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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (04/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de setiembre de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor EP Luis Andrés Edison MORALES GARAY, identifi cado con DNI N° 43596131 y CIP N° 122647900, para participar en la fase presencial del Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, a realizarse en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), ciudad de Madrid, Reino de España, del 9 de setiembre de 2024 al 27 de junio de 2025; asimismo, autorizar su salida del país el 7 de setiembre de 2024 y su retorno el 29 de junio de 2025. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos (ida): Lima - Madrid (Reino de España) clase económica US$ 1,800.00 x 1 persona US$ 1,800.00 Gastos de Traslado (ida): equipaje, bagaje e instalación € 5,052.50 x 1 x 1 persona € 5,052.50 Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero: € 5,052.50/30 x 22 días x 1 persona (09 - 30 Set 2024) € 3,705.17 € 5,052.50 x 3 meses x 1 persona (Oct - Dic 2024) € 15,157.50 Total a pagar en dólares americanos US$ 1,800.00 Total a pagar en euros € 23,915.17 Artículo 3.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Ejército del Perú del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4.- El monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido por el Ejército del Perú en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 5.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nª 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nª 262-2014-EF. Artículo 6.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni la designación el personal autorizado. Artículo 7.- El Ofi cial Superior designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El citado Ofi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- El Ofi cial Superior autorizado revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 10.- La presente autorización de viaje al exterior no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2320778-1Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL 00923-2024-DE Lima, 29 de agosto del 2024 VISTOS: El Ofi cio N° 6478/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Ofi cio N° 02404-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01470-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio N° 0198/MAAG/NAVSEC-ENT el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América invita al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para que un (1) ofi cial del grado de Contralmirante participe en el curso “Combined Force Maritime Component Commander”, a realizarse en Pearl Harbor, Hawai, Estados Unidos de América, del 12 al 18 de setiembre del 2024; Que, mediante Ofi cio N° 5220/51 el Secretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América que, de acuerdo a la evaluación efectuada por la Jefatura del Estado Mayor General de la Marina, ha designado al Contralmirante Alfredo Carlos Osorio Bromberg como titular, así como, al Contralmirante Ezio Rinaldo Piana Arenas y al Contralmirante Ignacio Parra Ponce como suplentes, para participar en el citado programa académico; Que, a través del Informe Legal N° 053-2024/OAL- DIREDUMAR la Jefatura de la Ofi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del citado personal naval, para participar en el curso propuesto; Que, conforme a la Exposición de Motivos anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal naval que participará en el curso “Combined Force Maritime Component Commander”, por cuanto permitirá fortalecer la presencia internacional de la Marina de Guerra del Perú en temas de seguridad regional y defensa a través del desarrollo de conceptos y mecanismos de Comando y Control Marítimo Combinado; asimismo, fortalecerá los conocimientos y habilidades del personal participante en aspectos relacionados a la planifi cación y realización de operaciones conjuntas y combinadas, así como, contar con conocimientos y experiencia internacional, con la fi nalidad de ser transmitidos posteriormente en provecho de la Institución; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 140- 2024 suscrita por el Jefe de la Ofi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina y el Director General de Educación de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 176-2024 el Jefe de la Ofi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en misión de estudios; asimismo, con las Certifi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000009 y Nº 0000000101 emitidas por la Dirección de Presupuesto