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6 NORMAS LEGALES Martes 26 de marzo de 2024 El Peruano / actos o procedimientos vinculados a las acciones antes señaladas. b) Administrar el Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales. c) Administrar el Registro Administrativo de carácter público y actualizado de certi fi caciones ambientales concedidas; o de cualquier otro registro de denominación similar; que deba formar parte del Registro Administrativo de Certi fi caciones Ambientales a cargo del SENACE. Artículo 2.- Asunción de funciones transferidas Determinar que, a partir del 02 de mayo de 2024, el SENACE asume las funciones detalladas en el artículo precedente. Artículo 3.- Normativa aplicable El SENACE continúa aplicando la normativa sectorial que regula las funciones objeto de transferencia, en concordancia con lo establecido en la normatividad del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Artículo 4.- Adecuación del TUPA del SENACE El SENACE adecúa su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) a fi n de incluir los procedimientos administrativos que se identi fi quen en virtud de la asunción de las funciones transferidas. Artículo 5.- Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en los Portales Institucionales del Ministerio del Ambiente (www. gob.pe/minam) y del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las inversiones Sostenibles (www.gob.pe/senace) en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente 2273454-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0055-2024-MIDAGRI Lima, 25 de marzo de 2024 VISTOS: El Memorando N° 0555-2024-MIDAGRI-SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 154-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto y el Informe N° 0296-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 31953 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y con la Resolución Ministerial N° 0423-2023-MIDAGRI se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, a través del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y sus modi fi catorias, se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la acotada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019. Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; precisándose, en el numeral 4.2 del mismo artículo, que dichas transferencias en el caso del gobierno nacional se aprueban mediante resolución del titular del pliego, la misma que se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, denominada “Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, aprobada por la Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG señala en el numeral 7.3 de su acápite 7 sobre las Disposiciones Especí fi cas que, una vez previsto el presupuesto para el fi nanciamiento de los servicios de control gubernamental en la modalidad de control concurrente para las inversiones e iniciativas de contratación que se encuentren en el marco de la Ley N° 31358 y sus modi fi catorias, se hace efectiva la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría solo a solicitud de dicha Entidad Fiscalizadora Superior; asimismo, indica que el cumplimiento de las transferencias solicitadas por la Contraloría General de la República se efectúa por el importe total requerido; sin embargo, excepcionalmente, las entidades podrán realizar dichas transferencias de acuerdo a su programación anual de gastos de Inversiones e iniciativas de contratación, en cuyo caso deberán adjuntar la previsión presupuestaria o documento equivalente que determine la entidad, por el saldo correspondiente, a fi n de garantizar el despliegue del control concurrente en el marco de la Ley N° 31358 y sus modi fi catorias; Que, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, denominada “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, establece en el acápite ii) del literal b) del numeral 17.1 de su artículo 17, el procedimiento a seguir para la ejecución de transferencias fi nancieras en el marco del artículo 4 de la Ley Nº 31358 y sus modi fi catorias, para el fi nanciamiento del control concurrente de inversiones; Que, mediante O fi cio N° 001607-2023-CG/SGE la Contraloría General de la República solicita a este Ministerio efectuar la transferencia fi nanciera del costo de control concurrente de, entre otros, los proyectos de inversión identi fi cados con Código Único de Inversión (CUI) N° 2463097, denominado “Rehabilitación del servicio de agua para riego en el sector Cascajal izquierdo, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash” y con CUI N° 2526325, denominado “Rehabilitación del servicio de agua para riego del canal Tablazo Sector Partidor, distrito de Tambo Grande, provincia de Piura, departamento de Piura”, para desplegar los servicios de control gubernamental de dichas inversiones priorizadas; Que, al respecto, con el O fi cio N° 00069-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI-UPPS, el Programa Subsectorial de Irrigaciones-PSI, solicita a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto- OGPP de este Ministerio, gestionar una transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma global de S/ 1 085 130,00 (Un Millón Ochenta y Cinco Mil Ciento Treinta y 00/100 Soles) para el fi nanciamiento de la acción de control concurrente de los proyectos de inversión identi fi cados con CUI N° 2463097 y CUI N° 2526325, en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en el marco de la Ley N° 31358 y sus modi fi catorias, señalando que se cuenta con la aprobación de la Nota de Modi fi cación Presupuestaria N° 0000000056 por el referido importe; dicho pedido se sustenta, entre otros, en el Informe N° 0015-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI-UPPS-AED, de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento y el Memorando N° 00482-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI-UGIRD que remite el Informe N° 00331-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI-UGIRD-SUGES, que adjunta el Informe Nº 227-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI-UGIRD-SUGES-