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13 NORMAS LEGALES Domingo 7 de julio de 2024 El Peruano / el marco de los procesos de Programación Multianual Presupuestaria y de acuerdo con las disposiciones contempladas en las Leyes Anuales de Presupuesto respectivas; Que, asimismo, con Informe N° 00844-2024-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta normativa, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU, se delega en el Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”, la misma que, como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (https://www.gob. pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZAViceministra de Gestión Pedagógica 2304506-1 PRODUCE Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000110-2024-ITP/DE San Isidro, 6 de julio del 2024 VISTOS:El O fi cio N° 001416-2024-CG/GRECE, de fecha 27 de junio de 2024, del Gerente de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República; el Memorando N° 004083-2024-ITP/OPPM, de fecha 04 de julio de 2024, y el Memorando N° 004121-2024-ITP/OPPM, el cual hace suyo el Informe Técnico N° 000095-2024-ITP/PRESUPUESTO, ambos de fecha 04 de julio de 2024, de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante OPPM); el Informe N° 000296-2024-ITP/OAJ, de fecha 05 de julio de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), estableciendo en su artículo 1 que, el ITP es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y cali fi cación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE; Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante Resolución Ejecutiva N° 000213-2023-ITP/DE, de fecha 28 de diciembre del 2023, se aprueba la Estructura Funcional Programática y el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el año 2024 del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Sub Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de gasto por la suma de S/ 154’896,198.00 (ciento cincuenta y cuatro millones ochocientos noventa y seis mil ciento noventa y ocho con 00/100 soles). Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, la Contraloría General de la República aprobó la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, la cual establece en el tercer párrafo del numeral “7.2 Proceso de Designación de las Sociedades de Auditoría”, que las entidades son incorporadas en los Concurso Público de Méritos, luego que han pagado por el derecho por designación y que la transferencia fi nanciera por retribución económica ha sido incorporada al presupuesto de la Contraloría General de la República, conforme a lo establecido en la Ley N° 27785 y su modi fi catoria; Que, mediante Resolución de Concesión de Subvención, Ref. Expediente N° 2020/SPE/0000400200, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), concede una subvención dineraria a favor del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), por el importe de 700.000 € (setecientos mil euros), con la fi nalidad de fi nanciar la intervención “Fortalecimiento de capacidades para la consolidación de una oferta regional de servicios de desarrollo empresarial en cadenas productivas priorizadas para las regiones de Piura, la Libertad, Cajamarca y San Martín”; Que, a través de la Noti fi cación N/REF.AECID-093-2023, de fecha 21 de marzo de 2023, nos remite la Noti fi cación de Acuerdo de 2° Ampliación de plazo de ejecución de resolución de concesión de subvención de cooperación internacional del expediente 2020/SPE/000400200, “Fortalecimiento de capacidades para la consolidación de una oferta regional de servicios de desarrollo empresarial en cadenas productivas priorizadas para las regiones de Piura, la Libertad, Cajamarca y San Martín”, donde se acuerda la ampliación del plazo de ejecución por 12 meses conforme lo solicitado por la Entidad, fi jando el 23 de mayo de 2024 como nueva fecha límite para ejecutar la actividad y el 23 de agosto de 2024 como nueva fecha límite para la justi fi cación de los fondos; Que, con Acta de Reunión de Seguimiento ITP – AECID, celebrada con fecha 24 de enero de 2024, los representantes del AECID y el ITP acordaron aprobar la actualización del Plan Operativo del Proyecto (POP) 2021 – 2024; Que, de acuerdo a lo establecido en la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se faculta a la Contraloría General de la República, durante el Año Fiscal 2024, para contratar a las sociedades de auditoría, conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, con la fi nalidad de que realicen cualquier labor de control gubernamental externo en las entidades sujetas a control. La implementación de la presente disposición se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al tesoro público; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan