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20 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / N° 52-2024-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, los Informes N° 964-2023-JUS/OGAJ y N° 107-2024-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 088-99-JUS, de fecha 12 de abril de 1999, se nombró como notario del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima al señor AGUSTIN PLACIDO FLORES BARBOZA; Que, mediante O fi cio N° 440-2023-CNL/D de fecha 30 de junio de 2023, el Colegio de Notarios de Lima remite al Consejo del Notariado copia de la Resolución N° 073-2023-CNL/JD de fecha 28 de junio de 2023, a través de la cual, la Junta Directiva del citado Colegio acordó declarar el cese del señor notario AGUSTIN PLACIDO FLORES BARBOZA, por causal de salud prevista en el literal h) del artículo 21 del Decreto Legislativo del Notariado, a partir del 28 de junio de 2023; Que, asimismo, mediante O fi cios N° 502-2023-CNL/D y N° 505-2023-CNL/D, de fecha 21 de julio de 2023 y 24 de julio de 2023, respectivamente, el Colegio de Notarios de Lima remite al Consejo del Notariado copia certi fi cada del certi fi cado médico del neurólogo tratante del acotado notario, del último instrumento público de cada registro que se haya cerrado, de las actas de cierre y del acta de sesión en la cual se designó a los notarios encargados del protocolo del notario cesado; Que, mediante Memorando N° 411-2023-JUS/CN- P, la Presidencia del Consejo del Notariado remite a la Secretaría General el Informe N° 110-2023- JUS/CN/ST/REGISTRO, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, con los respectivos antecedentes, a fi n de tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título del Notario del señor AGUSTIN PLACIDO FLORES BARBOZA; Que, de la documentación remitida por la Presidencia del Consejo del Notariado obra, entre otros, el Certi fi cado Médico expedido por la Médico Neurólogo Adita Torrealva Ascón, con CMP N° 8680 y RNE N° 24928, en el cual se advierte la imposibilidad de ejercer la función notarial del señor AGUSTIN PLACIDO FLORES BARBOZA; así como los o fi cios mediante los cuales el Colegio de Notarios de Lima informa que la administración y custodia del acervo notarial se encuentra a cargo de su despacho y el Acta de Cierre de los Registros del notario mencionado; Que, el literal g) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1232, establece como requisito para postular al cargo de notario encontrarse física y mentalmente apto para dicho cargo; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal h) del artículo 21 del mencionado Decreto Legislativo, el notario cesa por causal de perder alguna de las calidades señaladas en el artículo 10 de la precitada norma, declarada por la Junta Directiva del colegio respectivo, dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes de conocida la causal; por lo que, habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario; Con los vistos de la Presidencia del Consejo del Notariado y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2017JUS; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Cancelar el título de notario del Distrito de Surquillo, Provincia y Departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima otorgado al señor AGUSTIN PLACIDO FLORES BARBOZA, por la causal prevista en el literal h) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado. Artículo 2 .- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Lima, para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2265650-1 Cancelan título de notario del distrito de Tacabamba, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, Distrito Notarial de Lambayeque RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0055-2024-JUS Lima, 28 de febrero de 2024 VISTOS, el Informe Nº 43-2023-JUS/CN/ST/ REGISTRO, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; los Memorandos N° 222-2023-JUS/CN y N° 51-2024-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, los Informes N° 520-2023-JUS/OGAJ, N° 888-2023-JUS/OGAJ y N° 128-2024-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 191-98-JUS, de fecha 24 de junio de 1998, se nombró como notario del Distrito de Tacabamba, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, Distrito Notarial de Lambayeque al señor MANUEL ALEJANDRO CARDOSO ZEVALLOS; Que, mediante O fi cio N° 051-2023 CNLAMB, de fecha 28 de febrero de 2023, el Colegio de Notarios de Lambayeque comunicó a la Presidencia del Consejo del Notariado el fallecimiento del señor MANUEL ALEJANDRO CARDOSO ZEVALLOS; siendo que, con los O fi cios N° 095-2023-CNLAMB y N° 171-2023-CNLAMB, de fecha 25 de abril de 2023 y 11 de julio de 2023, respectivamente, el mencionado Colegio de Notarios remite los antecedentes relacionados con la cancelación de título del precitado notario, precisando que la documentación del despacho notarial se encuentra a cargo del Colegio de Notarios de Lambayeque quien se encargará de la administración y custodia; Que, mediante Memorando N° 222-2023-JUS/ CN, la Presidencia del Consejo del Notariado remite a la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el Informe N° 43-2023- JUS/CN/ST/REGISTRO, elaborado por el Coordinador de Registro Nacional de Notarios y Juntas Directivas de los Colegios de Notarios de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, con los respectivos antecedentes, a fi n de tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título del Notario señor MANUEL ALEJANDRO CARDOSO ZEVALLOS; Que, de la documentación remitida por la Presidencia del Consejo del Notariado obran las copias del acta de defunción del señor MANUEL ALEJANDRO CARDOSO ZEVALLOS; los o fi cios mediante los cuales el Colegio de Notarios de Lambayeque, informa que la administración y custodia del acervo notarial se encuentra a cargo de su despacho y el Acta de Cierre de los Registros del notario mencionado; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, modi fi cado por el Decreto legislativo N° 1232, el notario cesa por causal de muerte, por lo que, habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de Notario; Con los vistos de la Presidencia del Consejo del Notariado y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;