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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (29/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / resolución del titular del pliego se publica el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, mediante la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, a través del O fi cio N° 000906-2024-CG/GRECE, la Contraloría General de la República comunica que, según lo dispuesto en el numeral 7.2 de la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales”, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 035-2022-CG, se realiza el Concurso Público de Méritos N° 05-2023-CG y se designa a una Sociedad de Auditoria para efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental de los periodos 2023 y 2024, habiéndose contratado sólo la ejecución de la auditoría por el periodo 2023, encontrándose pendiente la contratación de la auditoría del periodo 2024, por lo que solicita al Ministerio de Cultura una transferencia fi nanciera por la suma de S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100); Que, con el Informe N° 000046-2024-OGA-SG/MC, la Ofi cina General de Administración señala que, mediante el Informe N° 000086-2024-OC-OGA-SG/MC, la O fi cina de Contabilidad sustenta la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República por el importe de S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100 soles), para la cancelación de la designación de la auditoría fi nanciera gubernamental del Ministerio de Cultura para los años 2023 y 2024 a la Sociedad de Auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada; Que, mediante el Memorando Nº 000372-2024-OGPP- SG/MC la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000077-2024-OP-OGPP-SG/MC de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual informa que, dentro del ámbito de sus competencias, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y la normatividad vigente, otorga opinión favorable dado que se cuenta con los recursos presupuestales disponibles para efectuar la transferencia fi nanciera para la cancelación a Sociedad de Auditoría “Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada” por el monto de S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100 soles), la cual se ve re fl ejada en el Certi fi cado de Crédito Presupuestal Nº 0000001852; Que, en atención de las consideraciones expuestas, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 003: Ministerio de Cultura hasta por la suma de S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100 soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Presupuesto, de la O fi cina General de Administración, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005- 2013-MC; y la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 003: Ministerio de Cultura, hasta por la suma de S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General: Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: Administración General, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, en la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias hasta por la suma S/ 299 059,00 (Doscientos noventa y nueve mil cincuenta y nueve con 00/100 soles). Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el portal digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2265567-1 Modifican fecha de implementación de nuevos circuitos de visita turística orientados a garantizar el uso sostenible, la preservación y conservación de la Llaqta de Machupicchu RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000080-2024-MC San Borja, 28 de febrero de 2024VISTOS: el Memorando N° 000568-2024-DDC-CUS/ MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco; el Informe Nº 000215-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y el Informe N° 000294-2024-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural aprobada por la Octava