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72 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de mayo de 2024 El Peruano / conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional, <www. jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENAS MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 1 Aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, del 25 de enero de 2019. 2 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 3 Documento Nacional de Identidad. 2290452-1 MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1195-2024-MP-FN Lima, 21 de mayo de 2024VISTOS: Los o fi cios Nºs 1838 y 1594-2024-FN-CN- FEVCMYGF, de fechas 9 de abril y 22 de marzo de 2024, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Mediante escritos recepcionados el 22 de marzo y 3 de abril de 2024, la abogada Angela Denisse Hurtado Bejarano, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designada en el despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Huaycán, presenta su carta de renuncia al cargo, por motivos de índole estrictamente personal, solicitando la exoneración del plazo de ley y señalando como último día de labores el 19 de abril de 2024. Asimismo, la referida carta de renuncia y su complemento, cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, la abogada Ruth Alina Navarro Mayhua, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designada en el despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Huaycán, quien para tal fi n suscribe la hoja de envío Nº 000005-2024-HUAYCAN- FPCE-VCMYIGF-HUAYCAN, de fecha 27 de marzo de 2024. A través de los o fi cios de vistos, la abogada Bethy María Espinoza Rivas, coordinadora nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, eleva la citada carta de renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la conformidad respectiva. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia, desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar la renuncia de la referida magistrada, debiéndose considerar como último día de labores el 19 de abril de 2024. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Angela Denisse Hurtado Bejarano, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Huaycán, por consiguiente dejar sin efecto, la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 1758-2021-MP-FN y 3641-2023-MP-FN, de fechas 14 de diciembre de 2021 y 28 de diciembre de 2023, respectivamente; a partir del 20 de abril de 2024, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Angela Denisse Hurtado Bejarano que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2290721-1 Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1196-2024-MP-FN Lima, 21 de mayo de 2024