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42 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de febrero de 2024 El Peruano / de Contabilidad de la Unidad de Asuntos Financieros de la O fi cina de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL; Por las consideraciones antes expuestas, con el visado del Gerente General, del Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos, y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y por la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL. SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, a la señora Gabriela Milagros Salazar Mattos en el puesto de Coordinador de Contabilidad de la Unidad de Asuntos Financieros de la O fi cina de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, puesto considerado de con fi anza. Artículo 2.- NOTIFICAR la presente resolución a la persona mencionada en el artículo precedente, así como a la O fi cina de Recursos Humanos para las acciones correspondientes. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (www.gob.pe/suna fi l). Regístrese, comuníquese y publíquese.FREDDY JOSE MARIA SOLANO GONZALEZ Superintendente 2261527-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban los Lineamientos para la realización de la actividad de inclusión registral: “SUNARP: TRÁMITES SIN BARRERAS” RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA REGISTRAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 008-2024-SUNARP/DTR Lima, 9 de febrero de 2024VISTOS: La Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 013-2024-SUNARP/SN del 24 de enero de 2024, el Informe N° 003-2024-SUNARP/DTR-SOR del 07 de febrero de 2024 de la Subdirección de Gestión del Procedimiento Registral; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de plani fi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simpli fi cación, integración y modernización de los Registros;Que, el literal d) del artículo 59 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNARP señala como una de las funciones de la Dirección Técnica Registral la de emitir lineamientos dirigidos a los Órganos Desconcentrados para el desarrollo de la función registral, así como supervisar el cumplimiento de las políticas y normas técnicas que en tales ámbitos se emita. Asimismo, en el literal l) del citado artículo, señala que la Dirección Técnica Registral tiene entre sus funciones la de diseñar y coordinar la realización de actividades de inclusión registral de Órganos Desconcentrados en el ámbito nacional y de la Sede Central; Que, mediante Resolución de la Superintendencia Nacional de vistos se instituye en el artículo 1, la nueva actividad de inclusión registral: “Sunarp: Trámites sin barreras”; asimismo, en el artículo 2 de dicha resolución, atendiendo lo señalado en el párrafo precedente, se dispone que la Dirección Técnica Registral emita los lineamientos referidos a la ejecución de la citada actividad; Que, conforme a lo expuesto precedentemente, la Subdirección de Gestión del Procedimiento Registral, mediante informe de vistos y en el marco de sus competencias concerniente a promover y evaluar, en coordinación con los órganos desconcentrados, la realización de actividades de inclusión registral en el ámbito nacional, para la creación y mejora de servicios y productos registrales, previstas en el inciso f) del artículo 66 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNARP, ha remitido a ésta Dirección Técnica el proyecto de lineamientos que tienen por objetivo establecer las acciones para la realización de la actividad de inclusión registral “Sunarp: Trámites sin barreras”, a partir de regular medidas destinadas a su plani fi cación, difusión, ejecución y evaluación; la misma que se realiza previa coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y el Colegio de Notarios correspondiente al ámbito geográ fi co de la zona registral; Que, esta Dirección Técnica concuerda con los lineamientos para la realización de la actividad de inclusión registral “Sunarp: Trámites sin barreras”, por lo que corresponde emitir el acto resolutivo de aprobación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución de la Superintendencia Nacional del vistos; Que, atendiendo a las consideraciones antes aludidas y de conformidad con lo previsto en los literales d) y l) del artículo 59 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 035-2022- SUNARP/SN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de lineamientos Aprobar los Lineamientos para la realización de la actividad de inclusión registral: “SUNARP: TRÁMITES SIN BARRERAS”. Artículo 2.- Entrada en vigencia Los Lineamientos aprobados en el artículo 1, entran en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3.- Publicación Disponer que la presente resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ABEL RIVERA PALOMINO Director Técnico RegistralSede Central – SUNARP LINEAMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD “SUNARP: TRÁMITES SIN BARRERAS” I. OBJETIVORegular las actuaciones de los órganos desconcentrados y de la Sede Central para la plani fi cación,