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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (27/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de agosto de 2025 El Peruano / “Artículo 119-A.- AUDIENCIAS PÚBLICAS MUNICIPALES.- Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal”. Que, en ese sentido legislativo, la rendición de cuentas es un mecanismo de transparencia y control social que tiene como objetivo que las autoridades informen a la población sobre los avances, logros, di fi cultades y perspectivas de la gestión pública, así como el uso de los recursos públicos, a fi n de que la ciudadanía pueda cumplir su rol vigilante del quehacer de las autoridades. La Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, a cargo de los gobiernos locales, constituye un espacio que convoca a los representantes de la sociedad civil organizada y población en general, con el propósito de informar sobre el desempeño de la gestión pública para alcanzar las metas de desarrollo local, estableciendo una relación de diálogo entre autoridades y ciudadanía. Ello, independientemente de la existencia de otros espacios de participación, como la rendición de cuentas en el marco del Presupuesto Participativo o las Asambleas Vecinales, entre otros; Que, el numeral 5.3.1 de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2024-PCM/ SD, que aprueba el «Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales» establece que la realización y el desarrollo de las audiencias públicas de rendición de cuentas es responsabilidad de la máxima autoridad de los gobiernos locales. Sin embargo, considerando que el informe de rendición de cuentas versa sobre el desarrollo de la gestión, corresponde al gobierno local, en su conjunto, organizar y realizar las audiencias públicas. De esta manera, en su realización deben participar los diferentes órganos e instancias de los gobiernos descentralizados, los cuales asumen diferentes responsabilidades, previamente reguladas; Que, con Memorándum N° 3493-2025-GPP-MSS de fecha 18.08.2025, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, recomienda aprobar a través de un Decreto de Alcaldía, la convocatoria a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2025 - II a realizarse en el mes de setiembre de 2025, conforme la Ley N° 31433; Que, la Gerencia de Participación Vecinal mediante Memorando N° 906-2025-GPV-MSS de fecha 19.08.2025 mani fi esta su conformidad con la realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2025 - II en el mes de setiembre; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 600-2025-GAJ-MSS de fecha 21.08.2025, considera legalmente procedente la emisión del Decreto de Alcaldía que apruebe la convocatoria a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2025 - II de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, mediante Memorándum N° 1249-2025-GM-MSS de fecha 25.08.2025, la Gerencia Municipal solicita que se apruebe el Decreto de Alcaldía que programe la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, conforme las opiniones favorables de los órganos técnicas y legales; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2025 - II de la Municipalidad de Santiago de Surco, a los ciudadanos, organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y otras, programa para el día 30 de septiembre del 2025, a las 16:00 horas, sito en Loma de los Amarilis N° 100, urbanización Prolongación Benavides - Santiago de Surco, conforme el cronograma de actividades que se detalla a continuación: Cronograma de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2025 - II Difusión y Convocatoria en el Diario Oficial El Peruano, el Portal Institucional (www.munisurco.gob.pe), y redes sociales institucionales. 27 de agosto 2025 Propuesta sobre la temática de la AudienciaDel 01 al 15 de setiembre Registro de Participantes A través del Portal Institucional: www.munisurco.gob.pe o en forma presencial en la Gerencia de Participación Vecinal Del 16 al 22 de septiembre 2025 Publicación de Relación de Personas Inscritas (www.munisurco.gob.pe)23 de septiembre 2025 Publicación del informe ejecutivo en el Portal Institucional(Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad www.munisurco.gob.pe). 23 de septiembre 2025 Registro de Participantes para hacer uso de la palabraA través del Portal Institucional: www.munisurco.gob.pe o en forma presencial en la Gerencia de Participación Vecinal26 de septiembre 2025 Realización de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2025 - IILugar Salón Multiusos del Palacio Municipal, sito en Loma de Los Amarilis N° 100, urb. Prolongación Benavides, en el horario de 16:00 a 18:00hrs. (Lugar y Hora) 30 de setiembre Artículo Segundo.- APROBAR la Agenda de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2025 - II en los siguientes términos: I. Nivel de ejecución presupuestal para el cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI), por temáticas: Seguridad Ciudadana y Tránsito (incluye Fiscalización y Gestión de riesgos de desastres); Servicio de Limpieza, Parques y Jardines; Bienestar Social (incluye los servicios de educación, cultura y deportes; participación vecinal; los programas sociales y el desarrollo económico) y Obras (Mantenimiento del Ornato, Obras Públicas y Desarrollo Urbano). II. Recaudación Tributaria (Comparativo con el periodo anterior). III. Avances, di fi cultades y lecciones aprendidas en su ejecución de los servicios de Seguridad Ciudadana y Tránsito (incluye Fiscalización y Gestión de riesgos de desastres); Servicio de Limpieza, Parques y Jardines; Bienestar Social (incluye los servicios de educación, cultura y deportes; participación vecinal; los programas sociales y el desarrollo económico) y Obras (Mantenimiento del Ornato, Obras Públicas y Desarrollo Urbano). IV. En el tema de Obras se debe detallar la Cartera de proyectos de inversión priorizada, indicando el CUI, nombre del proyecto, su estado actual, gestiones realizadas, responsables de su ejecución y fecha de cumplimiento. V. Disposiciones municipales de relevancia e impacto para la ciudadanía, emitidas en el último semestre. VI. Adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras; montos comprometidos, proveedores y consultorías contratadas; indicando las necesidades satisfechas. VII. Acciones para promover la implementación de los mecanismos de transparencia e integridad en la gestión municipal. VIII. Actividades realizadas por el Consejo de Coordinación Local del distrito de Santiago de Surco, así como otros mecanismos de participación ciudadana (Presupuesto Participativo, entre otros). Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto llevan a cabo las acciones necesarias, en la recopilación de información sobre los avances, logros, di fi cultades y