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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2024 (26/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Martes 26 de marzo de 2024 El Peruano / Artículo 10.- Noti fi cación Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial a los integrantes del Grupo de Trabajo señalados en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, para los fi nes pertinentes. Artículo 11.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2273536-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban cuarta convocatoria del año 2024 para el otorgamiento de noventa y ocho Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, dirigida a damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en algunos distritos de la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 100-2024-VIVIENDA Lima, 25 de marzo de 2024 VISTOS: El Informe N° 093-2024-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (en adelante, DGPPVU) y el Informe N° 246-2024-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ), y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 31526 se crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (en adelante, BAE) como un mecanismo de atención temporal al damni fi cado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en Estado de Emergencia por decreto supremo; el BAE se otorga para el arrendamiento de una vivienda en el departamento en el que se encuentra la zona declarada en Estado de Emergencia; Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA establece, entre otros, que el otorgamiento del BAE se realiza a través de una convocatoria aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por el Decreto Supremo N° 072-2023-PCM, se declara el Estado de Emergencia en algunos distritos de la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco, entre otros, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023-2024) y posible Fenómeno El Niño, por el plazo de sesenta días calendario, prorrogado por los Decretos Supremos N° 089-2023-PCM, N° 110-2023-PCM y N° 130-2023-PCM; Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2024-PCM, se declara el Estado de Emergencia, en algunos distritos de la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco, entre otros, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario; Que, con el Informe N° 093-2024-VIVIENDA- VMVU-DGPPVU, el Informe N° 410-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU, el Informe Técnico N° 004-2024-DGPPVU-DEPPVU-CITV-CEBR y el Informe Técnico Legal N° 047-2024-DGPPVU-DEPPVU-CITV-VISCH, la DGPPVU sustenta la relación de noventa y ocho potenciales bene fi ciarios del BAE, al haber validado sus viviendas como colapsadas o inhabitables, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, en algunos distritos de la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco, en el marco de los Estados de Emergencia declarados por el Decreto Supremo N° 072-2023-PCM y sus prórrogas, y el Decreto Supremo N° 005-2024-PCM; Que, en mérito a ello, la DGPPVU propone la cuarta convocatoria del año 2024 para el otorgamiento del BAE a los potenciales bene fi ciarios con viviendas colapsadas o inhabitables ubicadas dentro de las zonas declaradas en Estado de Emergencia por los Decretos Supremos citados en el considerando anterior, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31526 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA, señalando que se cuenta con recursos su fi cientes para atender la convocatoria propuesta; Que, mediante el Informe N° 246-2024-VIVIENDA/ OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con la aprobación de la propuesta efectuada y sustentada por la DGPPVU; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento de la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Cuarta convocatoria del año 2024 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención a los Estados de Emergencia declarados por el Decreto Supremo N° 072-2023-PCM prorrogado por los Decretos Supremos N° 089-2023-PCM, N° 110-2023-PCM y N° 130-2023-PCM, y el Decreto Supremo N° 005-2024-PCM 1.1 Aprobar la cuarta convocatoria del año 2024 para el otorgamiento de noventa y ocho Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (en adelante, BAE), dirigida a igual número de potenciales bene fi ciarios constituidos por los damni fi cados con viviendas colapsadas o inhabitables, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en algunos distritos de la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco, declarados en Estado de Emergencia mediante el Decreto Supremo N° 072-2023-PCM prorrogado por los Decretos Supremos N° 089-2023-PCM, N° 110-2023-PCM y N° 130-2023-PCM, y el Decreto Supremo N° 005-2024-PCM, según el siguiente detalle: TABLA: RESUMEN DE BAE A CONVOCAR ÍTEM DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITOBAE A CONVOCAR 1 HuánucoLeoncio PradoCastillo Grande 11 2 Hermilio Valdizán 12 3Mariano Dámaso Beraún5 4 Luyando 70 TOTAL 98