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20 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de abril de 2025 El Peruano / señor JORGE CARLOS PASTOR BALLÓN, para los fi nes pertinentes; así como gestione su publicación en la sede digital del Programa Nacional de Saneamiento Rural (https://www.gob.pe/pnsr) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese RONALD HUMBERTO MEDINA BEDOYA Director EjecutivoPrograma Nacional de Saneamiento RuralViceministerio de Construcción y Saneamiento 2391177-1 ORGANISMOS EJECUTORES DESPACHO PRESIDENCIAL Designan Ejecutivo de la Oficina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN N° 000022-2025-DP/ SGDP Lima, 15 de abril del 2025VISTOS: El Memorando N° 000094-2025-DP/SGDP de la Secretaría General del Despacho Presidencial; el Memorando N° 00324-2025-DP/SSG de la Subsecretaría General; el Informe N° 000164-2025-DP/OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 000207-2025-DP/OGRH-UFGEC de la Unidad Funcional de Gestión del Empleo y Compensaciones; el Informe N° 000458-2025-DP/OGPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 000099-2025-DP/OGAJ y el Informe Legal N° 000058- 2025-DP/OGAJ-SSS de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, el artículo 2 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasi fi can en los grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias, precisando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de con fi anza; Que, el artículo 79 de la citada Ley, dispone que el vínculo entre los servidores de con fi anza y la entidad, se establece a través de un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la con fi anza de quien los designa; Que, el artículo 1 del Reglamento la Ley Nº 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, tiene por objeto establecer disposiciones para la adecuada aplicación de la citada Ley; precisando en el numeral 2.1 del artículo 2 que: “Las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre designación y remoción”; Que, el artículo 161 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y sus modi fi catorias, establece que la incorporación al servicio civil se puede realizar bajo las modalidades de concurso público, contratación directa y cumplimiento de requisitos de leyes especiales; y, agrega que una vez aprobada cualquiera de ellas, el inicio del vínculo se formaliza ya sea con la emisión de una resolución administrativa o con la fi rma de un contrato, dependiendo al grupo al que corresponda; asimismo, señala que con la formalización del vínculo se de fi ne la fecha de ingreso al servicio; Que, el literal a) del artículo 178 del citado Reglamento establece que la contratación directa procede para contratar a los servidores de con fi anza y solo se requiere la veri fi cación por parte de la entidad del cumplimiento del per fi l de puesto en relación con los requisitos de formación y experiencia, sin perjuicio que, de considerarlo conveniente, la entidad establezca otros medios o instrumentos de selección, siempre que los mismos estén debidamente identi fi cados en el aviso de convocatoria. El incumplimiento de los per fi les conlleva a sanción para la entidad conforme al Decreto Legislativo Nº 1023; Que, mediante el Memorando N° 000094-2025-DP/ SGDP, de fecha 09 de abril de 2025, la Secretaría General del Despacho Presidencial en mérito a la nueva estructura orgánica y funciones especí fi cas de los órganos y unidades orgánicas del Despacho Presidencial, propone la designación del señor Walther Jhon Hijar Fernández como Ejecutivo de la O fi cina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000114-2024-SERVIR, que aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad del Despacho Presidencial y declara iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil del Despacho Presidencial, modi fi cado mediante la Resolución N° 000045-2025-SERVIR, se formalizó la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE del Despacho Presidencial, el cual consideró con el Código de Puesto CA40028 en la Posición (correlativo) N° 0028 del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), el Puesto de Ejecutivo(a) de la O fi cina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano del Despacho Presidencial; Que, mediante la Resolución N° 000057-2024-DP/ SSG, que aprueba la Sección N° 1 del Manual de Per fi les de Puestos – MPP del Despacho Presidencial, modi fi cada mediante la Resolución N° 000037-2025-DP/SSG, de fecha 07 de abril de 2025; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, validando los términos del Informe N° 0000207-2025- DP/OGRH-UFGEC de la Unidad Funcional de Gestión del Empleo y Compensaciones, informa el resultado de la evaluación requerida por la Alta Dirección con el Currículo Vitae del señor Walther Jhon Hijar Fernández, y comunica la viabilidad de designarlo bajo los alcances del régimen del Servicio Civil, en la plaza de Ejecutivo de la Ofi cina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano del Despacho Presidencial, al cumplir con los requisitos mínimos establecidos para ocupar el citado cargo, perteneciente al grupo de servidores civiles de carrera en la Posición (correlativo) N° 0028 del Cuadro de Puestos de la Entidad bajo el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; pr ecisa asimismo que, dicho puesto ha sido identi fi cado como puesto de con fi anza en el Registro de Contratación Directa de la entidad y que el mismo se encuentra vacante y presupuestado; además, indica que no se encuentra inhabilitado para ejercer función pública o para contratar con el Estado, por lo que indica que se continúe con el trámite respectivo para la emisión de designación del señor Walther Jhon Hijar Fernández; Que, mediante la Resolución N° 000029-2024-DP/ SG, de fecha 26 de junio de 2024, se designa al señor Wa lther Jhon Hijar Fernández, como Di rector de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria del Despacho Presidencial; Que, me diante la Resolución N° 000048-2024- DP/SG, de fecha 16 de octubre de 2024, se aprobó el Cuadro de Equivalencias y Siglas de las Unidades de Organización del Despacho Presidencial, de acuerdo a la nueva estructura orgánica establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, en el que se determina que la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental (OACGD) debe ser considerada equivalente a la O fi cina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano (OGDAC); Que, a través de los informes de vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente