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2 NORMAS LEGALES Lunes 18 de agosto de 2025 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ordenanza N° 000012-2025-GRLL-CR.- Declaran de interés regional la promoción de la salud mental perinatal y la prevención, el control y los tratamientos de los trastornos en salud mental perinatal, que comprenderá el abordaje de acciones directas de los servicios de salud, para el acceso oportuno a tratamientos psicológico y/o psiquiátrico y/o interdisciplinario según la necesidad de las mujeres gestantes desde el inicio del embarazo hasta los dos años posteriores al parto 20GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Ordenanza N° 010-2025-GRL-CR.- Declaran de interés regional y necesidad pública, la recuperación del lago Moronacocha y demás ecosistemas acuáticos degradados de la periferia de la ciudad de Iquitos 23 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA DE QUIVES Ordenanza N° 097-2025-MDSRQ.- Ordenanza Municipal que aprueba el Régimen de Gradualidad de Multas por Infracciones Tributarias, aplicables por la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives 24 PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan Asesor de la Jefatura del Centro de Formación en Turismo RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000051-2025 -J/CENFOTUR Barranco, 14 de agosto del 2025 VISTOS: El Memorándum N° 000142-2025-J/CENFOTUR emitido por la Jefatura de CENFOTUR, el Informe N° 000464-2025-URRHH/CENFOTUR e Informe N° 000467-2025-URRHH/CENFOTUR emitidos por la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración y Finanzas; y, CONSIDERANDO: Que, el Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, con autonomía académica, económica, fi nanciera y administrativa, de conformidad con el Decreto Ley N° 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, precisado por el Decreto Legislativo N° 1451; destinado a la formación, capacitación, especialización y certi fi cación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística; Que, mediante Resolución Jefatural N° 043-2023- CENFOTUR de fecha 12 de mayo de 2023, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR); Que, mediante Resolución Ministerial N° 084-2024- MINCETUR de fecha 27 de marzo de 2024, se aprueba el Cuadro para Asignación Provisional - CAP Provisional del Centro de Formación de Turismo - CENFOTUR; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, establece que “ el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo. Este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad ”; Que, en atención del marco normativo expuesto, mediante Memorándum N° 000142-2025-J/CENFOTUR de fecha 13 de agosto de 2025, la Jefatura de CENFOTUR solicita a la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración y Finanzas se sirva verifi car si la señora Juana Yanira Loyola Tapia cumple con los requisitos mínimos, establecidos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos, documento de gestión institucional aprobado mediante Resolución Jefatural N° 043-2023-CENFOTUR de fecha 12 de mayo de 2023, a fi n de ser designada en el cargo de con fi anza de Asesora de la Jefatura del Centro de Formación en Turismo; Que, mediante Informe N° 000464-2025-URRHH/ CENFOTUR de fecha 13 de agosto de 2025, la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración y Finanzas concluye lo siguiente “4.1. De la evaluación realizada a los documentos trasladados se concluye que la profesional Mg. Juana Yanira Loyola Tapia cumple con los requisitos para ser designada en el cargo de Asesora de la Jefatura del CENFOTUR” ; Que, mediante Informe N° 000467-2025-URRHH/ CENFOTUR de fecha 14 de agosto de 2025, la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración y Finanzas argumenta que “ se precisa que la Sra. Juana Yanira Loyola Tapia mantiene actualmente vínculo con la Entidad en virtud al Contrato Administrativo de Servicios N.º 006-2024-CAS, desempeñándose como Directora de la Dirección de Extensión Educativa, bajo la modalidad de suplencia temporal […] dicho vínculo contractual culminará el 18 de agosto de 2025, en razón a la reincorporación de la titular del puesto a partir del 19 de agosto de 2025. En ese sentido, de ser procedente su designación como Asesora de la Jefatura, esta deberá regir a partir del día 19 de agosto de 2025 ”; Que, en consecuencia, se estima necesario formalizar lo solicitado mediante el acto administrativo correspondiente; Con la visación de la Gerencia General, la O fi cina de Administración y Finanzas, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo, Decreto Legislativo N° 1451, Decreto Supremo Nº 001-2023-MINCETUR que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, Resolución Directoral Nº 056-2023-CENFOTUR/DN que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR y la Resolución Jefatural N° 001-2023-CENFOTUR que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la señora Juana Yanira Loyola Tapia en el cargo de con fi anza de Asesor de la Jefatura del Centro de Formación en Turismo, bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057, Régimen