Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (24/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Domingo 24 de noviembre de 2024 El Peruano / de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modifi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada de los bienes inmuebles a favor del Benefi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales respecto al área afectada de los bienes inmuebles. Artículo 4.- Inscripción Registral del área de los bienes inmuebles a Favor del Benefi ciario Disponer que la Ofi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del Benefi ciario el área expropiada de los bienes inmuebles, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notifi cación a los Sujetos Pasivos Dis poner que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, notifi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modifi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada de los bienes inmuebles dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área afectada de los inmuebles desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área afectada de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DE LOS INMUEBLES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: AEROPUERTO “CADETE FAP GUILLERMO DEL CASTILL O PAREDES”, UBICADO EN EL DISTRITO DE TARAPOTO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN EN SOLES (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESGILDOMERO CURI SANTILLAN ERODIHT DE JESUS GRANDEZ ALVA DE CURI Y MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESCÓDIGO: PM1G-AERTARAPOTO-PR-571ÁREA AFECTADA: 0.0024 ha.AFECTACION : Parcial del Inmueble 6,912.00LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA TOTAL: Por el Norte: Colinda con la PE N° 11112083 (Jorge Chávez 55 y Jorge Chávez 52), mediante una línea recta (1-2) con una medida de 3.47 m. Por el Este: Colinda con la Prolongación Jorge Chávez, mediante una línea recta (2-3) con una medida de 7.05 m. Por el Sur: Colinda con la PE N° 11112088 (Jorge Chávez 60), mediante una línea recta (3-4) de 4.22 m. Por el Oeste: Colinda con parte del predio inscrito en la PE Nº 11112087 (Jorge Chávez 59) mediante una línea recta (4-1) de 7.39 m. COORDENADAS UTM DEL ÁREA AFECTADA TOTAL VÉRTICE LADODISTANCIA (m.)DATUM - WGS84 - 17 SUR ESTE (x) NORTE (y) 1 1-2 3.47 348719.8772 9279174.65332 2-3 7.05 348723.2958 9279175.27323 3-4 4.22 348721.2569 9279168.52454 4-1 7.39 348717.0993 9279167.8014 PARTIDAS REGISTRALES Nos.: 11112087 de la Zona Registral N° III - Sede Moyobamba, Oficina Registral Tarapoto.05005689 de la Zona Registral N° III - Sede Moyobamba, Oficina Registral Tarapoto. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 14 de mayo de 2024 (Informe Técnico N° 004943-2024-Z.R.N°III-SEDE-MOYOBAMBA/UREG/CAT) por la Zona Registral N° III - Sede Moyobamba, Oficina Registral Tarapoto.INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL Nº 016-2024-JYT , de fecha 15 de mayo de 2024. 2347196-1 ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION Designan responsables titular y alterno de brindar información pública en el marco del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000328-2024-AGN/JEF Lima, 22 de noviembre del 2024VISTOS, el Memorando Nº 00035-2024-AGN/SG, de fecha 30 de octubre de 2024, de la Secretaría General; el Informe Nº 000046-2024-AGN/SG-UGDS, de fecha 13 de noviembre de 2024, de la Unidad Funcional de Gestión Documental y Servicio al Ciudadano; el Informe Nº 000581-2024-AGN/SG-OAJ, de fecha 19 de noviembre de 2024, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para cuyo efecto se designa al funcionario