TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Sábado 15 de junio de 2024 El Peruano / Que, resulta legalmente viable aceptar la renuncia de la señora Carmen Rosa Siccha Rubio al cargo de confi anza de Jefe de la Unidad Territorial La Libertad del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, de conformidad con el Informe N° D000145-2024-MIDIS/P65-UAJ de fecha 13 de junio de 2024 y se designe como Jefe de la Unidad Territorial La Libertad al señor Piero Custodio Herrera, del Programa Pensión 65, por estar conforme a las normas que regulan la materia; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con el visado del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos y del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; así como el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, norma de creación del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y posteriores modi fi catorias, y en la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Carmen Rosa Siccha Rubio en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial La Libertad del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, cuyo último día de labores será el día 16 de junio de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Piero Custodio Herrera Jefe de la Unidad Territorial La Libertad del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, a partir del día 17 de junio de 2024, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos realice la noti fi cación del presente acto resolutivo a las personas señaladas en los artículos 1º y 2º de la presente resolución, una vez esta sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Disponer la publicación de la Presente Resolución de Dirección Ejecutiva, en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en el día de publicado el mismo, la Unidad de Comunicación e Imagen de este Programa Nacional, proceda a publicarlo en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: http://www.gob.pe/pension65. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO MENDIGURE FERNANDEZ Director Ejecutivo 2297838-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban la Primera Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE- TEXCO) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 199-2024-EF/52 Lima, 13 de junio del 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante los numerales 2.1 y 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 012-2022, Decreto de Urgencia que crea el Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección; se crea el Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE-TEXCO), para garantizar los créditos para capital de trabajo; adquisición de activos fi jos; y/o consolidación fi nanciera y compra de deuda, otorgados a las MYPE del sector textil y confección, y se autoriza a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE), en su calidad de fi duciario del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), creado mediante Decreto de Urgencia N° 029-2020, a transferir a favor del FAE-TEXCO la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES) del saldo disponible no comprometido del FAE-MYPE, para otorgar garantías a cartera de créditos hasta por cuatro (4) veces de sus recursos; Que, con Resolución Ministerial N° 178-2022-EF/15 se aprueba el Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE- TEXCO); Que, mediante Resolución Ministerial N° 187- 2022-EF/52, se aprueba el Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE-TEXCO), a través del cual se establecen los términos y condiciones para la administración del Patrimonio Fideicometido del FAE-TEXCO, en el marco de las disposiciones contenidas en el Decreto de Urgencia N° 012-2022 y en la Resolución Ministerial N° 178-2022-EF/15; Que, mediante la Ley N° 31683, Ley que promueve la reactivación económica de las micro, pequeñas y medianas empresas a través del Fondo MIPYME Emprendedor, se amplió, como bene fi ciarias del FAE- TEXCO, a las medianas empresas siempre que sus ventas anuales del último ejercicio sean hasta 2300 UIT y se eliminó el tope de tasa de interés del programa; Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas; se autoriza a COFIDE, en su calidad de fi duciario del Fondo de Apoyo Empresarial para el Sector Textil y Confección (FAE-TEXCO), a transferir a favor del FONDO CRECER, hasta la suma de S/ 189 000 000,00 (CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES CON 00/100 SOLES) provenientes del saldo no comprometido del FAE-TEXCO, con el objetivo de fi nanciar los instrumentos fi nancieros del FONDO CRECER; Que, mediante la Carta N° 000007-2024-COFIDE/ DAJN, COFIDE remite al Ministerio de Economía y Finanzas el proyecto de la Primera Adenda del Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE-TEXCO), documento que ha sido previamente consensuado por COFIDE, el Banco de la Nación y el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, bajo dicho marco legal, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas emite el Informe N° 0107-2024-EF/52.04, a través del cual se recomienda aprobar la “Primera Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE-TEXCO)”; Que, en virtud de las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar la “Primera Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE-TEXCO)”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la “Primera Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE-TEXCO)” Aprobar la “Primera Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE-TEXCO)”, la misma que se adjunta como Anexo a la presente Resolución Ministerial, a fi n de dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31912, Ley que