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78 NORMAS LEGALES Jueves 24 de abril de 2025 El Peruano / Cesan por límite de edad a fiscal provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1239-2025-MP-FN Lima, 23 de abril de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 825-2021-MP-FN, de fecha 8 de junio de 2021, se designó a la abogada Ana María Santiago Jiménez, fi scal provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 1º Despacho Provincial Penal de la Quinta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac- Jesús María. A través del o fi cio Nº 001280-2025-MP-FN-OREF, de fecha 21 de abril de 2025, la gerente de la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales informa que la abogada citada en el párrafo precedente se encuentra próxima a cumplir 70 años de edad el 7 de mayo de 2025, conforme se acredita en la copia adjunta del Documento Nacional de Identidad. El numeral 9 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, establece que el cargo de fi scal termina por alcanzar la edad límite de setenta (70) años. El literal c. del artículo 182 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: “El término de la Carrera Administrativa de acuerdo a la Ley se produce por: Cese defi nitivo; (…)”; asimismo, en el literal a. del artículo 186 del referido reglamento se señala que: “El cese de fi nitivo de un servidor se produce de acuerdo a la Ley por las causas justi fi cadas siguientes: Límite de setenta años de edad; (…)”. En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo y a lo señalado en el informe Nº 00047-2025-MP-FN-OREF-MRUO, de fecha 21 de abril de 2025, corresponde disponer el cese por límite de edad de la abogada Ana María Santiago Jiménez, a partir del 7 de mayo de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 7 de mayo de 2025, a la abogada Ana María Santiago Jiménez, fi scal provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el 1º Despacho Provincial Penal de la Quinta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima- Breña-Rímac-Jesús María; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 825-2021-MP-FN, de fecha 8 de junio de 2021. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado a la referida abogada mediante Resolución Nº 077-2005-CNM, de fecha 25 de enero de 2005. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Ana María Santiago Jiménez que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2393182-12 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1240-2025-MP-FN Lima, 23 de abril de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 001323-2025-MP-FN-PJFS- LAMBAYEQUE, de fecha 4 de abril de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, por el cual remite y expresa su conformidad a la carta de fecha 3 de abril de 2025, suscrita por la abogada Beatriz del Pilar Cobeñas Balles, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designada en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lambayeque, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales. En la carta de renuncia suscrita por la citada abogada, señala como último día de labores el 1 de mayo de 2025 y cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, cumpliendo así con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. Del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 8 de abril de 2025, se advierte que la citada abogada registra 1 queja en trámite, por irregularidad en el ejercicio de sus funciones. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). Asimismo, el artículo 185 del Reglamento antes descrito precisa que: “La renuncia será presentada con anticipación no menor de treinta (30) días calendario, siendo potestad del titular de la entidad, o del funcionario que actúa por delegación, la exoneración del plazo señalado”. En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe Nº 00060-2025-MP-FN-OREF-DEEC, de fecha 10 de abril de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la referida fi scal, precisando que del cómputo del plazo de los 30 días calendario de anticipación desde la fecha de presentación de la renuncia, esta debe ser efectiva a partir del 4 de mayo de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Beatriz del Pilar Cobeñas Balles, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, y su designación en la Primera Fiscalía