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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2024 (03/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Domingo 3 de marzo de 2024 El Peruano / equipo del Punto Nacional de Contacto, toda vez que la participación en las reuniones del Comité de Inversiones es de interés en tanto permite cumplir con los compromisos del país relacionados con la adhesión a la Declaración sobre Inversión Internacional y Empresas Multinacionales de la OCDE, así como dar a conocer a los países miembros de la organización, las acciones que desarrolla PROINVERSIÓN para la atracción de inversiones responsables en el marco de la política de promoción y facilitación de inversiones del Perú; además la participación en las reuniones y foros de la OCDE, contribuye favorablemente en las evaluaciones que se hacen a los países que desean ser miembros de la organización; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de PROINVERSIÓN; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Lisbeth Angélica Loja Arroyo, Especialista Legal de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a la ciudad de París, República Francesa, del 4 al 15 de marzo de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 1 790.00 Viáticos (7 + 1) : US$ 4 320.00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada debe presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2266746-1 Modifican la R.M. N° 172-2019-EF/41, que conforma el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Economía y Finanzas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 089-2024-EF/41 Lima, 1 de marzo del 2024 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones se crea como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del citado Texto Único Ordenado dispone que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; Que, el párrafo 45.2 del artículo 45 de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, establece que el Órgano Resolutivo del Sector conformará un comité de seguimiento de inversiones encargado de efectuar el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones, a fi n de que los órganos o dependencias de cada entidad brinden la información correspondiente al avance de la ejecución de las referidas inversiones; Que, el numeral 6.2 del acápite VI de los Lineamientos para la conformación y funcionamiento de los Comités de Seguimiento de Inversiones establecen por quiénes deben estar conformados los Comités de Seguimiento y que estos pueden estar integrados por otros funcionarios responsables de otros órganos o unidades orgánicas relacionadas con la ejecución de inversiones; Que, de esta manera, mediante la Resolución Ministerial Nº 172-2019-EF/41 se conforma el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Economía y Finanzas, integrado por el Ministro(a) o su representante, quien lo preside; el (la) Titular de las entidades que conforman el Sector Economía y Finanzas o su representante; el (la) Director(a) General de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; el (la) Responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Economía y Finanzas, quien actúa como secretario técnico del Comité; los (las) Jefes (as) de las O fi cinas de Plani fi cación y Presupuesto de los otros Pliegos Presupuestales del Sector Economía y Finanzas; los (las) Jefes(as) de las O fi cinas de Abastecimiento de los Pliegos Presupuestales del Sector Economía y Finanzas; y los (las) Responsables de la Unidades Ejecutoras de las Inversiones del Sector Economía y Finanzas; Que, posteriormente, con Resolución Ministerial Nº 254-2022-EF/41, se modi fi ca el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 172-2019-EF/41, que señala que el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Economía y Finanzas está constituido por el (la) Ministro (a), quien lo preside; el (la) Titular de las entidades que conforman el Sector Economía y Finanzas; el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Economía y Finanzas; el (la) Director(a) General de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; el (la) Responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Economía y Finanzas, quien actúa como secretario (a) técnico (a) del Comité; los (las) Jefes (as) de las O fi cinas de Plani fi cación y Presupuesto de los otros Pliegos Presupuestales del Sector Economía y Finanzas; los