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76 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de agosto de 2025 El Peruano / suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional para la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa para la ejecución del proyecto de inversión denominado: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O RECREATIVA EN ÁREA RECREATIVA EN LA HABILITACIÓN URBANA SEÑOR NAZARENO CAUTIVO DE CENTRO POBLADO SANTA ROSA, DISTRITO SANTA ROSA DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”, CON CUI 2687114, por un monto único S/ 1´426,089.00 soles (Un millón cuatrocientos veintiséis mil, ochenta y nueve con 00/100 soles). Por su parte obra el Informe Legal expedido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica que opina que resulta procedente aprobar la solicitud de transferencia fi nanciera de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, para que sea efectuada a través de la suscripción del proyecto del convenio signado en el visto del presente acuerdo regional, conformes a los montos indicados en el párrafo precedente, precisándose que dicha transferencia está destinado única y exclusivamente para el objetivo materia solicitado, siendo responsabilidad exclusiva de la Municipalidad el adecuado uso de los recursos que se trans fi eren. Conforme puede verse del expediente administrativo en sesión de consejo regional se ha sustentado de manera técnica y legal las transferencias fi nancieras por parte del Gobierno Regional Lambayeque en favor de la mencionada comuna, basado en los informes técnicos y legales que forman parte integrante del presente acuerdo regional, así como el Dictamen N° 00020-2025-GR.LAMB/CR-CPPADTICI, expedido por la Comisión de Planeamiento Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, Inversión y Cooperación Internacional. En consecuencia, atendiendo al debate realizado, a la intervención de los funcionarios del Gobierno Regional Lambayeque, como es el caso del Gerente Regional de Infraestructura, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Lambayeque que rati fi can sus informes técnicos y legales; y teniendo en cuenta el interés público regional y que el Consejo Regional busca declarar la voluntad de practicar de un determinado acto, es necesario emitir el Acuerdo conforme la votación en sesión extraordinaria de fecha señalado en el visto. Se deja constancia en audio y video que obra en el archivo de la Secretaría del Consejo Regional las votaciones; así como, las ausencias de los consejeros regionales al momento de la votación. Se precisar que el presente acuerdo se aprobó por MAYORÍA. (Cons. Reg. Luzanna Exebio Cabrera y Cons. Reg. Sujeily Enith Camacho Fernández votaron en abstención). Se precisa que el Cons. Reg. Ricardo Guillermo Lara Doig no estuvo presente en la sesión convocada. Cabe indicar que la decisión del Consejo Regional no convalida acciones que no se ciñan a la normatividad vigente ni constituye autorización para realizar acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley. Esto signi fi ca que la decisión del Pleno del Consejo, deslinda de responsabilidad administrativa, teniendo en cuenta que los informes emitidos por las áreas técnicas y legales competentes del Gobierno Regional de Lambayeque que son el sustento del presente acuerdo regional, son de exclusiva responsabilidad de los funcionarios y servidores que los suscriben, ello en el marco de los Principios de Legalidad, Presunción de Veracidad y Buena Fe Procedimental, previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. En ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso a) y k) del agrtículo 15º, inciso a) del artículo 37º, y artículo 39º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, así como en los artículos 4º, 9º, inciso d) artículo 12º y 46º del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2016-GR.LAMB/CR, y su modi fi catoria con Ordenanza Regional N° 001- 2019 GR.LAMB/CR, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado por el Consejo Regional en su Sesión Extraordinaria del visto.SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera por parte del Gobierno Regional Lambayeque a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA, para la ejecución del proyecto de inversión denominado: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O RECREATIVA EN ÁREA RECREATIVA EN LA HABILITACIÓN URBANA SEÑOR NAZARENO CAUTIVO DE CENTRO POBLADO SANTA ROSA, DISTRITO SANTA ROSA DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”, CON CUI 2687114, por un monto único S/ 1´426,089.00 soles (Un millón cuatrocientos veintiséis mil, ochenta y nueve con 00/100 soles); conforme se esboza de los informes técnicos y legales que forman parte del presente Acuerdo Regional. Artículo Segundo.- DISPONER, que la transferencia fi nanciera aprobada en el presente acuerdo regional no podrá ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al señalado en el artículo precedente, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- DISPONER que el GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE formalice las acciones administrativas correspondientes para dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional, conforme a sus atribuciones. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR al Gobernador Regional Lambayeque, Gerencia General Regional y a las instancias administrativas correspondientes del presente acuerdo regional para su conocimiento y fi nes. Artículo Quinto.- PUBLICAR el presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano conforme a Ley y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque www.regionlambayeque.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GUSTAVO DACIO ESPINOZA SOTO Presidente del Consejo Regional El Gobierno Regional Lambayeque ha solicitado precisar que los informes técnicos del ACUERDO REGIONAL N° 000390-2025-GR.LAMB/CR, se visualizará en la siguiente página web www.regionlambayeque.gob.pe 2431655-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Ordenanza Regional que aprueba el proceso de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental Moquegua y su Hoja de Ruta ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2025-CR/GRM 30 de junio de 2025VISTOS: En el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Extraordinaria Nº 19-2025-CR/GRM del 30 de junio del 2025, sobre aprobación de Dictamen Nº 002-2025/GRM/CR/CORNGMAyDC de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente, Cambio Climático y Defensa Civil del Consejo Regional de Moquegua, sobre la: “Ordenanza Regional que aprueba el proceso de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de Moquegua y su Hoja de Ruta”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo siguiente: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. 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