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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (21/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

61 Miércoles 21 de febrero de 2024 El Peruano / PROYECTO respectivamente, sobre la estructura tarifaria resultante de la aplicación del reordenamiento tarifario de dichos años regulatorios. En el primer, tercer y quinto año del periodo regulatorio 2025-2029 se realizará un reordenamiento de las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo señalado en el Subcapítulo V.9.3: “Estructura Tarifaria para el periodo regulatorio 2025-2029” del estudio tarifario, lo cual representará un incremento en la tarifa media de 0,5% en el primer año, 1,5% en el tercer año y 0,2% en el quinto año regulatorio en los ingresos de EPS SEDAJULIACA S.A. El mencionado estudio tarifario, puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/ informes-publicaciones ANEXO N° 2 ESTRUCTURA TARIFARIA DE EPS SEDAJULIACA S.A DEL PERIODO REGULATORIO 2025-2029 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO I. Estructuras tarifarias Para las estructuras tarifarias, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. Para el primer año regulatorio, EPS SEDAJULIACA S.A. aplicará la estructura tarifaria, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 2,5 1 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras 2. I.2 Cargo por volumen de agua potable y saneamiento en el primer año regulatorio Juliaca (1er año) Categoría RangoTarifa Agua S/ /m3Tarifa Saneamiento S/ / m3 Social 0 a más 0,53 0,24 Doméstico0 a 8 0,58 0,24 8 a 20 0,86 0,35 20 a más 1,66 0,66 Estatal0 a 30 1,66 0,66 30 a más 1,73 0,69 Comercial y otros0 a 30 1,46 0,58 30 a más 3,13 1,25 Industrial0 a 60 2,51 1,00 60 a más 4,18 1,67 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 19 16 19 30 40 60 De acuerdo con el marco legal vigente, con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría. Si transcurridos 2 meses el usuario continúa oponiéndose a la instalación del medidor, el prestador podrá efectuar el cierre del servicio de acuerdo con lo previsto en el artículo 118 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento 3.I.3 Factor de ajuste para la aplicación del sistema de subsidios cruzados focalizados Los usuarios de la categoría doméstico con una Clasi fi cación Socioeconómica de pobre o pobre extremo en el Padrón General de Hogares (PGH) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) serán bene fi ciarios con un factor de ajuste por los primeros 8 m 3, sobre la tarifa de agua potable, según el siguiente cuadro: Factor de ajuste aplicable a la tarifa de agua potable de la categoría doméstico por los primeros 8 m3 Año Regulatorio Rango (m3) Factor de ajuste 1er año regulatorio 0 a 8 0,90 2do y 3er año regulatorio 0 a 8 0,83 4to y 5to año regulatorio 0 a 8 0,76 La forma de determinar el importe a facturar del primer año regulatorio en EPS SEDAJULIACA S.A. y las consideraciones para la aplicación de la estructura tarifaria al inicio del segundo, tercer, cuarto y quinto año regulatorio, así como los criterios para la implementación de los subsidios focalizados se ubican en el Subcapítulo V.9: “Determinación de las estructuras tarifarias y subsidios cruzados” del estudio tarifario, el cual puede ser ubicado en el siguiente enlace: La tarifa de saneamiento está compuesta por el alcantarillado sanitario y tratamiento de aguas residuales, de acuerdo con los porcentajes indicados en el Subcapítulo V.9.3: “Estructura Tarifaria para el periodo regulatorio 2025-2029” del estudio tarifario, el cual puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/ informes-publicaciones 1 No incluye el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal. 2 Resolución de Consejo Directivo N° 028-2021-SUNASS-CD y modi fi catorias. 3 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N°058-2023-SUNASS-CD, publicada el 10 de octubre de 2023 en las separatas de normas legales del diario o fi cio El Peruano. ANEXO N° 3 METAS DE GESTIÓN DE EPS SEDAJULIACA S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2025-2029 Y MECANISMOS DE EVALUACIÓN METAS DE GESTIÓN BASE Corresponde a las metas de gestión base de las inversiones y medidas de mejora ejecutadas por EPS SEDAJULIACA S.A., fi nanciados con recursos internamente generados. Las metas de gestión se evaluarán conforme con los criterios establecidos en el Anexo III del estudio tarifario. a) Metas de gestión a nivel de EPS SEDAJULIACA S.A. Metas de Gestión BaseUnidad de MedidaAño 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Relación de Trabajo de la EP%9 38 5 8 4 7 7 7 7 Micromedición de la EP1/%2 22 4 2 6 2 9 3 1 Continuidad de la EP2/h/d - - C+1 C+1 C+1 Presión de la EP3/m.c.a. - - P P P Catastro Técnico % 100 100 100 100 100 Catastro Comercial % 100 100 100 100 100 Recuperación de conexiones inactivas del servicio de agua potable de la EP# 696 696 696 696 696