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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (14/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de febrero de 2024 El Peruano / o unidad de organización en la que se encuentran designados/as. h. Asegurar la custodia y archivo del Libro de Reclamaciones físico sea de acuerdo con las Normas del Sistema Nacional de Archivos. i. Otras que le delegue el/la Encargado/a Nivel I del Distrito Judicial o unidad de organización en la que se encuentra designado/a. […]” 6. Mediante Hoja de Envío N.° 000071-2024-SAPC- GDC-GG-PJ, de fecha 05 de febrero de 2024, remitido por la Subgerencia de Atención de Propuestas Ciudadanas, a través de la cual solicita la actualización de la Resolución Administrativa que designa a los Encargados del Libro de Reclamaciones de esta CSN, teniendo en cuenta la normativa vigente. 7. En este contexto, atendiendo a lo establecido en la Guía del Libro de Reclamaciones y Buzón de Sugerencias en el Poder Judicial” – Versión 002 y a lo solicitado por la Subgerencia de Atención de Propuestas Ciudadanas, corresponde a este despacho actualizar la designación teniendo en cuenta la normativa vigente y por consiguiente ratifi car a los siguientes servidores; quienes asumirán las funciones establecidas en la Guía denominada “Gestión del Libro de Reclamaciones y Buzón de Sugerencias en el Poder Judicial” – Versión 002 2, conforme se detalla: ENCARGADOS DEL LIBRO DE RECLAMACIONES DE LA CSN NOMBRES Y APELLIDOS NIVEL CONDICIÓN Fátima Edna Sotelo León Nivel I TitularElliot Anderson Calderón Pérez Nivel I Alterno Richard Eugenio Guerrero Ramos Nivel II Titular Diana Vanessa Grimaldo Alzamora Nivel II Alterno 8. La Presidencia es el órgano de dirección de la CSN y representa al Poder Judicial en el territorio nacional, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.° 318-2018-CE-PJ, con observancia del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con las consideraciones invocadas; SE RESUELVE:Primero.- RATIFICAR a la servidora judicial Fátima Edna Sotelo León, como Encargada Nivel I Titular del Libro de Reclamaciones de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a partir de la fecha. Segundo.- RATIFICAR al servidor judicial Elliot Anderson Calderón Pérez, como Encargado Nivel I Alterno del Libro de Reclamaciones de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a partir de la fecha. Tercero.- RATIFICAR al servidor judicial Richard Eugenio Guerrero Ramos, como Encargado Nivel II Titular del Libro de Reclamaciones de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a partir de la fecha. Cuarto.- RATIFICAR a la servidora judicial Diana Vanessa Grimaldo Alzamora, como Encargada Nivel II Alterno del Libro de Reclamaciones de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a partir de la fecha. Quinto.- DISPONER que los Encargados/as Nivel I y Nivel II (Titular y Alterno) del Libro de Reclamaciones de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, cumplan con lo establecido en los parámetros establecidos en la Guía denominada “Gestión del Libro de Reclamaciones y Buzón de Sugerencias en el Poder Judicial” – Versión 002. Sexto.- PRECISAR que la labor que va a desempeñar de los Encargados/as Nivel I y Nivel II (Titular y Alterno) del Libro de Reclamaciones de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, será en adición a sus funciones. Séptimo.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General, Subgerencia de Atención de Propuestas Ciudadanas de la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General, a los magistrados de todas las instancias, a la O fi cina de Administración de esta CSN, a la Administración del Módulo del Código Procesal Penal de la CSN, de los servidores mencionados, así como del personal jurisdiccional y administrativo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese donde corresponda. OCTAVIO CÉSAR SAHUANAY CALSÍN Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada 1 Publicado en el diario o fi cial El Peruano el 17 de enero de 2020. 2 Resolución Administrativa N.° 000621-2023-GG-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2023. 2260845-1 Conforman la Comisión de Planificación de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada para el año judicial 2024 Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000105-2024-P-CSNJPE-PJ Lima, 8 de febrero de 2024ANTECEDENTE:Mediante Resolución Administrativa N° 000064-2023-P-CSNJPE-PJ, de fecha 27 de enero de 2023, esta Presidencia conformó la Comisión de Plani fi cación de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, -en adelante CSN-, la misma que ha sido reconformada a través de la Resolución Administrativa N° 000623-2023-P-CSNJPE-PJ, de fecha 06 de octubre de 2023. FUNDAMENTOS:1. Base Normativa: mediante la Resolución Administrativa N° 000123-2020-P-PJ, de fecha 28 de mayo de 2020, la Presidencia del Poder Judicial aprobó el documento “Lineamientos para la Formulación y Aprobación del Plan Operativo Multianual 2021-2023 y su Seguimiento y Evaluación Anual en el Ejercicio 2021”, que en su apartado V.A.2. establece la estructura organizacional de la Comisión de Plani fi cación para las Cortes Superiores de Justicia que no son unidades ejecutoras, señalando: • Presidente(a) de la Corte Superior de Justicia. • Gerente/Jefe de Administración Distrital.• Encargado(a) del Plan Operativo, quien ejerce como secretario técnico de la Comisión. • Encargado(a) de la O fi cina de Personal. • Encargado(a) de la O fi cina de Logística. • Magistrado(s) designados por la Sala Plena o Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte. 2. Al respecto de lo antes expuesto, es preciso indicar que esta Corte Superior Nacional fue constituida sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a través de la Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ 1, por lo que, aún no se cuenta con una Sala Plena debido a lo establecido en el Estatuto2, especí fi camente en el numeral 2 del artículo 11 que señala lo siguiente, respecto a la conformación de la Sala Plena: “[…] La Sala Plena está presidida por el