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88 NORMAS LEGALES Jueves 3 de octubre de 2024 El Peruano / antes mencionado, por lo que remite los actuados para proseguir con el trámite correspondiente; Que, con O fi cio del Visto, la Vicerrectora Académica emite opinión favorable para el otorgamiento de Licencias con Goce de Haberes en favor del Dr. Zenón Latorre Valdeiglesias y Dr. Renné Wilfredo Pérez Villafuerte para participar en la “X CUMBRE DE LAS AMERICAS 2024”, con el tema titulado “GESTIÓN DE CALIDAD, CRECIMIENTO SOSTENIBLE Y ÉTICA EN LOS NEGOCIOS” a llevarse a cabo en la ciudad de Punta Cana, país de República Dominicana, del 10 al 13 de Octubre de 2024, otorgándoles viáticos internacionales, inscripción al Congreso y pasajes; así como se autorice la publicación en el Diario O fi cial El Peruano, invitación realizada por el Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana y la Asociación Interamericana de Contablidad; Que, el expediente cuenta con el Informe Escalafonario Nº 1836-2024-SUEP-URH-DIGA-UNSAAC (VIRTUAL) emitido por la Jefe de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 1959-2024 emitido por la Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme aparece en el Anexo que forma parte de la presente resolución; Que, a la fecha, en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley Nro. 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Reglamentado por el D.S. Nro. 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fi nes; Que, al respecto el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3 de la referida Ley señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, la petición de la Vicerrector Académica, ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada en fecha 06 de setiembre de 2024, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo solicitado; Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024, Ley 27619, D.S. 047-2002-PCM, Resolución Nº R-693- 2020-UNSAAC, Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nota Nº 1903-2024 y en uso de las atribuciones conferidas a este Consejo Universitario por la Ley y Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- CONCEDER Licencia con Goce de Haber a favor del DR. ZENÓN LATORRE VALDEIGLESIAS, docente Ordinario en la categoría de Profesor Principal y con régimen de Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico de Contabilidad de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras, Y DR. RENNÉ WILFREDO PÉREZ VILLAFUERTE, docente Ordinario en la categoría de Profesor Principal y con régimen de Tiempo Completo en el Departamento Académico de Contabilidad de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras, con la fi nalidad de participar en la “X CUMBRE DE LAS AMERICAS 2024”, con el tema titulado “GESTIÓN DE CALIDAD, CRECIMIENTO SOSTENIBLE Y ÉTICA EN LOS NEGOCIOS”, a llevarse a cabo en Hotel Hard Rock Punta Cans & International Convention Center Punta Cana, en la ciudad de Punta Cana, país de República Dominicana, del 10 al 13 de Octubre de 2024. Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración de la UNSAAC, otorgue APOYO ECONÓMICO a favor del DR. ZENÓN LATORRE VALDEIGLESIAS Y DR. RENNÉ WILFREDO PÉREZ VILLAFUERTE, traducido en lo siguiente: - Dos (2) días de Viáticos y asignaciones por Comisión de Servicio, a razón de S/ 3,227.58 C/U ($860 TC. 3.753) - Pasajes aéreos y gastos de transporte (Cusco – Lima – Punta Cana República Dominicana - Lima- Cusco) - Publicación en el Diario O fi cial El PeruanoTercero.- EL EGRESO que se origine por aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 1959-2024, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución. Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimientos de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDO la obligación de los bene fi ciarios de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo estan en la obligación de presentar la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gastos (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de Comisión de Servicio e hasta por el 20 % del monto total y, el 80% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco-UNSAAC, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de quince (15) días hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, vencido el plazo, la institución da por no presentada la rendición de cuenta, el Formato 3 deberá ser remitido de manera virtual al Correo Electrónico Institucional área.integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, con tenor “Rendición de Cuentas, Resolución Nro., Nombres de los Bene fi ciarios, Formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados con Resolución Nro. CU-309-2020-UNSAAC de fecha 10 de setiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración; igualmente presentará copia del certi fi cado ante el Área de Escalafón e informe ante el Decanato de Facultad, Vicerrectorado de Investigación y Despacho Rectoral, respectivamente. Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Talento Humano, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-309-2020-UNSAAC. El Vicerrectorado Académico, el Vicerrectorado de Investigación y la Unidad de Recursos Humanos adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector MARIA MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA Secretaria General (e) 2323348-2 Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Frontera a Bolivia, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA N° 733-2024-UNF/CO Sullana, 6 de setiembre de 2024