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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (11/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Domingo 11 de febrero de 2024 El Peruano / Que, mediante Informe N° 165-2023-MPC-GDU de fecha 25 de setiembre de 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano, remite a la Gerencia Municipal el proyecto de “Ordenanza Municipal que regula el pintado de fachadas y el acabado exterior de los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao”, propuesto por la Subgerencia de Obras Privadas; Que, con Informe N° 057-2023/ PROGRESAMOSCALLAO de fecha 12 de octubre de 2023, la Gerencia del Programa de Recuperación de Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao, recomienda se apruebe el mencionado proyecto de Ordenanza Municipal y recomienda la reformulación del artículo 5, sugiriendo se consideren los artículos 18, 19, 20 y 21 de la Ordenanza N° 018-2023/MPC, que en su Título III, Capítulo I, dicta medidas de prohibición sobre el pintado de gra fi tis, pintas, afi ches y murales en los predios públicos y/o privados considerados bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe N° 133-2023-MPC/OGPMPI de fecha 13 de octubre de 2023, la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, hace suyo el Informe N° 322-2023-MPC/OGPMPI-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización; el cual señala que, el proyecto de Ordenanza se alinea con el OEI. 01 “Promover el desarrollo urbano territorial ordenado y sostenible en la Provincia Constitucional del Callao y el OEI. 05 “Fortalecer la Gestión Institucional” del Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao. Hace suyo también, el Informe N° 1946-2023-MPC/OGPMPI-OPR de la Ofi cina de Presupuesto, que señala que el proyecto de Ordenanza no implica erogación de recursos y da opinión favorable en materia presupuestal; Que, a través del Informe N° 920-2023-MPC- GSCPMA/SGMC de fecha 18 de octubre de 2023, la Subgerencia de Mantenimiento a la Ciudad remite a la Gerencia Municipal el Informe N° 044-2023-MPC-GSCPMA-SGMC-MYAQ, mediante el cual recomienda se apruebe el proyecto de “Ordenanza Municipal que regula el pintado de fachadas y el acabado exterior de los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao”; Que, con Memorando N° 049-2023-MPC/GF de fecha 23 de noviembre, la Gerencia de Fiscalización, hace suyo el Informe N° 94-2023-MPC-GF-SGFA emitido por la Subgerencia de Fiscalización Administrativa el 18 de octubre de 2023, que da opinión favorable al proyecto en mención, recomendando que los infractores que opten por la cancelación de la noti fi cación de infracción puedan acogerse al bene fi cio de un descuento del 75% sobre el valor de la infracción veri fi cada dentro de los primeros cinco (05) días hábiles de noti fi cado; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, con informe N° 013-2023-MPC/OGAJ de fecha 10 de enero de 2024, emite opinión legal favorable sobre el proyecto de “Ordenanza Municipal que regula el pintado de fachadas y el acabado exterior de los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao”; Estando a lo expuesto, con los informes favorables de la Gerencia de Desarrollo Urbano, de la Subgerencia de Obras Privadas, del Programa de Recuperación de Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao, de la Subgerencia de Mantenimiento a la Ciudad, de la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, de la Gerencia de Fiscalización, de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial del Callao, por mayoría, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PINTADO DE FACHADAS Y EL ACABADO EXTERIOR DE LOS INMUEBLES UBICADOS DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1.- La presente Ordenanza tiene como objetivo regular los aspectos relativos al pintado, ornato y limpieza que deben guardar las fachadas de los inmuebles ubicados dentro de la Jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao, para conservar y mejorar el ornato local. Artículo 2.- La presente Ordenanza es de aplicación a los propietarios, inquilinos u ocupantes (sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas) de los inmuebles que tengan fachadas colindantes con las vías públicas y/o inmuebles de terceros, ubicados dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao, a excepción de los inmuebles ubicados dentro de la Zona Monumental del Callao, que es regulado por la Ordenanza Municipal N° 018-2023/MPC de fecha 24.08.2023, que aprueba el Reglamento para la Protección, Conservación, y Difusión de los Bienes Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación ubicados dentro de la Zona Monumental del Callao, tales como: Monumentos Históricos, Inmuebles de Valor Monumental y Ambientes Urbanos Monumentales; y además, Monumentos Históricos que se encuentran fuera de la Zona Monumental del Callao y están ubicados dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo 3.- Los propietarios, inquilinos u ocupantes (sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas) de los inmuebles referidos en el artículo 2, se encuentran obligados a mantener en buenas condiciones de conservación sus fachadas, para preservar el medio ambiente y el ornato del entorno urbano. Ello implica que las fachadas frontales, laterales y paredes posteriores, deben contar con el acabado respectivo, utilizando materiales de recubrimiento para tarrajeo de muros exteriores o utilizando materiales y/o aditivos con acabado fi nal propio, tales como muros con ladrillo caravista, concreto caravista, concreto moldeado, etc. Asimismo, las puertas, ventanas, cornisas, balcones, jardineras, instalaciones exteriores, pérgolas, coberturas, terrazas, y demás elementos que la constituyen, deben estar limpios, pintados y en buen estado de conservación. Artículo 4.- El pintado de las fachadas deberá realizarse cada vez que se visualice el deterioro de las mismas. En el caso de las fachadas de los inmuebles con frente a la vía pública y ubicados en edi fi caciones sujetas al Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común, deberán conservar la uniformidad en el color con el resto de la edi fi cación, tanto en las paredes como en las puertas, ventanas, rejas y demás elementos exteriores, cuyos colores deberán ser establecidos en común acuerdo entre los copropietarios de la edifi cación. Artículo 5.- No se permitirá el pintado de gra fi tis, murales o expresiones urbanas en las fachadas, salvo que las mismas cuenten con la autorización de los propietarios y la aprobación municipal. Este tipo de expresiones deberán guardar armonía con el entorno urbano paisajístico y no debe atentar con la moral y las buenas costumbres, en concordancia con la Ordenanza N°018-2023/MPC, Titulo III, Capítulo I, artículos del 18° al 21. Artículo 6.- No se permitirá tender o colgar ningún tipo de ropa o similares en los balcones, ventanas o algún elemento de la fachada, visibles desde el exterior. Los tendales ubicados en azoteas o en ambientes con ventanas hacia el exterior deberán tener elementos que impidan la vista desde el exterior de la ropa o similares, pudiendo ser estos elementos, tabiquería o muros, vidrios pavonados, persianas verticales u horizontales u otros elementos que logren el mismo fi n. Artículo 7.- No se permitirá la instalación de equipos para aire acondicionado, gas u otros similares, que sobresalgan de las fachadas que dan al exterior. En caso de ser necesaria dichas instalaciones, podrán instalarse, pero protegidos por cerramientos que guarden armonía con el volumen de la edi fi cación y acorde con la fachada de la edi fi cación. Asimismo, se deberá prever dentro de la instalación las canaletas o tuberías que sean necesarias para evitar el goteo hacia el exterior. Queda bajo responsabilidad de los propietarios, realizar las modi fi caciones pertinentes. Artículo 8.- No se permitirá que los elementos que son parte de la fachada de los inmuebles, como puertas