispánicos, administrados por el Ministerio de Cultura, en el ámbito nacional y durante el año fi scal 2023, que se encuentran contemplados en el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE para el Ejercicio Fiscal 2023, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 000406-2022-DM/MC; Que, con Informe N° 000564-2023-DGM/MC la Dirección General de Museos propone la aprobación de una resolución ministerial que permita extender, durante el año fi scal 2024, el bene fi cio de acceso gratuito a los museos y museos de sitio para las personas con discapacidad; Que, asimismo, mediante los Informes Nº 000893- 2023-DGPA/MC y Nº 000037-2024-DGPA-VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en concordancia con la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, aprobada mediante la Resolución Legislativa Nº 29127 y rati fi cada con el Decreto Supremo Nº 073-2007-RE, propone la aprobación de una resolución ministerial que permita, para el ejercicio fi scal 2024, el acceso gratuito para las personas con discapacidad a los bienes inmuebles prehispánicos que se encuentran contemplados en el Anexo 1 del Tarifario Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE para el Ejercicio Fiscal 2024;Que, con los Memorandos N° 000186-2024-OGPP- SG/MC y N° 000194-2024-OGPP-SG/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite los Informes N° 000030-2024-OOM-OGPP-SG/MC y N° 000034-2024-OOM-OGPP-SG/MC, respectivamente, de la O fi cina de Organización y Modernización, mediante los cuales emite opinión favorable para la emisión de una resolución ministerial que apruebe, para el ejercicio fi scal 2024, el bene fi cio de acceso gratuito a los museos y museos de sitio y a los bienes inmuebles prehispánicos administrados por el Ministerio de Cultura, para las personas con discapacidad; Que, en ese sentido, es necesario promover el derecho de las personas con discapacidad a efecto de que accedan al ejercicio pleno de sus derechos culturales, al amparo del artículo 30 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, aprobada mediante Resolución Legislativa Nº 29127 y ratificada con Decreto Supremo Nº 073-2007-RE y, los numerales 60 y 61 del documento denominado “Observaciones finales sobre informes periódicos segundo y tercero combinados de Perú” del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de fecha 24 de marzo de 2023; Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Museos, de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del acceso gratuito de las personas con discapacidad a los Museos y Museos de Sitio y a los bienes inmuebles prehispánicos a nivel nacional. Aprobar, para el año fi scal 2024, el acceso gratuito de las personas con discapacidad a los museos y museos de sitio y a los bienes inmuebles prehispánicos en el ámbito nacional, que se encuentran contemplados en el Anexo 1 del Tarifario Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE para el Ejercicio Fiscal 2024, aprobado con Resolución Ministerial N° 000529-2023-MC, y en concordancia con el artículo 30 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, aprobada mediante Resolución Legislativa Nº 29127 y rati fi cada con Decreto Supremo Nº 073-2007-RE, y los numerales 60 y 61 del documento denominado “Observaciones fi nales sobre informes periódicos segundo y tercero combinados de Perú” del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de fecha 24 de marzo de 2023. Artículo 2.- Encargar la aprobación del “Plan de medidas para establecer el mecanismo de mejora de la infraestructura y accesibilidad en los bienes inmuebles prehispánicos a las personas con discapacidad”. Encargar a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble aprobar, mediante Resolución Directoral, en un plazo máximo de 180 días calendario, a partir de la publicación de la presente resolución, el Plan de medidas para establecer el mecanismo de mejora de la infraestructura y accesibilidad en los bienes inmuebles prehispánicos, que se encuentran contemplados en el Anexo 1 del Tarifario Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE para el Ejercicio Fiscal 2024, a las personas con discapacidad. Artículo 3.- Publicación. Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/