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18 NORMAS LEGALES Domingo 11 de febrero de 2024 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Aprueban el Plan Maestro del Parque Nacional Güeppí-Sekime, periodo 2024-2028 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 000024-2024-SERNANP/J-SGD San Isidro, 8 de febrero del 2024 VISTOS:El Informe N° 000097-2024-SERNANP/DDE-SGD del 31 de enero de 2024 de la Dirección de Desarrollo Estratégico y el Memorándum N° 000445-2024-SERNANP/DGANP-SGD del 30 de enero del 2024 de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de la institución, y el Informe N° 000094-2024-SERNANP/OAJ-SGD de fecha 08 de febrero de 2024, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la institución, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa; Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8 de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 18 de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de plani fi cación de carácter general y especí fi cos, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las Áreas; Que, el artículo 20 de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de plani fi cación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y serán elaborados bajo procesos participativos y revisados cada cinco (5) años; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, se establecen las Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2012-MINAM, de fecha 26 de octubre de 2012, se categoriza como Parque Nacional Güeppí-Sekime, la super fi cie de doscientas tres mil seiscientas veinte y ocho hectáreas con cinco mil cien metros cuadrados (203 628,51 ha), ubicada en los distritos de Teniente Manuel Clavero y Torres Causana de la provincia de Maynas del departamento de Loreto; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 290-2014-SERNNAP de fecha 12 de diciembre de 2014, se aprobó el Pla Maestro del Parque Nacional Güeppí-Sekime, periodo 2014- 2019, como documento de plani fi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida; Que, mediante Resolución Directoral N° 03-2020- SERNANP-DDE de fecha 15 de enero de 2020, se aprueba la relación de las Áreas Naturales Protegidas aptas para iniciar el proceso de actualización de sus respectivos Planes Maestros en el año 2020, siendo una de ellas el Parque Nacional Güeppí-Sekime; Que, mediante Resolución Directoral N° 20-2021- SERNANP-DDE de fecha 25 de junio de 2021, se aprobaron los Términos de Referencia del proceso de actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Güeppí-Sekime, modi fi cada mediante la Resolución Presidencial N° 013-2023-SERNANP-DDE; Que, mediante Resolución Presidencial N° 202-2021- SERNANP de fecha 29 de setiembre de 2021, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros; Que, mediante Resolución Directoral N° 005-2022- SERNANP-DDE se aprueban los formatos que permitirán la implementación de las Disposiciones Complementarias para el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP; Que, la Dirección de Desarrollo Estratégico, contando con la conformidad y visto bueno al Plan Maestro del Parque Nacional Güeppí-Sekime, periodo 2024-2028, por parte de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas a través del Memorando N° 000445-2024-SERNANP/DGANP-SGD, solicita la elaboración de la Resolución Presidencial en base al Informe N° 000097-2024-SERNANP/DDE-SGD, en el cual se concluye que el Plan Maestro de dicho Parque Nacional, periodo 2024-2028, ha sido elaborado conforme a las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, y que ha sido validada por la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión del ANP; así como sustentada ante la Alta Dirección del SERNANP, dándose la respectiva conformidad; Que, asimismo dicho informe concluye que, la zonifi cación no ha sido modi fi cada y se mantienen de acuerdo a la Resolución Presidencial N° 290-2014-SERNANP; por lo que se determinó que, no es necesario un proceso de consulta previa; Que, en ese sentido, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda aprobar el Plan Maestro del Parque Nacional Güeppí-Sekime, periodo 2024-2028; Que, en el Informe N° 000094-2024-SERNANP/ OAJ-SGD de fecha 08 de febrero de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, atendiendo al informe emitido por la Dirección de Desarrollo Estratégico y la conformidad de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Maestro del Parque Nacional Güeppí-Sekime, periodo 2024-2028; Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM y de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro del Parque Nacional Güeppí-Sekime, periodo 2024-2028, como documento de plani fi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido