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10 NORMAS LEGALES Domingo 3 de marzo de 2024 El Peruano / (las) Jefes (as) de las O fi cinas de Abastecimiento de los Pliegos Presupuestales del Sector Economía y Finanzas; y los (las) Responsables de la Unidades Ejecutoras de las Inversiones del Sector Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 174- 2023-EF/10, se delega en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Economía y Finanzas la función de presidir el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Economía y Finanzas, conformado mediante la Resolución Ministerial Nº 172-2019-EF/41, conforme a lo dispuesto en el inciso 6 del numeral 9.3 del artículo 9 del el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252; Que, a través del Informe Nº 0051-2024-EF/41.03, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas sustenta la necesidad de modi fi car la Resolución Ministerial Nº 172-2019- EF/41, a fi n de actualizar a los integrantes del Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1. Modi fi cación del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 172-2019-EF/41 Modi fi car el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 172-2019-EF/41, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 1. Conformación del Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Economía y Finanzas 1.1 Conformar el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Economía y Finanzas encargado de efectuar el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones de los pliegos que lo conforman, el cual está constituido por: 1. El/La Secretario/a General del Ministerio de Economía y Finanzas, quien lo preside; 2. El/la Titular de las entidades que conforman el Sector Economía y Finanzas o su representante; 3. El/La Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; 4. El/La Responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Economía y Finanzas, quien actúa como secretario/a técnico/a del Comité; 5. Los/Las Jefes/as de las O fi cinas de Plani fi cación y Presupuesto de los otros Pliegos Presupuestales del Sector Economía y Finanzas; 6. Los/Las Jefes/as de las O fi cinas de Abastecimiento de los Pliegos Presupuestales del Sector Economía y Finanzas; y 7. Los/Las Responsables de la Unidades Ejecutoras de las Inversiones del Sector Economía y Finanzas. La representación del/de la Titular de las entidades que conforman el Sector Economía y Finanzas solo puede recaer en el/la Secretario/a General, Gerente General o quien haga sus veces en la entidad.” Artículo 2 . Notifi cación Disponer la noti fi cación de la Resolución Ministerial a los miembros del Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Economía y Finanzas señalados en el artículo precedente. Artículo 3 . Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2266747-1 EDUCACIÓN Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de los recursos financieros otorgados mediante subvenciones a favor de entidades privadas sin fines de lucro e instituciones comprendidas en el acuerdo internacional aprobado por Decreto Ley N° 23211, para la implementación de propuestas de servicios educativos en el ámbito rural en instituciones educativas públicas del nivel de educación primaria multigrado monolingüe castellano y en las que brindan el servicio educativo bajo los modelos de servicio educativo de secundaria con residencia estudiantil, secundaria en alternancia y secundaria tutorial, del ámbito rural” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 087-2024-MINEDU Lima, 29 de febrero de 2024 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº DISER2023-INT-0522443; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad; y que el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos, y la universalización de la educación básica; Que, asimismo, el artículo 12 de la citada Ley, señala que, para asegurar la universalización de la educación básica en todo el país como sustento del desarrollo humano, la educación es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria. El Estado provee los servicios públicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el tiempo educativo se equipare a los estándares internacionales; Que, la Ley Nº 31472, Ley que declara de interés nacional y necesidad pública la implementación y equipamiento de residencias estudiantiles en zonas rurales del Perú, tiene como fi nalidad que se priorice su funcionamiento que permita el acceso a la educación universal de alumnos de educación básica regular en las zonas rurales, en especial de aquellas poblaciones que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema; Que, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 332-2017-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “ Norma que implementa los Lineamientos