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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (25/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Domingo 25 de febrero de 2024 El Peruano / ANEXO Nº 04 DECLARACIÓN JURADA Yo ............................................................................ ............................................ de Nacionalidad peruana; con DNI Nº ............................; Delegado elector en representación de la organización social denominada ...................................................... ........................................................, para parti cipar en el proceso de elecciones de representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD de Lince periodo 2024 - 2026, en el pleno ejercicio de mis derechos constitucionales DECLARO BAJO JURAMENTO que: No cuento con antecedentes penales, judiciales, policiales, sentencia consentida o ejecutoriada por delitos dolosos ni estoy registrado en el REDAM - Registro de Deudores Alimentarios Morosos, ni he sido declarado responsable de algún acto de violencia familiar, así mismo declaro que radico en el distrito de Lince siendo mi domicilio actual y verdadero donde tengo residencia real, física y permanente en ............................................................................................................................................................................. En caso de comprobárseme falsedad de los datos declarados, declaro haber incurrido en el delito Contra la Fe Pública y me pongo a derecho de todas las implicancias de ley. Para mayor constancia y validez y en cumplimiento fi rmo y pongo mi huella digital al pie del presente documento para fi nes legales correspondientes. ..................de.................................del 2024. ................................................................. Firma Apellidos y Nombres ............................................. DNI Nº ....................................... 2264349-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA Autorizan viaje de alcalde a Colombia, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 010-2024-MPU/C Urubamba, 20 de febrero de 2024. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA. POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de febrero de 2024, bajo la convocatoria y presidencia del Sr. Alcalde Ing. Ronald Vera Gallegos y la asistencia de los(as) Regidores(as): Sr. Yuri Robinson Durand Flores, Sra. María Guadalupe Romero Ochoa, Sr. Roberto Rojas Concha, Sra. Olga Hanco Huamaní, Sr. Efraín Achahui Cuyro, Sra. Victoria Quispe Tito, Sr. Marcos Marcial Concha Tupayachi, Sra. Cinthia Fiorella García Tisoc y Sr. Mariano Tapia Yupanqui; y VISTO: El Acta de la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Urubamba de fecha 19 de febrero de 2024, en la que se trató los documentos que sustentan la PROPUESTA DE ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL QUE AUTORIZA EL VIAJE AL EXTERIOR DEL PAÍS EN COMISIÓN DE SERVICIOS Y REPRESENTACIÓN OFICIAL DEL ING. RONALD VERA GALLEGOS – ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA, PARA PARTICIPAR EN la visita al Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad de Medellín y el evento de “Axis Leadership Forum”, a realizarse en las ciudades de Medellín y Cartagena – Colombia, los días 28 y 29 de febrero de 2024; que en anexo forman parte como antecedentes que motiva el presente Acuerdo de Concejo Municipal; y CONSIDERANDO:Que, conforme a los artículos 194 y 195 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las leyes Nº 27680 y 28607 de Reforma Constitucional, concordante con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, las municipalidades son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 106 de la Constitución Política del Estado Peruano, estipula que mediante leyes orgánicas se regulan la estructura y el funcionamiento de las entidades del Estado previstas en la Constitución, así como también las otras materias cuya regulación por Ley Orgánica está establecida en la Constitución. Que, la Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cados por Decreto Supremo N° 005-2006- PCM y Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, regulan la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público, así como la forma de sustentación de los mismos; estableciendo en el artículo 5 que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas y deberán ser autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Que, mediante Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, se modi fi can los artículos 5 y 6 del D.S. Nº 47-2002- PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; por lo que, en su artículo 5 sobre la escala de viáticos se preceptúa textualmente: “Los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la siguiente Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas: (…) Sobre la base de la referida Escala de Viáticos, mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario O fi cial El Peruano, las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de fi nanciamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fi scal.” Que, mediante Carta de Invitación y anexos (con recepción en Atención al Ciudadano de fecha 19 de febrero de 2024, Exp. N° 3620), el Sr. Uriel Ivan Chavesta Villanueva – Regional Sales Manager Perú de Axis Comunications, formula invitación institucional al Ing. Ronald Vera Gallegos - Alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, a efectos de participar en el evento denominado: “Axis Leadership Forum” a realizarse el día 29 de febrero de 2024 en la ciudad de Cartagena - Colombia y la visita al Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad de Medellín (visualización directa del