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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2024 (20/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de marzo de 2024 El Peruano / Trabajo Transitorio de la provincia de Cañete en Juzgado de Trabajo Permanente; siendo pertinente señalar que mediante O fi cio N° 000698-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ de fecha 24 de julio de 2023, la O fi cina de Productividad Judicial elevó al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el Informe N° 000040-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ de la misma fecha, por el cual propuso que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de la Gerencia de Plani fi cación, efectúe las gestiones convenientes a fi n que se tramite ante las entidades correspondientes la creación de quinientos sesenta y nueve nuevos órganos jurisdiccionales permanentes, propuesta que se elaboró en coordinación con las Cortes Superiores de Justicia, así como con el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, entre otros equipos técnicos, considerándose dentro de dicha propuesta la creación de un Juzgado de Trabajo para la provincia de Cañete; a lo cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Corrida N° 000597-2023-CE-PJ de fecha 3 de agosto de 2023, dispuso que se remita dicho ofi cio junto con sus antecedentes a la Gerencia General del Poder Judicial, a efectos de que emita el informe sobre la procedencia de la mencionada propuesta de creación de órganos jurisdiccionales permanentes; razón por la cual se considera conveniente desestimar la referida solicitud de conversión del mencionado juzgado transitorio en juzgado permanente. De otro lado, resulta oportuno mencionar que el Juzgado de Trabajo Transitorio de la provincia de Cañete, que inició su funcionamiento el 1 de noviembre de 2023 para tramitar con turno cerrado los procesos laborales de las subespecialidades contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT) con la misma competencia territorial que el Juzgado de Trabajo Permanente de la provincia de Cañete, al mes de enero de 2024 registró una carga pendiente de 391 expedientes que deben de haber disminuido a la fecha; mientras que el Juzgado de Trabajo Permanente de la misma provincia, que atiende con turno abierto los procesos laborales de las referidas subespecialidades, registró una carga pendiente de 720 expedientes. e) El Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la provincia de Barranca de la Corte Superior de Justicia de Huaura, que atiende con turno abierto los procesos de familia de la subespecialidad de Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar al amparo de la Ley N° 30364, al mes de enero de 2024 resolvió 136 expedientes, que representa el 63% de su carga procesal de 215, quedándole una elevada carga pendiente de 79 expedientes, la cual debió de resolverse de manera más célere, en razón de que las medidas de protección que se emiten en los procesos de dicha subespecialidad deben dictarse en plazos máximos de 24 hasta 72 horas. f) El Juzgado Civil Transitorio del distrito Huamachuco de la provincia de Sánchez Carrión de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, que atiende con turno cerrado los procesos de las especialidades constitucional, contencioso administrativo y laboral, tanto en función estándar como en procesos con la Nueva Ley Procesal del Trabajo, al mes de enero de 2024 registró una carga pendiente de 394 expedientes, la cual debe de haber disminuido; mientras que el Juzgado Civil Permanente del mismo distrito, que atiende procesos de violencia familiar con la Ley N° 30364, al mes de enero de 2024 registró una carga pendiente de 736 expedientes, de los cuales 163 corresponden a familia-civil, 147 a civil-civil, 84 a expedientes laborales con la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), 49 a expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), 45 a familia-infracciones y 204 a familia-tutelar, de los cuales 185 corresponderían a expedientes de violencia familiar. g) El Juzgado de Paz Letrado Transitorio del distrito de San Miguel de la Corte Superior de Justicia de Lima, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil, familia, laboral y penal (faltas) con la misma competencia territorial que el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados del distrito de San Miguel; al mes de enero de 2024 resolvió 105 expedientes de una carga procesal de 564, obteniendo un avance de meta del 9%, similar al avance ideal del 9% que corresponde a enero del presente año, quedándole una carga pendiente de 458 expedientes que deben de haber disminuido a la fecha; mientras que el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados Permanentes del distrito de San Miguel resolvieron durante el mismo período 161 y 126 expedientes, con lo cual obtuvieron buenos avances de meta de 14% y 11%, los mismos que superaron el referido avance ideal, quedándoles a ambos juzgados permanentes cargas pendientes disimiles de 324 y 1008 expedientes. Asimismo, resulta pertinente señalar que mediante los incisos 9.1 y 9.2 del artículo 9° de la Resolución Administrativa N° 510-2023-CE-PJ se dispuso prorrogar a partir del 1 de diciembre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024, el turno cerrado del 1° Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de San Miguel de la Corte Superior de Justicia de Lima, a efecto de equiparar la carga procesal de esta dependencia judicial con su homólogo permanente, así como redistribuir del 1° Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de San Miguel hacia el Juzgado de Paz Letrado Transitorio del mismo distrito un máximo de 900 expedientes en etapa de trámite; observándose que solo se ha efectuado un ingreso de 190 expedientes en el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San Miguel durante el mes de diciembre de 2023 y de 52 expedientes durante enero de 2024, es decir un total de 242 expedientes; además, se observa que al cierre del año 2023 el 1° Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de San Miguel registró una carga pendiente de 2046 expedientes; mientras que en enero de 2024 registró una carga inicial de 726 expedientes, existiendo una diferencia apreciable de 1320 expedientes entre la carga pendiente de cierre del año 2023 y la carga inicial de 2024; por lo que resulta necesario abrirle turno temporalmente a este juzgado; asimismo, el 2° Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de San Miguel registró a enero de 2024 una carga pendiente de 1008 expedientes; mientras que el Juzgado de Paz Letrado Transitorio del mismo distrito registra una carga pendiente de 458 expedientes, y considerando que el referido juzgado transitorio ha resuelto 105 expedientes durante enero de 2024, sería conveniente que el referido juzgado permanente redistribuya a dicho juzgado transitorio parte de su carga pendiente. h) El Juzgado Civil Transitorio de la provincia de Huancabamba de la Corte Superior de Justicia de Piura, que inició su funcionamiento el 1 de noviembre de 2023 con turno cerrado, competencia funcional en las especialidades civil, laboral y familia, con excepción de los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Ley N° 30364, y la misma competencia territorial que el 1° Juzgado Mixto Permanente del distrito de Huancabamba; al mes de enero de 2024 resolvió 40 expedientes de una carga procesal de 207, obteniendo un avance de meta del 7%, el cual fue cercano al avance ideal del 9% que corresponde en dicho período, quedándole una carga pendiente de 163 expedientes que deben de haber disminuido a la fecha; mientras que el 1° Juzgado Mixto Permanente de la provincia de Huancabamba resolvió durante el mismo período 31 expedientes, obteniendo un avance de meta del 3%, el cual fue menor al referido avance ideal, quedándole una carga pendiente de 640 expedientes, de la cual 132 corresponden a la subespecialidad de familia-civil y 108 a la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). i) El Juzgado Civil Transitorio de la provincia de Mariscal Cáceres de la Corte Superior de Justicia de San Martín, que funciona con turno cerrado en apoyo del Juzgado Mixto de la misma provincia, y tiene competencia funcional en las especialidades civil y familia, con excepción de los procesos de violencia familiar, al mes de enero de 2024 registró una carga pendiente de 266 expedientes; asimismo, el Juzgado Mixto de la provincia de Mariscal Cáceres, que tramita expedientes de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Ley N° 30364, registró durante el mismo período una carga pendiente de 623 expedientes, de la cual 281 corresponden a la subespecialidad de familia- tutelar, siendo pertinente señalar que de los expedientes