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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (15/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 82

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Martes 15 de abril de 2025 El Peruano / dispositivo que es concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, determinando en ese sentido, que los gobiernos regionales gozan de autonomía administrativa para aprobar su organización interna, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, preceptúa que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. El inciso a) del artículo 15º, establece que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, los artículos II y IV del Título Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 012-2021-GRH-CR, modi fi cado por Ordenanza Regional Nº 022-2020-GRH- CR, disponen que, “El Consejo Regional, es el órgano representativo del departamento de Huánuco, encargado de realizar las funciones normativas, fi scalizadoras y de control político y constituye el máximo órgano deliberativo”; y “La función normativa del Consejo Regional, se ejerce mediante la aprobación, derogación, modi fi cación e interpretación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional; a su vez, el inciso a) del artículo 2º, preceptúa que, son Funciones del Consejo Regional: FUNCIÓN NORMATIVA, “El Consejo Regional, ejerce su función normativa aprobando, derogando y modi fi cando normas de carácter regional (…)”; Que, en el marco de la implementación de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, con la fi nalidad de viabilizar el tránsito de las entidades al régimen del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH ”Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en cuyo literal b) del numeral 5.1 de fi ne al CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se emplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE). Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 072-2021-GRH-CR de fecha 30 de noviembre de 2021, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Gobierno Regional Huánuco, el cual contó con opinión favorable de SERVIR a través del informe Técnico Nº 000188-2021-SERVIR-GDSRH de fecha 22 de octubre de 2021; asimismo, dicho documento fue reordenado con Resolución Gerencial General Nº 037-2022-GRH/GGR de fecha 26 de enero de 2022. Que, con Ordenanza Regional Nº 013-2023-GRH- CR, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” en fecha 04 de noviembre de 2023, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Huánuco, que consta de dos (02) Títulos, siete (07) Capítulos y ciento catorce (114) Artículos y un (01) Organigrama Estructural. Asimismo, el Artículo Segundo establece: “ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el cumplimiento e implementación de la presente norma regional; informando y dando cuenta posteriormente al pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, sobre todas las acciones ejecutadas con tal fi n”; Que, mediante O fi cio Nº 555-2024-GRH-GGR de fecha 06 de junio de 2024, la Gerente General Regional, remite la propuesta CAP Provisional del Gobierno Regional Huánuco a la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, solicitando opinión técnica favorable; Que, a través del O fi cio Nº 000581-2021-SERVIR-PE de fecha 14 de agosto de 2024, el presidente ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, remite opinión técnica favorable del Cuadro de Asignación de Personal Provisional del Gobierno Regional Huánuco, para lo cual, adjunta el Informe Técnico Nº 000239-2024-SERVIR-FDSRH de fecha 13 de agosto de 2024, en la que, la Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en el numeral IV, Sub numeral 4.2 literalmente señala: “En ese sentido, teniendo en cuenta que la propuesta de CAP Provisional del GORE Huánuco ha seguido los lineamientos, establecidos en la Directiva, corresponde otorgar la opinión favorable por parte de SERVIR, quedando bajo responsabilidad del titular realizar las gestiones necesarias para aprobar el CAP Provisional con el dispositivo legal que corresponda, según lo previsto en el numeral 6.3.1.8 de la Directiva. 4.3 Cabe tener en cuenta que la aprobación referida en el numeral precedente implica la aprobación de la totalidad de los 3 formatos que conforman el CAP Provisional. 4.4 Asimismo, conforme lo prescribe el numeral 5,4,7 de la Directiva, la propuesta de CAP Provisional, una vez aprobada, se constituyen en documento de gestión de carácter temporal en el marzo del SAGRH, razón por la que no puede ser empleado para la creación de órganos o unidades orgánicas, o la modi fi cación de sus denominaciones, en tanto dicha acción es regulada en la normativa establecida por el ente rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, y normativa vinculada, debiendo re fl ejar la estructura dispuesta en materia de órgano y unidades orgánicas del ROF o el MOP vigente de la entidad, según corresponda”. Asimismo, en el submareal 5.5 del numeral V Conclusiones del referido Informe Técnico, se expresa: “En virtud del análisis realizado, se considera pertinente la propuesta de CAP Provisional presentado por el Gobierno Regional de Huánuco; por lo que, se otorga la opinión favorable conforme señala el numeral 6.3.1.8 de la Directiva. Asimismo, se adjuntan los 3 formatos que conforman al CAP Provisional materia de análisis en el presente informe técnico, debiéndose continuar, de considerarlo oportuno, con las acciones administrativas necesarias para la aprobación el CAP Provisional, a través del dispositivo normativo que corresponda según lo establecido en el numeral citado”; Que, mediante O fi cio Nº 871-2024-GRH/GGR de fecha 29 de agosto de 2024, la Gerente General Regional del Gobierno Regional Huánuco, remite al Consejo Regional, el sustento técnico y legal para la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Gobierno Regional Huánuco, adjuntando a su vez la opinión técnica favorable emitida por el Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), mediante Informe Técnico Nº 000239-2024-SERVIR-GDSRH, propuesta que se enmarca dentro del supuesto 1 establecido en el numeral 6.2.1 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manuel de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; Que, con Dictamen Nº 061-2024-GRH/CR- COPPATyAL de fecha 20 de diciembre de 2024, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos legales del Consejo Regional de Huánuco, propone la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Gobierno Regional Huánuco, con Cuatrocientos Diecinueve (419) cargos, de las cuales Ciento Noventa (190) posiciones se encuentran en situación de ocupado y Doscientos Veintinueve (229) se encuentran en situación de previsto. Dicha propuesta, se pone a consideración del Máximo Órgano Colegiado, lo que previo debate en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Huánuco de fecha 30 de diciembre de 2024, es desaprobada por