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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (27/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de agosto de 2025 El Peruano / 17 de junio de 2025, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Atalaya, señalando que es pertinente suspender provisionalmente la vigencia de la precitada ordenanza, ello con el fi n de no solo afectar el normal desarrollo de las actividades operativas y proyectos de inversión plani fi cados durante el II semestre del año en curso, sino con el fi n de evitar posibles contradicciones de los instrumentos organizacionales que se encuentran en proceso de elaboración como el Manual de Clasi fi cador de Cargo (MCC) y el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP-P); señala también que se requiere de un tiempo prudencial a razón de que a la fecha el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Atalaya, se encuentra en proceso de adecuación al Nuevo Reglamento de Organización y Funciones, y que además de ello existen Directivas que están vigentes y que requieren adecuarse al nuevo Reglamento de Organización y Funciones; Que, a través del Informe Técnico N° D00002- 2025-MPA/GSP de fecha 1 de agosto de 2025, el Gerente de Servicios Públicos remite informe técnico favorable para la suspensión provisional de la vigencia de la precitada ordenanza municipal, señalando para ello, que la entrada en vigencia inmediata del nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) supondría serias limitaciones de carácter operativo e institucional, ya que las diversas unidades orgánicas contempladas en la nueva estructura no cuentan con jefaturas designadas bajo el nuevo marco organizativo; asimismo, señala que dentro de su Gerencia aún no se ha previsto la adecuación física de espacios para las dependencias que funcionarán en virtud del nuevo Reglamento de Organización y Funciones, lo cual no solo impide dotarlas de condiciones mínimas para su funcionamiento sino que no garantizará la transparencia y efi cacia administrativa; fi nalmente, indica que resulta necesario la suspensión provisional en mención, ya que a la fecha no se han realizado las modi fi caciones presupuestarias necesarias para la ejecución del nuevo esquema organizacional, lo cual podría generar desbalances presupuestarios y comprometer negativamente la prestación de servicios públicos esenciales; en tal sentido, a modo de conclusión propone que se debe emitir una nueva ordenanza municipal que modi fi que la entrada en vigencia de la precitada ordenanza, estableciendo como fecha de entrada en vigencia el 1 de enero de 2026, ello con la fi nalidad de que cada unidad orgánica adecúe sus instrumentos de gestión, formalicen designaciones y organicen funcionalmente su operatividad conforme a lo establecido en la nueva estructura; Que, por su parte, el abogado de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, a través del Informe Técnico N° D00009-2025-MPA/LL-C RR HH de fecha 4 de agosto de 2025, ha solicitado la suspensión provisional de vigencia de la precitada ordenanza municipal, señalando entre otros, que los documentos de gestión en materia de Recursos Humanos, como son: El Manual de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 006-2013-MPA de fecha 9 de enero de 2013, el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) y el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), no se adecuan al nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Atalaya, por lo que puede generar confusión en la estructura organizacional, di fi cultades en la gestión de Recursos Humanos y problemas en la plani fi cación y ejecución de funciones, causando a su vez ine fi ciencias, duplicidad de funciones y di fi cultades en el cumplimiento de los objetivos institucionales; en tal sentido, señala que es necesario contar con un tiempo prudencial hasta que los precitados documentos de gestión sean actualizados y guarden relación con el nuevo Reglamento, por ello recomienda que la suspensión provisional de vigencia sea con e fi cacia anticipada al 9 de julio de 2025 ( fecha de entrada en vigencia de la Ordenanza Municipal N° 013-2025-MPA), hasta el 31 de diciembre del presente año. Es de precisar que esta información fue validada y rati fi cada por el Sub Gerente de Recursos Humanos, a través del Proveído D000286-2025-MPA/SGRH de fecha 5 de agosto de 2025; Que, en atención a lo expuesto por las dependencias antes citadas, a través de la Opinión Legal Nº D000042-2025-MPA/OGAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica se pronunció en el sentido que resulta procedente la aprobación de una ordenanza municipal que disponga la suspensión provisional de vigencia de la Ordenanza Municipal N° 013-2025-MPA de fecha 17 de junio de 2025, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Atalaya, con e fi cacia anticipada desde el 9 de julio de 2025, en aplicación a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º del T.U.O. de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, hasta el 31 de diciembre de 2025; Que, estando a la atribución conferida por el numeral 8, del artículo 9° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, al Acuerdo de Concejo Nº 161-2025-MPA adoptado en Sesión Extraordinaria Nº 012-2025-MPA de fecha 8 de agosto de 2025, por mayoría de votos de los miembros del Concejo Municipal y, de conformidad con lo establecido por el artículo 40º de la precitada Ley, se emite la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2025-MPA DE FECHA 17 DE JUNIO DE 2025, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ATALAYA, CON EFICACIA ANTICIPADA A PARTIR DEL 9 DE JULIO DE 2025 SE ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR la Suspensión Provisional de vigencia de la Ordenanza Municipal N° 013-2025-MPA de fecha 17 de junio de 2025, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Atalaya, con e fi cacia anticipada a partir del 9 de julio de 2025, en aplicación a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º del T.U.O. de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, hasta el 31 de diciembre de 2025. Artículo Segundo.- DECLARAR VIGENTE con efi cacia anticipada a partir del 9 de julio de 2025, la Ordenanza Municipal N° 006-2018-MPA de fecha 5 de marzo de 2018, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Atalaya, y sus modi fi catorias aprobadas a través de la Ordenanza Municipal N° 012-2020-MPA/CM y la Ordenanza Municipal N° 013-2021-MPA. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza municipal, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y demás órganos competentes de la Municipalidad Provincial de Atalaya. Artículo Cuarto .- ENCARGAR a la Unidad de Informática y Soporte Técnico, la publicación de la presente ordenanza municipal en la página web de la entidad: www.muniatalaya.gob.pe, y su difusión a la Unidad de Imagen Institucional y Protocolo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente ordenanza municipal en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCISCO DE ASÍS MENDOZA DE SOUZA Alcalde Provincial 2427870-1