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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2024 (30/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 30 de mayo de 2024 El Peruano / suma antes indicada, la Universidad deberá cumplir con entregar al MINEDU la documentación y/o información que se establece en el numeral 2 de los Términos de Referencia y recibir la conformidad respectiva; Que, con el O fi cio Nº 001-2024-D/FCCSSE/PID UNP-MINEDU, la Universidad remite el plan básico y la propuesta económica; y mediante los Informes N° 00446-2024-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DIFODS y N° 00452-2024-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DIFODS la DIFODS emite la conformidad respecto de la citada documentación; Que, mediante los Informes N° 00521-2024-MINEDU- VMGP-DIGEDD-DIFODS y N° 00532-2024-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DIFODS, la DIFODS sustenta y solicita gestionar una Transferencia Financiera a favor de la Universidad, por la suma de S/ 4 052 709,00 (CUATRO MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES), correspondiente al 100% del monto del Convenio, conforme con lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio y en observancia de lo dispuesto en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953; Que, con el Informe N° 00902-2024-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, considera técnicamente viable continuar con el trámite de aprobación del proyecto de resolución ministerial que autorice la Trasferencia Financiera hasta por la suma de S/ 4 052 709,00 (CUATRO MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de la Universidad; por cuanto, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación; y, desde el punto de vista presupuestal, el monto a transferirse corresponde a lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio; en tanto que, en el presupuesto institucional del Pliego 010: M. de Educación, a nivel de la Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, existen los recursos su fi cientes respecto de la cadena de gasto vinculada a la DIFODS para atender la transferencia fi nanciera solicitada; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera a favor de la Universidad, por la suma de S/ 4 052 709,00 (CUATRO MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES), en cumplimiento de lo establecido en el Convenio y en el marco de lo dispuesto en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953; De conformidad con lo previsto en Ley N° 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Directoral N° 009-2024-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: M. de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 4 052 709,00 (CUATRO MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES); por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Universidad Nacional de Piura, en cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio N° 039-2024-MINEDU, y en el marco de lo dispuesto en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera referida en el artículo precedente, no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 3.- El Ministerio de Educación, a través de la Dirección General de Desarrollo Docente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones correspondientes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2293261-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 257-2024-MINEDU Lima, 28 de mayo de 2024VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° DIFODS2024-INT-0342831; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante Resolución Ministerial N° 682-2023-MINEDU se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 010: M. de Educación, por la suma de S/ 10 969 039 883,00 (DIEZ MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, establece que son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; asimismo, señala que las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público; Que, el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, autoriza al Ministerio de Educación, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras, a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y/o universidades públicas, previa suscripción de convenios de colaboración interinstitucional y/o adendas, para los procesos de formación, capacitación, innovación y evaluación en materia educativa y docente, hasta por la suma de S/ 298 007 404,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES SIETE MIL CUATROCIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES); Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, dispone que, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; precisando además que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024- EF/50.01 Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con la Resolución Directoral N° 0009-2024- EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de una transferencia fi nanciera; Que, con fecha 09 de mayo del 2024, el Ministerio de Educación (en adelante, el MINEDU) y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (en adelante, la Universidad)