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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (16/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de abril de 2025 El Peruano / Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental tiene la función de proponer los instrumentos técnicos-normativos para el funcionamiento del SEIA; Que, a través del Informe Nº 00269-2025-MINAM/ VMGA/DGPIGA/DGEIA y el Memorando Nº 00307-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental sustenta y propone el proyecto de “Guía para la Descripción de Proyectos de Inversión en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”, así como la Resolución Ministerial que la aprueba, a fi n de ser puesto en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; y, la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto “Guía para la descripción de proyectos de inversión en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”, así como la Resolución Ministerial que la aprueba. Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas- publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada Nº 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica seia@minam.gob.pe. La Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental es la encargada de sistematizar las opiniones y/o sugerencias que se reciban. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente 2390816-1 CUL TURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a siete unidades bibliográficas (1836-1952), pertenecientes a la Biblioteca Municipal del Cusco “Gustavo Pérez Ocampo” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000089-2025- VMPCIC/MC San Borja, 14 de abril del 2025VISTOS: los O fi cios N° 000320-2025-BNP-J y N° 000333-2025-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000224-2025-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográ fi cos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, cientí fi co o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos cientí fi co, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identi fi cación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia; Que, con el O fi cio N° 000320-2025-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de siete unidades bibliográ fi cas (1836-1952), pertenecientes a la Biblioteca Municipal del Cusco “Gustavo Pérez Ocampo”, la cual es complementada con el Ofi cio N° 000333-2025-BNP-J; Que, con el documento citado en el párrafo anterior, se alcanza el O fi cio N° 000307-2025-BNP-J por el cual se comunica al alcalde de la Municipalidad Provincial de Cusco el inicio del procedimiento para declarar Patrimonio Cultural de la Nación las obras indicadas y se acompaña el cargo de recepción de aquel; Que, a través del Informe Técnico N° 000011-2025-BNP-J-DPC-UVDP la Unidad Funcional de Valoración y Defensa del Patrimonio Bibliográ fi co Documental desarrolla la importancia, el valor y signi fi cado de las siete unidades bibliográ fi cas, el cual es complementado con el Informe N° 000053-2025-BNP-J-DPC-UVDP y el Informe N° 00139-2025-BNP-J-DPC; Que, las unidades bibliográ fi cas forman parte del trabajo intelectual de destacados personajes de la historia nacional y continental. Por un lado, tenemos un impreso que da cuenta de la labor legislativa del gobierno del militar y político paceño Andrés de Santa Cruz (1792-1865) y su proyecto político, uno de los más trascendentales del siglo XIX en la región: la Confederación Perú-Boliviana. Por otro lado, encontramos cinco obras escritas por cuatro autores pertenecientes al movimiento indigenista (Luis Eduardo Valcárcel (1891-1987), José Gabriel Cosío Medina (1887-1960), José Sabogal(1888-1956) y José Uriel García (1889?-1965). Finalmente, se incluyen dos trabajos de corte monográ fi co sobre historia y manifestaciones culturales del sur peruano, escritos por dos destacados intelectuales (José Uriel García (1889?-1965) y Horacio Villanueva Urteaga (1918-2004)); Que, estas obras presentan valor histórico, intelectual y social pues aportan información relevante sobre periodos históricos, movimientos intelectuales, expresiones artísticas y manifestaciones culturales de innegable importancia para la región sur del país y, en particular, para la ciudad de Cusco. Además, constituyen fuentes valiosas para la producción de conocimiento histórico en torno al periodo prehispánico, el Virreinato