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22 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2024 del Ministerio de la Producción Aprobar el Plan Anual de Transferencia Sectorial del Año 2024 del Ministerio de la Producción, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- Noti fi cación Remitir a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros copia de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Producción 2265850-1 Autorizan Transferencia Financiera del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a favor de la Contraloría General de la República FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000011-2024-FONDEPES/J Lima, 28 de febrero del 2024VISTOS: El Memorando N° 000487-2024-FONDEPES/ DIGENIPAA de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola; el Informe N° 000051-2024-FONDEPES/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 000040-2024-FONDEPES/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 127-2023-FONDEPES/J, de fecha 28 de diciembre de 2023, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2024 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, por un monto de S/ 111 739 211.00 (Ciento once millones setecientos treinta y nueve mil doscientos once y 00/100 soles) por toda fuente de fi nanciamiento, en el marco de la Ley N° 31953 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, que incluye a las obras públicas y las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos, entre otros, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, cuyos montos superen los S/ 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 soles), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, el artículo 2 de la Ley en mención, dispone que para el fi nanciamiento de la aplicación del referido mecanismo de control gubernamental se destina hasta el 2% del valor total de la inversión; y, el artículo 4 establece que para el cumplimiento de la Ley se autoriza a los pliegos del gobierno nacional, regional y local a realizar modi fi caciones presupuestales con la fi nalidad de realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, disponiéndose a su vez que en el caso de entidades del gobierno nacional las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, mediante Comunicado S/N de fecha 31 de enero de 2022, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del MEF señala que, en coordinación con la Contraloría General de la República, se ha elaborado el documento “Orientaciones para el registro del costo de control concurrente en las inversiones” para la aplicación de la Ley N° 31358 en las fases de Formulación y Evaluación y, Ejecución del Ciclo de Inversión por parte de las Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones de los tres niveles de gobierno; y, mediante Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01 de fecha 24 de marzo de 2022, se modi fi có el numeral 18.1 del artículo 18 de los S/ 10 000 000.00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES) la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 022-2021-EF/50.01, en el que se establece que, excepcionalmente, cuando la ejecución de recursos mediante transferencias fi nancieras corresponda a gastos de capital en aplicación del artículo 4 de la Ley N° 31358, para el fi nanciamiento del control concurrente de inversiones, se registra en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”; Que, mediante O fi cio N° 001521-2023-CG/SGE de fecha 10 de octubre de 2023, el Secretario General de la Contraloría General de la República indica que en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31358, y Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, solicita proceder a de fi nir y efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General por el monto de S/ 4,127,126.85 (CUATRO MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL CIENTO VEINTISÉIS Y 85/100 SOLES), con respecto a las inversiones con CUI 2160312, 2195346, 2329541, 2358686, 2359436, 2403964, 2406035, 2556895 y 2560696, para fi nanciar el despliegue de las acciones de control correspondientes. Asimismo, solicita con carácter de muy urgente efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000115-2023-FONDEPES/J de fecha 30 de octubre del 2023, se autoriza una transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 409,651.00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a fi nanciar las acciones de control concurrente a cargo de la Contraloría General de la República conforme a lo dispuesto por la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, en las inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, para el proyecto “Mejoramiento y Adecuación a la Norma Sanitaria vigente del Desembarcadero Pesquero Artesanal Paita, Distrito y Provincia de Paita, Región Piura”, con CUI 2160312; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000126-2023-FONDEPES/J de fecha 21 de diciembre del 2023, se autoriza una transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 2,261,993.00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a fi nanciar las acciones de control concurrente a cargo de la Contraloría General de la República, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, para los proyectos DPA La Planchada (CUI 2195346), DPA Pacasmayo (CUI 2403964), DPA Las Conchitas Ancón (CUI 2358686) y CA Nuevo Horizonte (CUI 2329541); Que, mediante Memorando N° 000487-2024- FONDEPES/DIGENIPAA, de fecha 20 de febrero del