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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 102

102 NORMAS LEGALES Sábado 28 de setiembre de 2024 El Peruano / cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa N.º 338-2022-CE-PJ). Sétimo. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo en el marco de la Resolución Administrativa N.º 000217-2024-CE-PJ, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N.º 048-2024-ST- CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el O fi cio N.º 002289-2024-GI-GG-PJ de la Gerencia de Informática que gestiona el Informe N.º 000179-2024-CDI-SDSI-GI-GG-PJ, mediante el cual informa respecto a las acciones realizadas en el marco de la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de La Libertad en la especialidad Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional. Adicionalmente, la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación mediante O fi cio N.º 000317-2024-GSJR- GG-PJ, indica los órganos jurisdiccionales que serán comprendidos en la implementación del Expediente Judicial Electrónico y el dimensionamiento de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en la Corte Superior de Justicia de La Libertad. Al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad mediante O fi cios N.º 002571-2024-P-CSJLL- PJ y 002561-2024-P-CSJLL-PJ, brinda conformidad a los precitados informes, solicitando adicionalmente que se efectué la entrada en producción e inauguración correspondiente. Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone iniciar la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la en la especialidad Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional en la Corte Superior de Justicia de La Libertad y estando la recomendación del Secretario Técnico del ETIINLPT, mediante O fi cio N.º 000588-2024-ST-ETIINLPT-CE-PJ, respecto a iniciar el proceso de implementación del EJE en la citada especialidad con los documentos de gestión aprobados mediante la Resolución Administrativa N.º 000238-2024-CE-PJ. Noveno. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 1291-2024 de la trigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 25 de setiembre de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra y Cáceres Valencia, sin la intervención del señor Zavaleta Grández por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, a partir del 30 de setiembre de 2024, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, conforme al detalle siguiente: Sede Natasha Alta, ubicada en Mz. P, Sub Lote 07, Urbanización “Natasha Alta” – Covicorti – Trujillo: • Tercera Sala Laboral. • Cuarta Sala Laboral.• 1º Juzgado de Trabajo. • 2º Juzgado de Trabajo.• 5º Juzgado de Trabajo. La ceremonia de inauguración se realizará a partir del 4 de octubre de 2024. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de La Libertad, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la disposición establecida en la presente resolución. Artículo Tercero.- Noti fi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2329799-1 Disponen implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Civil – subespecialidad Comercial, en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Tacna Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000317-2024-CE-PJ Lima, 27 de septiembre del 2024VISTO: El O fi cio N.° 000078-2024-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero.- Que, la Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N.° 000078-2024-P-CT-EJE- PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna, respecto a la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad Civil – subespecialidad Comercial en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa N.° 000217-2024-CE-PJ, que aprueba la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad, entre otras, en la Corte Superior de Justicia de Tacna. Segundo.- Que, el Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N.° 000136-2021-P-PJ; en ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N.° 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos