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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2024 (31/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Viernes 31 de mayo de 2024 El Peruano / Que, en consecuencia, corresponde autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Carla Paola Sosa Vela, Viceministra de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 5 al 7 de junio de 2024, de conformidad con el itinerario de viaje propuesto, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes; Que, estando a lo expuesto resulta necesario encargar las funciones de Viceministra de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a partir del 5 de junio de 2024, en tanto dure la ausencia de la Titular; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, la Resolución Directoral N° 052- 2021-MTC/10, que aprueba la Directiva N° 002-2021- MTC/10: “Directiva para el otorgamiento de viáticos, pasajes y rendición de cuentas por comisiones de servicio en la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”; SE RESUELVE:Artículo 1. - Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Carla Paola Sosa Vela, Viceministra de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 5 al 7 de junio de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2 .- Los gastos correspondientes a los viáticos que demanda el viaje autorizado en el artículo precedente, son cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellido sViáticos por día US$ 220.00 (3 días de viáticos)TOTAL US$ Carla Paola Sosa Vela 660.00 660.00 Artículo 3.- Encargar a la señora Claudia Rosalía Centurión Lino, Secretaria General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las funciones de Viceministra de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a partir del 5 de junio de 2024, en adición a sus funciones y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar al Titular de la Entidad un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 5 .- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíqueseRAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2293736-1 Renuevan autorización para operar como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Natural Vehicular-GNV de ámbito nacional, a la empresa Servicios Complementarios de Transporte Terrestre y Grúas S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0296-2024-MTC/17.03 Lima, 13 de mayo de 2024VISTOS: La solicitud registrada con la Hoja de Ruta Nº T-193349-2024, presentada por la empresa SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE Y GRUAS S.A.C., mediante la cual solicita renovación de su autorización para operar como Entidad Certi fi cadora de Conversiones a Gas Natural Vehicular – GNV de ámbito nacional; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modi fi catorias, regula en el literal 4.1 del numeral 4 del inciso B del artículo 29, las conversiones a Gas Natural Vehicular (GNV), disponiendo la Certi fi cación Anual de los vehículos convertidos: “Los vehículos a combustión de GNV, sistema bi-combustible (gasolina/GNV) o sistema dual (combustible líquido/GNV) deberán ser inspeccionados como condición previa para renovar su habilitación para cargar GNV por alguna de las Entidades Certi fi cadoras de Conversiones autorizados por la DGCT con el objeto de verifi car que los componentes instalados se encuentren en correcto estado de funcionamiento”; Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante artículo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC, que regula el “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certi fi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV” establece en el numeral 5.2, el procedimiento y requisitos que deben reunir las personas jurídicas para ser autorizadas como Entidades Certi fi cadoras de Conversión a GNV; Que, el procedimiento administrativo “DCV-012: Renovación de la Autorización como Entidad Certi fi cadora de Conversiones a Gas Natural Vehicular GNV”, concordante con el subnumeral 5.9.2 del Decreto Supremo Nº 020-2019- MTC, establece que, para la renovación de la autorización ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la solicitante debe cumplir con: a) presentar una solicitud con carácter de declaración jurada, indicando que mantienen las condiciones establecidas en los numerales 5.2.3, 5.2.6 y 5.2.7 del acápite 5 de la Directiva y, b) solo en caso de variación de cualquiera de las condiciones a que se re fi ere el literal anterior, desde su última presentación ante la autoridad competente, las personas jurídicas deben acompañar copia simple del documento que acredite el cumplimiento de la condición respectiva; Que, mediante Resolución Directoral Nº 537- 2022-MTC/17.03 de fecha 20 de setiembre de 2022 y publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 04 de noviembre de 2022, se autorizó a la empresa SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE Y GRUAS S.A.C., para operar como Entidad Certi fi cadora de Conversiones a Gas Natural Vehicular-GNV, de ámbito nacional, por el plazo de dos (02) años; Que, mediante solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº T-193349-2024, de fecha 15 de abril de 2024, la señora SILVIA SUSANA ROSALES MAYO, identi fi cada con DNI Nº 08685498, en calidad de Gerente General de la empresa SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE Y GRUAS S.A.C., con RUC Nº 20521536463 y domicilio en: Auxiliar Jr. Morro Solar S/N, Urb. Monterrico Sur, distrito Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, en adelante La Empresa, solicita renovación de autorización para operar como Entidad Certi fi cadora de Conversiones a Gas Natural Vehicular-GNV de ámbito nacional; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº E-207647-2024, de fecha 23 de abril de 2024, La Empresa presenta documentación complementaria para su evaluación; Que, mediante O fi cio Nº 13238-2024-MTC/17.03 de fecha 23 de abril de 2024, esta Dirección consulta a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías-SUTRAN, sobre la existencia de sanciones fi rmes, impuesta a La Empresa a partir del 25 de enero de 2020; sin embargo, a la fecha de la elaboración del presente documento, no se ha remitido respuesta a la consulta efectuada;