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35 NORMAS LEGALES Domingo 25 de febrero de 2024 El Peruano / VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 008-2024-MP-FN-JFS, de fecha 21 de febrero de 2024, se resolvió aceptar la renuncia formulada por el abogado Luis Raúl Samaniego Ramos, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, Distrito Fiscal de Lima Sur, con efectividad al 21 de febrero de 2024; por lo que, se hace necesario dar por concluido su nombramiento como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lurín. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Luis Raúl Samaniego Ramos, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lurín, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 942-2020-MP-FN, de fecha 28 de agosto de 2020; con efectividad al 21 de febrero de 2024. Artículo Segundo.- Poner la presente resolución en conocimiento de la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del Título otorgado al referido fi scal, mediante Resolución Nº 170-2018-CNM, de fecha 27 de abril de 2018. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2264552-1 Dan por concluida designación de Fiscal Adjunto Supremo Titular del Ministerio Público, en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Familia RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 506-2024-MP-FN Lima, 23 de febrero de 2024 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2024-MP-FN-JFS, de fecha 21 de febrero de 2024, se resolvió aceptar la renuncia formulada por el doctor Marco Antonio Pinazo Molina, al cargo de Fiscal Adjunto Supremo Titular del Ministerio Público, con efectividad al 25 de febrero de 2024; por lo que, se hace necesario dar por concluida su designación en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Familia. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Marco Antonio Pinazo Molina, como Fiscal Adjunto Supremo Titular del Ministerio Público, en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Familia, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3694-2023-MP-FN, de fecha 29 de diciembre de 2023; con efectividad al 25 de febrero de 2024.Artículo Segundo.- Poner la presente resolución en conocimiento de la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del Título otorgado al referido fi scal, mediante Resolución Nº 197-2016-CNM, de fecha 24 de mayo de 2016. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema de Familia, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y al doctor mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2264553-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ayacucho RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 507-2024-MP-FN Lima, 23 de febrero de 2024VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 1194-2024-MP-FN-FSNCEDCF, cursado por la abogada Escarleth Daysi Laura Escalante, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ayacucho, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. El Fiscal de la Nación (i) como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el