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20 NORMAS LEGALES Domingo 24 de noviembre de 2024 El Peruano / Modifican y aprueban la versión actualizada de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2024” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 596-2024- MINEDU Lima, 22 de noviembre de 2024 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº UPP2024-INT-0805576; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 94.1 del artículo 94 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se han asignado recursos en los gobiernos regionales y gobiernos locales, hasta por la suma de S/ 560 717 746,00 (QUINIENTOS SESENTA MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar las intervenciones y acciones pedagógicas, de acuerdo a las condiciones o disposiciones complementarias para la ejecución de los recursos que apruebe el Ministerio de Educación, mediante Resolución Ministerial, hasta el 05 de enero de 2024; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 009-2024-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2024”, modifi cada con la Resolución Ministerial N° 060-2024-MINEDU (en adelante, la Norma Técnica); Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas, aprueba una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 1 143 902,00 (UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales, para fi nanciar la intervención relativa a la iniciativa “Rutas fl uviales: traslado de estudiantes a instituciones educativas del nivel de educación secundaria de la educación básica regular en el ámbito rural” de la jurisdicción de los referidos gobiernos locales, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación; Que, de acuerdo a los numerales 2.1 y 2.7 del artículo 2 de la Ley N° 32142, Ley que autoriza al Ministerio de Educación para fi nanciar intervenciones y acciones pedagógicas en el Año Fiscal 2024, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 18 175 847,00 (DIECIOCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos regionales, para fi nanciar la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Pliego 010: M. de Educación; asimismo, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2024, a efectuar modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de las unidades ejecutoras de educación de Lima Metropolitana del Pliego 010: M. de Educación, hasta por la suma de S/ 137 066,00 (CIENTO TREINTA Y SIETE MIL SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar lo antes indicado. Para tal fi n, se exceptúa al Ministerio de Educación de lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, así como del numeral 4 del párrafo 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo N° 1440, de los numerales 9.1 y 9.4 del artículo 9 y de los numerales 33.1, 33.2 y 33.11 del artículo 33 de la Ley N° 31953, respectivamente; Que, mediante el Decreto Supremo N° 173-2024- EF, rectifi cado con Fe de Erratas publicada el 27 de setiembre de 2024, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 3 251 035,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos regionales, para fi nanciar actividades en el marco de las acciones del Programa Presupuestal 0107: Mejora de la Formación en Carreras Docentes en Institutos de Educación Superior no Universitaria, para la mejora de la formación inicial docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos, a fi n de que la formación brindada sea de calidad y responda a los requerimientos del sector educativo, en el marco de lo establecido por el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación; Que, a través de la Ley N° 32044, Ley que aprueba el incremento de la propina de las promotoras educativas comunitarias del Programa No Escolarizado de Educación Inicial (Pronoei) del Ciclo I y Ciclo II, se aprueba el incremento de la propina de las promotoras educativas comunitarias del Pronoei del Ciclo I y Ciclo II para los ámbitos urbano y rural y, con ello, fortalecer y optimizar la educación inicial; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la Ley N° 27444), establece que “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera a la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción”; Que, la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE), la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA) y la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD), a través de los Memorándums N° 00753-2024-MINEDU/ VMGP-DIGEBR, N° 00636-2024-MINEDU/VMGP- DIGESE, N° 00630-2024-MINEDU/VMGP-DIGESE y N° 00995-2024-MINEDU/VMGI-DIGC, los Ofi cios Nº 00879-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA y Nº 03054- 2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el correo electrónico de fecha 08 de noviembre de 2024, y los documentos que adjuntan; sustentan la necesidad de modifi cación de la Norma Técnica; Que, mediante el Informe N° 02152-2024-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, complementado con el Informe N° 02244-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica, en atención a lo solicitado por la DIGEBR, la DIGESE, la DIGC, la DIGEIBIRA y la DIGEDD, sustenta la propuesta de modifi cación de la Norma Técnica; precisando que la misma se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación y su implementación se fi nanciará con cargo a los recursos asignados en el Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y del Pliego 010: M. de Educación, en el marco del artículo 94 de la Ley N° 31953, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 32103, el artículo 2 de la Ley N° 32142, y el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 173-2024-EF, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, asimismo, a través del Informe N° 02244-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP la UPP sustenta la necesidad de modifi cación de la Norma Técnica, con efi cacia anticipada a setiembre del año 2024, en lo concerniente a los Anexos 1.9.2, 1.12.2, 1.13.2, 1.14.2, 1.15.2, 1.20.2 y 1.21.2, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del TUO de la Ley N° 27444; Que, con el Informe N° 01593-2024-MINEDU/SG- OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del