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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2024 (20/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de marzo de 2024 El Peruano / Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción realizan las acciones de difusión que correspondan y velan por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial; sin perjuicio de las acciones que correspondan ser efectuadas por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, en el ámbito de sus competencias. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Producción 2271938-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que establece las circunscripciones de las oficinas consulares del Perú en la República de la India DECRETO SUPREMO Nº 008-2024-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0172-88- RE se establecen, entre otras, las circunscripciones de las O fi cinas Consulares de la República del Perú en la República de la India; Que, corresponde al Gobierno del Perú desarrollar una activa labor de protección y promoción de sus intereses, especialmente en el ámbito económico, comercial y cultural, así como precautelar los de sus nacionales, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior; Que, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE, establece que la sede y circunscripción de las O fi cinas Consulares se determinan por Decreto Supremo, en tanto que la categoría por Resolución Suprema. Ambos dispositivos son propuestos por el órgano de línea consular; Que, el artículo 32 del referido Reglamento Consular del Perú dispone que el establecimiento, sede, categoría y circunscripción de una Misión Consular, así como su modi fi cación, requieren el consentimiento o la aprobación del Estado receptor; Que, el artículo 33 del citado Reglamento Consular señala que el órgano de línea consular revisa anualmente y propone, si es necesario, la actualización de las circunscripciones consulares y la subordinación jerárquica de las O fi cinas Consulares, para optimizar sus funciones; Que, al amparo de lo establecido en el artículo 32 del mencionado Reglamento Consular, el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de la India, mediante Nota Verbal DIII/460/CF-60/2021, de 25 de julio de 2023, transmite la conformidad del Gobierno de la India al nombramiento del Cónsul Honorario del Perú en Mumbai, con jurisdicción consular sobre el Estado de Maharashtra; Que, en virtud de lo señalado en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, el presente Decreto Supremo se considera excluido del ámbito de aplicación del Decreto Legislativo, por la materia que corresponde, consistente en el funcionamiento y operatividad de las O fi cinas Consulares del Perú en el exterior; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE; DECRETA: Artículo 1.- Establecimiento de circunscripción consular Establecer la circunscripción de las o fi cinas consulares de carrera y honorarias de la República del Perú en la República de la India, de la siguiente manera: REPÚBLICA DE LA INDIA Ofi cina Consular Circunscripción Consular Sección Consular en Nueva DelhiEn todo el país, con excepción del Estado de Maharashtra. Consulado en Mumbai En el Estado de Maharashtra. Artículo 2.- Modi fi cación de norma asociada Modi fi car la Resolución Suprema Nº 172-88-RE, en el extremo referido a las circunscripciones de las o fi cinas consulares peruanas de carrera y honorarias en la República de la India, según lo dispuesto en el artículo 1 del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2272076-4 Nombran Representante Permanente del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), con sede en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 050-2024-RE Lima, 19 de marzo de 2024 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 041-2024-RE, de 26 de febrero de 2024, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ignacio Higueras Hare; La Resolución Ministerial Nº 0188-2024-RE, que fi jó el 1 de mayo de 2024 como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumirá funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; CONSIDERANDO: Que, el numeral 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;