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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2024 (09/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Jueves 9 de mayo de 2024 El Peruano / esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;´ Que, los artículos 197° y 199° de la Constitución Política del Perú, expresan lo siguiente: “Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local (…)” y “(…) formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley”; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 39° lo siguiente: “El alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía”; asimismo, el artículo 42º de la citada norma precisa que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.”; Que, el numeral 36) del artículo 20º de la Ley incoada en el considerando precedente, modi fi cada por la Ley Nº 31433, establece entre las atribuciones del alcalde la siguiente: “Convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local”; asimismo, el artículo 119-A de la misma norma, regula que: “Las audiencias públicas municipales constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal”; Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, prescribe que: “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas.”; Que, con el Memorando N° 811-2024-OPP/MVES, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de conformidad con lo señalado en el artículo 119-A de la Ley Nº 27972, modi fi cada por la Ley Nº 31433, y en virtud al Memorando N° 276-2024-SG/MVES de la O fi cina de Secretaria General, remite el proyecto de Decreto de Alcaldía, que dispone convocar a la Primera Audiencia Pública 2024 de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, señalando que las actividades se encuentran debidamente detalladas con la fecha y hora, además de contener información de relevancia para los ciudadanos del distrito que deseen participar en la Primera Audiencia Pública 2024, la misma que se desarrollará el jueves 30 de mayo del 2024, en el Palacio de la Juventud; Que, mediante el Informe N° 151-2024-OAJ/MVES, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal precisando que, la rendición de cuentas es un mecanismo de transparencia y control social, que contribuye a prevenir la comisión de actos de corrupción, así como promover la participación y la vigilancia ciudadana, informando a la población sobre los avances, logros y di fi cultades de la gestión pública en su conjunto, la cual se desarrolla mediante una audiencia pública; en tal sentido señala que resulta legalmente viable la emisión del Decreto de Alcaldía a fi n de convocar a la Primera Audiencia Pública 2024 de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, en virtud a lo establecido en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 119-A de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;Que, con Memorando N° 501-2024-GM/MVES la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta lo solicitado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y lo expuesto por la O fi cina de Asesoría Jurídica, remite la propuesta a la Ofi cina de Secretaría General a fi n de proseguir con el trámite correspondiente para la emisión del Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto, y a lo solicitado por la Gerencia Municipal; y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a la Primera Audiencia Pública 2024 de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que se realizará en modalidad mixta, conforme al cronograma que se detalla a continuación: ACTIVIDA D FECHA 1Difusión y convocatoria Diario o fi cial El Peruano Portal Web: www.gob.pe/munivillaelsalvador y redes sociales institucionalesFecha de publicación en el diario o fi cial El Peruano 2Inscripción para la modalidad presencial, registro de participantes y presentación de preguntas y/o consultasFormulario de inscripción será habilitado en la página web: www.gob.pe/munivillaelsalvador Del lunes 20 de mayo de 2024 al miércoles 22 de mayo de 2024 3 Publicación del Resumen Ejecutivo de la Primera Audiencia Pública 2024Portal web: www.gob.pe/munivillaelsalvador Martes 28 de mayo de 2024 4Primera Audiencia Pública 2024 Virtual:Red social Facebook institucional Presencial: Palacio de la Juventud de Villa El Salvador - Av. Central, Sector 3 Grupo 8, Villa El SalvadorCapacidad máxima de participantes: 390 personas (previa inscripción)Hora de ingreso y registro de asistencia: De 4:00 p.m. a 5:00 p.m.Hora de inicio: 5:00 p.m.Agenda: Exposición de los logros, avances y difi cultades de la gestión municipal, así como los avances de la ejecución presupuestal 2024.Jueves 30 de mayo de 2024 5 Publicación de la información de la Primera Audiencia Pública 2024 en el Portal de Transparencia Estándar de la MunicipalidadPortal web: www.munives.gob.pe/transparencia/ Viernes 7 de junio de 2024 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Participación Ciudadana y a todas las Unidades Orgánicas, conforme a sus funciones correspondientes, realizar las acciones necesarias para llevar a cabo de manera satisfactoria, la Primera Audiencia Pública 2024 de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Participación Ciudadana y a la Unidad de Imagen Institucional, la difusión de la convocatoria a la Primera Audiencia Pública 2024 de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, de acuerdo a sus competencias, a fi n de garantizar la mayor participación de los ciudadanos del distrito. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 2286226-1