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85 NORMAS LEGALES Jueves 3 de octubre de 2024 El Peruano / Artículo 4.- Disponer que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT proporcione los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- Disponer que el personal que se reincorpora a la Contraloría General de la República a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución, de corresponder, deberá ser asignado a la unidad orgánica de línea a cuyo ámbito de control pertenece la entidad donde estuvo designado. Artículo 6.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 7.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2331231-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan Transferencia Financiera de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a favor de la Contraloría General de la República UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN RECTORAL N° 341-2024- UNTELS- R Villa El Salvador, 26 de setiembre de 2024 VISTO: El Proveído N° 1625-2024-UNTELS-R, de fecha 19 de setiembre de 2024, mediante el cual la Rectora de la UNTELS, dispone: AUTORIZAR la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2024 del pliego 543: Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, de la Unidad Ejecutora 001: Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur [001203] por la suma de S/ 36,250.00 (Treinta y Seis Mil Doscientos Cincuenta con 00/100 Soles) en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios a favor de la de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades de la Contraloría General de la República, destinada a fi nanciar el pago de la retribución económica (incluye IGV), para la realización de la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2024, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220 y sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes; Que, mediante Ley N° 27431, el 10 de enero de 2001, se crea la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur, con sede en el Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, asimismo, con la dación de la Ley N° 30184, de fecha 06 de mayo de 2014, se modi fi ca su denominación por la de Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur; Que, conforme al artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, establece: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la constitución la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”, la misma que el Tribunal Constitucional (TC), en su sesión del 15 de agosto de 2023, ha respaldado de manera defi nitiva la Ley N° 31520, esta Ley restablece la autonomía y el funcionamiento de las universidades en el Perú; Que, el artículo 60° de la citada ley establece que: “El Rector es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto”; dentro de sus atribuciones y ámbito funcional que señala el inciso 62.2 del artículo 62 de la referida Ley indica: “Dirigir la actividad, académica, de la universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera”; Que, mediante Resolución N° 002-2023-CEU- UNTELS, de fecha 02 de mayo de 2023, el Comité Electoral de la UNTELS reconoce a la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui como Rectora, Dra. Marina Vilca Cáceres - Vicerrectora Académica y Dr. Angel Fernando Navarro Raymundo - Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur; Que, en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, se establece que: “Las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego; así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el Pliego.”; Que, asimismo, el artículo citado en el considerando precedente dispone que “Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web.”; Que, mediante O fi cio N° 001144-2023-CG/GRECE, recibido el 12 de diciembre de 2023, el Gerente de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República, solicita a la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, realizar la transferencia fi nanciera de la retribución económica (incluye IGV) a la Contraloría General de la República, correspondiente a la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2023 y 2024; Operación Monto a Transferir S/ 100% Retribución económica (incluye IGV) del periodo 2023 S/ 36,250.00 100% Retribución económica (incluye IGV) del periodo 2024 S/ 36,250.00 Que, mediante O fi cio N° 02181-2024-UNTELS-R- OPP, de fecha 16 de setiembre de 2024, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto remite al Director General de Administración la disponibilidad presupuestal para la transferencia fi nanciera para el pago de retribución económica en el marco de la auditoria fi nanciera gubernamental, por el importe de Treinta Seis Mil Doscientos Cincuenta y 00/100 Soles (S/ 36,250.00), con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinario (RO) de la UNTELS. a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades;