NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/09/2024)
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98 NORMAS LEGALES Viernes 6 de setiembre de 2024 El Peruano / Artículo Sétimo.- DE LA COMUNIDAD. Corresponde a la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales de manera directa, la sensibilización, información y fomento permanente a la ciudadanía de la condición de persona autista y la necesidad de brindarle un trat diligente, respetuoso y solidario, fomentando su participación como miembro activo de la comunidad. Artículo Octavo.- VIGENCIA. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. DISPOSICIONES FINALES, TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS. Primera.- FACÚLTESE al señor alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas técnicas y/o reglamentarias necesarias para la mejor implementación de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales y las demás unidades orgánicas de esta comuna. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano” y su notifi cación a las unidades orgánicas correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESÚS ALBERTO GÁLVEZ OLIVARES Alcalde 2322032-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Convocan a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil del distrito, y vecinos en general, a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024 del distrito de San Isidro DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2024-ALC/MSI San Isidro, 4 de setiembre de 2024 LA ALCALDESA DE SAN ISIDROVISTO: El Informe Nº 966-2024-0510-SPP-GPPDC/ MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 242-2024-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en el Título XII de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a la Transparencia Fiscal y la Neutralidad Política, en su artículo 148° señala que: “Los gobiernos locales están sujetos a las normas de transparencia y sostenibilidad fi scal y a otras conexas en su manejo de los recursos públicos; dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generación de confi anza de la ciudadanía en el accionar del Estado, así como para alcanzar un manejo efi ciente de los recursos públicos”;Que, el artículo 112° de la citada Ley Orgánica establece que: “Los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión. Para tal fi n deberá garantizarse el acceso de todos los vecinos a la información”; Que, asimismo, el tercer párrafo del artículo 118° de la Ley N° 27972 señala que: “El vecino tiene derecho a ser informado respecto a la gestión municipal y a solicitar la información que considere necesaria, sin expresión de causa; dicha información debe ser proporcionada, bajo responsabilidad, de conformidad con la ley en la materia”; Que, el artículo 2° de la Ley N° 31433, Ley que modifi ca la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, incorporando el artículo 119°-A, en el cual señala que: “Las Audiencias Públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las difi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos Los gobiernos locales realizan como mínimo dos Audiencias Públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 267- 2022-CG se aprobó la Directiva N° 016-2022-CG/PREVI “Rendición de Cuentas de Titulares y Transferencia de Gestión”, precisando en el literal g) del subnumeral 6.3.1 del numeral 6.3, Obligaciones en el Proceso de Rendición de Cuentas de Titulares, que durante el desarrollo del proceso de Rendición de Cuentas, el Titular de la Entidad tiene la obligación de: “Disponer la exposición del Informe de Rendición de Cuentas de Titulares en las Audiencias Públicas dirigidas a los ciudadanos conforme a las normas específi cas que regulan las mismas”; Que, en su oportunidad, con fecha 16 de abril de 2023, entró en vigencia la Ordenanza N° 578-MSI, que aprueba el “Reglamento de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del distrito de San Isidro”, la que de acuerdo a su artículo 1° tiene por objeto establecer las disposiciones que regulen las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del distrito de San Isidro, estableciendo los mecanismos y procedimientos para el desarrollo de las mismas, en concordancia con la normatividad vigente de la materia; Que, estando a la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo con los informes del visto y a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 380- 2024-0400-GAJ/MSI; y, De conformidad con lo establecido en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil del distrito de San Isidro, y vecinos en general, a la SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2024 del distrito de San Isidro, según el siguiente cronograma: Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024 Actividad Lugar Fecha y hora 1. Convocatoria Pública y difusiónPortal institucional, redes sociales, diario, etc.08 de setiembre de 2024 2. Inscripción de participantes con temas de interésPortal Institucional y Plataforma de Atención al Ciudadano. Calle Augusto Tamayo Nº 180 y Calle 21 Nº 765Del 11 al 25 de setiembre de 2024