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101 NORMAS LEGALES Sábado 27 de julio de 2024 El Peruano / Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2018- MTC, se aprueba la fusión del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones-FITEL con personería jurídica en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la creación del Programa Nacional de Telecomunicaciones-PRONATEL, en el ámbito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Viceministerio de Comunicaciones, cuyo objetivo es la provisión de acceso universal de servicios de telecomunicaciones, el desarrollo de la banda ancha en su ámbito de intervención, la promoción de servicios, contenidos, aplicaciones y habilidades digitales y la reducción de la brecha de infraestructura de comunicaciones, a nivel nacional; Que, conforme el Artículo 7 del Decreto Supremo N° 018-2018-MTC es función del PRONATEL administrar el Fondo de Inversión en Telecomunicaciones-FITEL, conforme a las disposiciones que establecen las normas de la materia; Que, el Artículo 25 y el literal c) del Artículo 26 del Manual de Operaciones del PRONATEL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03, establece que la Dirección de Fiscalización y Sanción es la unidad funcional de línea responsable de la conducción de los actos y diligencias correspondientes a la fi scalización y veri fi cación del cumplimiento de las obligaciones de los aportantes del FITEL, la sanción y el control de la deuda por los aportes al Fondo y multas, así como de proponer las normas técnicas, lineamientos y otros en el ámbito de su competencia y en coordinación con los órganos competentes; Que, el Artículo 4 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de carácter general, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, precisa que se deben publicar obligatoriamente en el Diario O fi cial “El Peruano”, entre otras las resoluciones que aprueban Directivas, cuando sean de ámbito general; Que, el sub numeral 6.4.4 del numeral 6.4 del Texto Actualizado de la Directiva N° 006-2022-MTC/24 “Lineamientos para la gestión de los documentos normativos del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL”, aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 018-2023-MTC/24, dispone que en caso el documento normativo tenga incidencia en los/las administrados/as vinculados/as a la entidad, la dependencia que formuló el documento normativo gestionará, ante las dependencias del PRONATEL que correspondan, su pre publicación y/o publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Reglamento citado en el considerando precedente; Que, el numeral 1 del Artículo 14 del precitado Reglamento dispone que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario O fi cial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, mediante los Informes N° 414-2023-MTC/24.12, N° 040-2024-MTC/24.12 y Memorando N° 305-2024-MTC/24.12, la Dirección de Fiscalización y Sanción sustenta y propone la aprobación de la “Directiva Régimen de gradualidad de sanciones tributarias vinculadas al Aporte por el Derecho Especial destinado al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones”, a fi n de fomentar a los contribuyentes a que subsanen las infracciones tipi fi cadas en el numeral 1 del Artículo 176 y numerales 1 y 5 del Artículo 177 del Texto Único Ordenado del Código Tributario; Que, con la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Legal, es necesario disponer la publicación del proyecto de Resolución de Dirección Ejecutiva que aprueba la “Directiva Régimen de gradualidad de sanciones tributarias vinculadas al Aporte por el Derecho Especial destinado al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones”, por el plazo de quince (15) días hábiles, a fi n de recibir los comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 018-2018-MTC, que aprueba la fusión del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL con personería jurídica en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la creación del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; el Texto Actualizado de la Directiva N° 006-2022-MTC/24 “Lineamientos para la gestión de los documentos normativos del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL”, aprobada con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 018-2023-MTC/24; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones- PRONATEL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución de Dirección Ejecutiva que aprueba la “Directiva Régimen de gradualidad de sanciones tributarias vinculadas al Aporte por el Derecho Especial destinado al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones”, en la sede digital del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL (www.gob.pe/pronatel), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, con el objeto de recibir las observaciones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el día siguiente de su publicación. Artículo 2.- Disponer que las observaciones, comentarios y/o aportes deben ser remitidas a la sede del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL con atención a la Dirección de Fiscalización y Sanción, ubicada en Av. Paseo de la República N° 1645, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima o a la dirección electrónica mesadepartes@pronatel.gob.pe. Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Fiscalización y Sanción a recibir, procesar y sistematizar las opiniones, comentarios y/o sugerencias que se presenten, respecto al proyecto de Directiva, a que se re fi ere el Artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LENNIN FRANK QUISO CÓRDOVA Director EjecutivoPronatel 2310214-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar el precio de los servicios colaterales que se aplican a EPS EMAPA CAÑETE S.A. para el periodo regulatorio 2025-2027 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 044-2024- SUNASS-CD EXP.: 013-2023-SUNASS-DRT-FT Lima, 24 de julio de 2024