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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (18/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Lunes 18 de agosto de 2025 El Peruano / del país el 4 de setiembre y su retorno el 7 de noviembre de 2025. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Georgia (Estados Unidos de América) - LimaClase económica US$ 2,085.85 x 2 personas (Incluye Importe TUUA) US$ 4,171.70 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 5,091.13 / 30 x 26 días (set.) x 2 personas US$ 8,824.63US$ 5,091.13 x 1 mes (oct.) x 2 personas US$ 10,182.26 US$ 5,091.13 / 30 x 6 días (nov.) x 2 personas US$ 2,036.45 ____________ Total a pagar: US$ 25,215.04 Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal naval autorizado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- El citado personal naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el periodo que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2428718-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Servicios Especializados para Personas Adultas Mayores – “Gratitud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000278-2025- MIMP Lima, 15 de agosto del 2025VISTOS, el Memorándum N° D000801-2025-MIMP- DVMPV del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables; el Proveído N° D010594-2025-MIMP-SG de la Secretaría General; el Informe N° D000689-2025-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal; el Memorándum N° D001253-2025-MIMP-OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° D000642-2025-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Servicios Especializados para Personas Adultas Mayores – “Gratitud” del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ELBA MARCELA ESPINOZA RIOS, en el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Servicios Especializados para Personas Adultas Mayores – “Gratitud” del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Ministra 2428760-1 Designan Jefa de Unidad de Línea de la Unidad de Fortalecimiento de Servicios y Coordinación Territorial del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000280-2025- MIMP Lima, 16 de agosto del 2025VISTOS, el O fi cio N° D000783-2025-INABIF/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF; el Memorándum N° D000802-2025-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; el Proveído N° D010622-2025-MIMP-SG de la Secretaría General; el Informe N° D000690-2025-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal; el Memorándum N° D001254-2025-MIMP-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° D000648-2025-MIMP- OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefe/a de Unidad de Línea de la Unidad de Fortalecimiento de Servicios y Coordinación Territorial del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar-INABIF, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594,