NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 84
84 NORMAS LEGALES Viernes 6 de setiembre de 2024 El Peruano / el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el 30 de junio de 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. Para efectos de la suscripción del convenio antes mencionado, el Titular de la Municipalidad Metropolitana de Lima puede delegar la facultad de suscribir los referidos convenios por parte del Gobierno Regional en el Gerente Regional. Asimismo, se autoriza, excepcionalmente, a los Gobiernos Regionales, a utilizar los recursos del Fondo de Compensación Regional (FONCOR) para realizar transferencias fi nancieras en el marco del presente literal, a favor de los gobiernos locales para fi nanciar inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional. Para tal efecto el pliego que transfi ere los recursos del FONCOR, debe garantizar que en su Presupuesto Institucional Modifi cado (PIM) cumple con lo dispuesto en el literal b del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 038 -2022-EF - Modifi can las Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR). Para efectos del fi nanciamiento y fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones se requiere que estas cuenten con expediente técnico o documento equivalente aprobado, para lo cual los pliegos quedan exceptuados del numeral 11.3 del artículo 11 de la presente Ley. (…)”; Que, conforme a lo establecido en el artículo 11º de la Ley Nº 32103 Ley que Aprueba Créditos Suplementarios para el Financiamiento de Mayores Gastos Asociados a la Reactivación Económica y Dista Otras Medidas, se precisa que el nuevo plazo para transferencias fi nancieras autorizadas en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13º de la Ley Nº 31953, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el año fi scal 2024, se efectúan hasta el 16 de setiembre de 2024; Que, en el mismo sentido, el Inc. 13.2 del Art. 13º de la Ley Nº 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario ofi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital”; Que el artículo 76º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, con fecha 14 de Agosto del 2024, se ingresó por mesa de partes el Ofi cio Nº 0227- 2024- MDS/A, suscrito por el Alcalde Distrital de Salpo, documento con asunto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES EN EL CENTRO POBLADO DE SALPO DEL DISTRITO DE SALPO - PROVINCIA DE OTUZCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD en el que manifi esta no contando con los recursos, acudo a vuestro despacho a fi n de solicitar fi nanciamiento para la ejecución de la inversión mencionada en párrafo precedente, toda vez que es de benefi cio para la población; para lo cual adjunto a la presente el expediente técnico, que es aprobado la actualización mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 048-2024-MDS/GM 17 de mayo del 2024, cuyo monto pendiente por fi nanciar es de S/ 9,647,203.00 (Nueve millones seiscientos mil cuatrocientos cuarenta y siete con 00/100 soles). Que, mediante Ofi cio 003826-2024-GGR-GRI de la Gerencia Regional de Infraestructura, se traslada el informe emitido por la Sub Gerencia de Estudios Defi nitivos, con la opinión técnica favorable a la solicitud de fi nanciamiento del Proyecto: asunto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES EN EL CENTRO POBLADO DE SALPO DEL DISTRITO DE SALPO - PROVINCIA DE OTUZCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD “con CUI 2522373, es así, que la Sub Gerencia de Estudios Defi nitivos informa que; El expediente técnico denominado asunto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES EN EL CENTRO POBLADO DE SALPO DEL DISTRITO DE SALPO - PROVINCIA DE OTUZCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, con CUI Nº 2522373 con un plazo de ejecución de 90 días calendarios, el cual contiene los estudios de ingeniería de detalle de orden técnico y económico y cumple con los requerimientos técnicos mínimos para la adecuada ejecución de una obra; Que, el Sub Gerente de Planeamiento mediante Informe Técnico Nº 000049-2024-GGR-GRPAT-SGP, señala que luego de analizar el expediente de la propuesta del Convenio de Cooperación Interinstitucional para Transferencia de Recursos Financieros entre el Gobierno Regional La Libertad y la Municipalidad Distrital de Salpo y luego de haber cumplido con diligenciar correctamente el Anexo Nº 2 (Contenido del Informe Sustentatorio del Convenio) y Anexo Nº 3 (Propuesta de Convenio), emite opinión favorable a la suscripción y fi rma del citado Convenio; Que, La Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, mediante Informe Técnico Informe Técnico Nº 00096-2024-GGR-GRPAT-SGPMI, informa que ha procedido a verifi car satisfactoriamente que la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Municipalidad Distrital de Pacanga, a la cual se le transferirá los recursos cuentan con las competencias correspondientes para su ejecución, asimismo emite opinión favorable para efectuar la transferencia fi nanciera porque cumplen con lo señalado en el inciso 5.1 del numeral 5 de los Lineamientos, Lineamientos sobre modifi caciones presupuestarias para la ejecución del gasto en inversiones y en proyectos de las entidades públicas, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 aprobado con Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01; Que, el Gerente Regional de Presupuesto con Informe Nº 000353-2024-GRLL-GGR-GRP, emite la opinión correspondiente relativa a la transferencia fi nanciera referida en los párrafos precedentes, señalando que la atención de la Transferencia fi nanciera estaría condicionada a las disposiciones señaladas en el inciso h) del numeral 13.1 del Artículo 16º de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, asimismo señala que existe disponibilidad presupuestal y fi nanciera hasta el monto de S/ 9,647,203.00, en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Determinados, Rubro 15 FONCOR; Que, mediante Ofi cio Nº 440-2024-GRLL-GGR, de fecha 27 de agosto del 2024, el Gerente General Regional, en mérito a la delegación de facultades otorgadas por el Señor Gobernador Regional mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1621-2015- GRLL-GOB; y, contando con el informe de viabilidad presupuestal, así como las opiniones técnicas y legal favorables, solicita al Pleno del Consejo Regional, evaluar la aprobación de la propuesta de Acuerdo Regional sobre autorizar la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento del proyecto de inversión denominado “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES EN EL CENTRO POBLADO DE SALPO DEL DISTRITO DE SALPO - PROVINCIA DE OTUZCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” CUI Nº 2522373; Que, mediante Ofi cio Nº 302-2024-GRLL-CR, de fecha 27 de agosto de 2024 el Presidente del Consejo Regional, solicita a la Comisión Ordinaria de Planeamiento,