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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2024 (16/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Jueves 16 de mayo de 2024 El Peruano / Que, a través de Memorando N° 271-2024-MINSA- PRONIS/UPPM de fecha 09 de mayo de 2024, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, señala que se cuenta con los recursos su fi cientes para fi nanciar durante el presente ejercicio, la designación de un personal CAS con fi anza como Jefe de la Sub Unidad de Ejecución de Obras de la Unidad de Obras (CAP-P N° 0274); Que, el literal k) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Inversiones en Salud, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 1151-2018/MINSA, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 1141-2019/MINSA, establece que corresponde a la Coordinación General, emitir resoluciones que correspondan al ámbito de su competencia; Que, asimismo, el numeral 14.2 del artículo 14 de la Resolución Ministerial N° 001-2024/MINSA delega al/ a la Coordinador/a General del PRONIS, en materia de Gestión de Recursos Humanos, la facultad de designar y remover a los cargos de con fi anza del PRONIS, así como disponer el encargo de puesto o de funciones y la designación temporal de los mismos, según corresponda; Con el visto de la Sub Unidad de Recursos Humanos, la Unidad de Administración y Finanzas, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Unidad de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, la Ley N° 29158, la Resolución Ministerial N° 1151-2018/MINSA y modi fi catoria, así como de la Resolución Ministerial N° 001-2024/MINSA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada mediante la Resolución de Coordinación General Nº 123-2023-PRONIS-CG del 07 de septiembre de 2023, por la cual se designó temporalmente al señor Ángel Arcadio Jurado Bellido como Jefe de la Sub Unidad de Ejecución de Obras de la Unidad de Obras, en adición a sus funciones, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Alberto Evans Majo Marrufo en el cargo de con fi anza de Jefe de la Sub Unidad de Ejecución de Obras de la Unidad de Obras del Programa Nacional de Inversiones en Salud. Artículo 3.- Disponer que la Sub Unidad de Recursos Humanos efectúe la noti fi cación de la presente Resolución a las personas indicadas en los artículos precedentes. Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional efectúa la publicación de la presente resolución en el portal web institucional del Programa Nacional de Inversiones en Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE ALBERTO VALEGA SAENZ Coordinador General Programa Nacional de Inversiones en Salud UE 125 - PRONIS 2288714-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban la Sexta convocatoria del año 2024 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención a los Estados de Emergencia declarados por el Decreto Supremo N° 072-2023-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 171-2024-VIVIENDA Lima, 15 de mayo de 2024VISTOS: El Informe N° 162-2024-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (en adelante, DGPPVU); el Informe N° 385-2024-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ); y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 31526 se crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (en adelante, BAE) como un mecanismo de atención temporal al damni fi cado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en Estado de Emergencia por decreto supremo; el BAE se otorga para el arrendamiento de una vivienda en el departamento en el que se encuentra la zona declarada en Estado de Emergencia; Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA establece, entre otros, que el otorgamiento del BAE se realiza a través de una convocatoria aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, a través del Decreto Supremo N° 072-2023- PCM, se declara el Estado de Emergencia en el distrito de San Martín de Porres de la provincia y departamento de Lima, entre otros, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (periodo 2023-2024) y posible Fenómeno El Niño, por el plazo de sesenta días calendario, prorrogado por los Decretos Supremos N°s. 089-2023-PCM, 110-2023-PCM y 130-2023-PCM; Que, por el Decreto Supremo N° 012-2024-PCM, se declara el Estado de Emergencia, en el distrito de Lincha de la provincia de Yauyos del departamento de Lima, entre otros, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario, prorrogado por el Decreto Supremo N° 032-2024-PCM; Que, por el Decreto Supremo N° 016-2024-PCM, se declara el Estado de Emergencia, en los distritos de Putinza y Huancaya de la provincia de Yauyos del departamento de Lima, entre otros, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario, prorrogado por el Decreto Supremo N° 039-2024-PCM; Que, con el Informe N° 162-2024-VIVIENDA- VMVU-DGPPVU, el Informe N° 736-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU, el Informe Técnico N° 002-2024-DGPPVU-DEPPVU-CPS y el Informe Técnico Legal N° 073-2024-DGPPVU-DEPPVU-CITV-VISCH, la DGPPVU en base a la información contenida en los Formularios de Campo 2A: Empadronamiento Familiar de la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades remitidos por los gobiernos locales de los distritos citados precedentemente, sustenta la relación de veintiocho potenciales bene fi ciarios del BAE, al haber validado sus viviendas como colapsadas o inhabitables, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, en algunos distritos de las provincias de Lima y Yauyos del departamento de Lima, declarados en Estado de Emergencia por el Decreto Supremo N° 072-2023-PCM prorrogado por los Decretos Supremos N°s. 089-2023-PCM, 110-2023-PCM y 130-2023-PCM; el Decreto Supremo N° 012-2024-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N° 032-2024-PCM; y, el Decreto Supremo N° 016-2024-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N° 039-2024-PCM; Que, en mérito a ello, la DGPPVU propone la sexta convocatoria del año 2024 para el otorgamiento del BAE a los potenciales bene fi ciarios con viviendas colapsadas o inhabitables ubicadas dentro de las zonas declaradas en Estado de Emergencia por los Decretos Supremos citados en el considerando anterior, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31526 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA, señalando que se cuenta con recursos su fi cientes para atender la convocatoria propuesta;