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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (29/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / Agrario Rural – AGRO RURAL (https://www.gob.pe/ agrorural). Regístrese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ALEJANDRO BACA RAMOS Director EjecutivoPrograma de Desarrollo Productivo AgrarioRural - AGRO RURAL 2265835-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Jefa de la Oficina General de Comunicación Estratégica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000035-2024-MIDIS San Isidro, 23 de febrero del 2024VISTOS: El Memorando N° D000176-2024-MIDIS-SG de la Secretaría General; el Memorando N° D000412-2024-MIDIS-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y el Informe N° D000086-2024-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, con la Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, por Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS se aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose entre los Órganos de Apoyo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a la Ofi cina General de Comunicación Estratégica; Que, por Resolución Ministerial N° 048-2020-MIDIS se aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 105-2019-MIDIS, el cual contempla el cargo estructural de Jefe/a de la O fi cina General de Comunicación Estratégica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social como cargo de con fi anza; Que, al encontrarse vacante el cargo de Jefe/a de la O fi cina General de Comunicación Estratégica resulta necesario designar a su titular; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora PATRICIA MARÍA PAZ PANIZO en el cargo de Jefa de la O fi cina General de Comunicación Estratégica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial a la señora PATRICIA MARÍA PAZ PANIZO, a la O fi cina General de Comunicación Estratégica y a la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2265647-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Resolución Ministerial que autoriza transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 073-2024-EF/41 Lima, 27 de febrero de 2024 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial N° 424-2023-EF/41 se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo fi nancian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al Pliego 009-Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2024, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Proyecto, Actividad, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modi fi cada por la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE),fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 Soles), es objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 31358 señala que, para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se re fi ere el artículo 1 antes citado, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, para tal efecto, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autoriza a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones a que se re fi ere el artículo 1 de la citada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar Transferencias Financieras a favor del Pliego 019-Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de